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PROYECTO DE TP


Expediente 5781-D-2010
Sumario: EXPRESAR RECHAZO POR LA PERSECUCION Y DESPIDO DE DOCENTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA.
Fecha: 11/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su más profundo rechazo por la persecución y despido sufrido por docentes de la Universidad Nacional de la Rioja, integrantes de la Comisión Directiva de la ASOCIACION RIOJANA DE DOCENTES UNIVERSITARIOS (ARDU), por parte de las autoridades de esa casa de estudios lo que constituye la VIOLACION A LA TUTELA SINDICAL DE LEY Nº.23551., y del artículo 11 de la Ley Nro. 24.521 "Ley de Educación Superior"

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La ASOCIACION RIOJANA DE DOCENTES UNIVERSITARIOS (ARDU) con Inscripción Gremial del MTEySS Nº: 2161 e integrante de CONADU HISTORICA Personería .Gremial. del MTEySS Nº:1755 denuncio el 28 de Diciembre de 1999 ante la Oficina Anticorrupción la dudosa administración de 66( sesenta y seis) millones de dólares gastados en la construcción de la Ciudad Universitaria de La Rioja. La Oficina Anticorrupción, dio inicio al Exp.Nº: 12.285/00 del Juzgado Federal Nº: 3 de Capital Federal ( juez Sergio Torres), pasando luego al Juzgado Federal de La Rioja con el Nº: 2836, ordenando la Cámara Oral Federal de La Rioja su archivo sin investigar.
Apelado ese archivo, la Cámara Nacional de Casación Penal de Capital Federal, Sala II, Causa Nº: 4756 Caratulada:"Fundación Universidad Nacional de La Rioja S/Recurso de Casación ", ordena su desarchivo e investigación en el año 2003.
Ante la denuncia realizada por la organización Gremial se inicia un proceso de persecución a los integrantes de la Comisión Directiva de La ASOCIACION RIOJANA DE DOCENTES UNIVERSITARIOS (ARDU) consistente en la promoción de la creación de un nuevo sindicato afín al rectorado, la no renovación y / o reducción de designaciones docentes y el despido de integrantes de la comisión directiva del gremio, y diferentes modos de ejercicio de violencia moral y maltrato laboral a integrante de la Comisión Directiva del gremio todo ello en VIOLACION A LA TUTELA SINDICAL DE LEY Nº.23551 y del artículo 11 de la Ley Nro. 24.521 "ley de Educación Superior"
Como consecuencia de la persecución ejercida contra la Comisión Directiva de ARDU a la fecha continúan cesanteados: Estela Cruz de García, (Secretaria General del Gremio ARDU, I.G.Nº: 2161 y miembro de la Mesa ejecutiva de la Federación CONADU HISTORICA); Alonso, María: (Secretaria Adjunta de ARDU);. Elena del Carmen Camisassa, (Secretaria de Prensa del gremio ARDU); Gonaldi, María: (Secretaria Gremial del gremio ARDU); Ruiz, Julio Cesar: (Secretario de Finanzas del gremio ARDU); .Horacio, Duret, (Vocal Titular del gremio ARDU), Olmedo Orelo María Cecilia, (Vocal titular del gremio ARDU); Magno Aníbal: (Vocal titular del gremio ARDU); Brígido Horacio: (miembro titular de la Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU); Cubillo, María: (miembro titular de la Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU); Chade, Juan: (miembro titular de la Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU).
La situación en la Universidad Nacional de la Rioja viene siendo denunciada en forma reiterada tanto por la Asociación Sindical de base ARDU como también por la Federación Nacional de Docentes, Investigadores y Creadores Universitarios (CONADU HISTORICA).
Asimismo los docentes integrantes de la Comisión directiva de ARDU afectados han iniciado causas judiciales contra la Universidad Nacional de La Rioja, las cuales se sintetizan a continuación mencionando el estado de la causa y la situación actual de los afectados:
ASOCIACION RIOJANA DE DOCENTES UNIVERSITARIOS (ARDU) C/ UNI VERSIDAD NACIONAL DE LA RIOJA S/DEMANDA POR PRACTICA DESLEAL"- Juzgado Federal de La Rioja. Exp. Nº: 24.133/06 del 24 de octubre de 2006.
