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PROYECTO DE TP


Expediente 5736-D-2015
Sumario: INSTITUTO DE PRESUPUESTO Y FINANZAS. CREACION EN LA ORBITA DE LA COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA DE LA H. CAMARA.
Fecha: 27/10/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 147
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


CREACIÓN DEL INSTITUTO DE PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS DENTRO DE LA ORBITA DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA DE LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN.-
- Créase en la órbita de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas, de conformidad con las prescripciones emanadas del artículo 226 y 227 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.-
- El Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda es una unidad de organización que depende de la Presidencia de la Comisión de Presupuesto y Hacienda y estará compuesto de un Comité Ejecutivo integrado por el Presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda y cuatro (4) Legisladores designados por la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, guardando la proporcionalidad de las mayorías parlamentarias y contará con una estructura organizativa para su funcionamiento, conforme a los lineamientos que se establecen en la presente Resolución.-
- El Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda tiene como objetivos entender y asesorar en el estudio, análisis, evaluación y coordinación de las distintas materias que componen el presupuesto general de gastos y recursos que anualmente deba tratar la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, como asimismo todo proyecto que deba ser tratado en el seno de la Comisión de Presupuesto y Hacienda que posea impacto fiscal.-
- El Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda tiene las siguientes funciones:
a) Seguimiento, análisis y compilación de la evolución del Gasto Público, desagregado por objeto, finalidad y función.
b) Seguimiento de la evolución de la recaudación tributaria desagregado por tipo de ingresos públicos, desagregando coparticipable y no coparticipable.-
c) Construcción de series históricas comparables sobre el comportamiento de las Finanzas Públicas Nacionales.-
d) Articular