Motivo: las autoridades de la UNLaR presionaban a los docentes para obtener la desafiliación a ARDU y facilitaban la creación de otro gremio: SIDIUNLAR, claramente afin al rector TELLO ROLDAN.
ESTADO ACTUAL: paralizado desde mayo de 2008 en la etapa de audiencias testimoniales.
ALONSO MARIA y otros Amparo c/ Universidad Nacional de La Rioja ( UNLaR ), Exp. Nº: 249-A-2007, con Resolución definitiva de la Cámara Federal de Córdoba, Secretaría Civil Nº:1- SALA B,del 3 de marzo de 2008.
Motivo: reducción de dedicaciones desde agosto de 2007.
Dicho fallo en su Art. 2º dice:
" Ordenar a la Universidad Nacional de La Rioja que deberá tener en cuenta los lineamientos de este pronunciamiento a la hora de disponer sobre la situación de revista de los accionantes para el presente año lectivo 2008".....
Lineamientos: "en el caso del personal investido de estabilidad gremial , toda modificación en las condiciones de trabajo debió previamente ser abordada por la vía del art. 52 de la ley 23.551, es decir, se debió obtener un pronunciamiento judicial de exclusión de tutela sindical, cosa que no ha ocurrido en la especie, lo que torna ilegítimo el obrar de la demandada."....
En este Amparo están comprendidos los siguientes miembros de la Comisión Directiva del gremio ARDU:
- Estela Cruz de García, Secretaria General del Gremio ARDU, I.G.Nº: 2161 y miembro de la Mesa ejecutiva de la Federación CONADU HISTORICA , Personería Gremial del MTEySS Nº: 1755.
- Alonso María, Secretaria Adjunta del gremio ARDU.
- Elena del Carmen Camisassa, Secretaria de Prensa del gremio ARDU
- Horacio, Duret, Vocal Titular del gremio ARDU.
ESTADO ACTUAL: ejecución parcial de sentencia paralizada por Apartamiento del Juez Federal motivada en la "Violencia Moral" que ejerce el rector Tello Roldán ( pagó las diferencias de salarios en Dic/09 pero no resolvió la situación de revista, por lo que continúan CESANTES :Cruz de García, Camisassa y Duret).
OLMEDO ORELO, MARIA CECILIA y otros c/UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA RIOJA-ACCION DE AMPARO -Exp.Nº: 822- 2008, con Resolución definitiva de la Cámara Federal de Córdoba, Secretaría Civil Nº 1-SALA A, del 19 de abril de 2010.
Motivo: no renovación de designaciones desde diciembre de 2007.
Dicho fallo dice. " Ordenar a la Universidad Nacional de La Rioja.......idem punto 2.
En este Amparo están comprendidos los siguientes miembros de la Comisión Directiva del gremio ARDU:
- Olmedo Orelo María Cecilia, Vocal titular del gremio ARDU
-Cruz de García, Estela : Secretaria general del gremio ARDU y miembro de la Mesa Ejecutiva de la Federación CONADU HISTORICA
-Magno Aníbal: Vocal titular del gremio ARDU.
ESTADO ACTUAL: continúan CESANTES.
BRIGIDO HORACIO, Medida Cautelar c/ UNLaR. Exp. Nº: 455/09, con Resolución definitiva de la Cámara Federal de Córdoba, Secretaría Civil Nº: 1 SALA B del 15 de marzo de 2010.
Motivo: no renovación de designación desde diciembre de 2008.
Fallo hace lugar a la medida cautelar ordenando la Designación inmediata en sus Cátedras.
-Brígido,Horacio: es miembro titular de la Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU .
ESTADO ACTUAL: continúa CESANTE.
CUBILLO, MARIA y otro, Amparo c/UNLaR. Exp. Nº: 1.208/08 con Resolución Definitiva de la Cámara Federal de Córdoba, Secretaría Civil Nº:2, del 1º de marzo de 2010.
Motivo: no renovación de designaciones desde enero de 2008.
Fallo: "Ordena tener en cuenta los lineamientos..... " idem Exp. Caso 2-
Este Amparo comprende a:
- Cubillo, María: miembro titular de la Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU.
- Gonaldi, María: Secretaria Gremial del gremio ARDU.
ESTADO ACTUAL: continúan CESANTES.
La docente GONALDI fue cesanteada TRES meses antes de cumplir los años de servicio establecidos en la ley de Jubilaciones docentes.
ALONSO, MARIA y otros, Amparo y Medida Cautelar c/UNLaR Exp. Nº: 25.946/09 del Juzgado Federal de La Rioja.
Motivo: la UNLaR llama a concurso las cátedras en juicio.
ESTADO ACTUAL: aún no se resolvió el Amparo por el apartamiento del Juez Federal por la " Violencia Moral" que ejerce el rector TELLO ROLDAN, pero los concursos ya se realizaron.
En este Amparo están comprendidos:
-Cruz de García,Estela: Secretaria General.
-Alonso, María: Secretaria Adjunta.
-Magno,Anibal:Vocal titular.
- Olmedo Orelo,Cecilia Vocal titular, todos del gremio ARDU.
RUIZ, JULIO CESAR, Amparo c/UNLaR. Exp.Nº: 108-P-2007, con Resolución definitiva de la Cámara Federal de Córdoba, Secretaría Civil Nº: 2, del 22 de febrero del 2008.
Motivo: no renovación de designaciones desde julio de 2007.
Fallo Dispone: que "dentro del plazo de 10 días de notificada la presente Resolución, deberá la demandada emitir el correspondiente acto administrativo que resuelva la situación de revista"....
ESTADO ACTUAL: ejecución parcial. La Universidad pagó el lucro cesante ordenado por la Cámara Federal pero no reincorporó al docente, que continúa CESANTE.
-Ruiz, Julio Cesar: Secretario de Finanzas del gremio ARDU.
CHADE, JUAN y otros c/UNLaR. Exp. Nº: 153-C-07. Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba- Secretaría Civil Nº: 2-Sala A, Resolución Nº: 1 del 14 de febrero de 2008.
Motivo: no renovación de designaciones desde diciembre de 2007.
Este Amparo comprende a:
- Chade, Juan: miembro titular de la Comisión Revisora de Cuentas del gremio ARDU.
ESTADO ACTUAL: continúa CESANTE.
Alonso, Maria c/Universidad Nacional de La Rioja s/Amparo-Medida Cautelar por la no renovación de designación en diciembre de 2008. Exp.Nº: 25.477/09.
Fallo El juez federal de La Rioja hace lugar a la medida Cautelar Innovativa ordenando mantener la relación de trabajo.
ESTADO ACTUAL: es la única docente miembro de la Comisión Directiva del gremio ARDU QUE SE ENCUENTRA TRABAJANDO, aunque en condiciones precarias porque le fue concursado su cargo ( VER CASO 6)
La ilegalidad de la medida de cesación de los integrantes de la Comisión Directiva de ARDU así como la violación de la tutela sindical fue reconocida por la Justicia Federal al fallar "en el caso del personal investido de estabilidad gremial , toda modificación en las condiciones de trabajo debió previamente ser abordada por la vía del art. 52 de la ley 23.551, es decir, se debió obtener un pronunciamiento judicial de exclusión de tutela sindical, cosa que no ha ocurrido en la especie, lo que torna ilegítimo el obrar de la demandada." (1)
A pesar de las medidas dispuestas en las distintas causas judiciales sustanciadas, las autoridades de la U. N. de La Rioja no han modificado las situaciones denunciadas y han desoído los mandatos judiciales manteniendo la cesantía de los afectados.
La situación descripta merece un pronunciamiento de esta Cámara en virtud de lo normado en la ley 24521 Título 2 Capitulo 3 artículo 11 inciso c, y de la Ley 23.551.articulo 52
Es por ello que solicitamos a los señores Diputados acompañen este proyecto de Resolución con su voto afirmativo.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES GEN
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
STOLBIZER, MARGARITA ROSA BUENOS AIRES GEN
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
EDUCACION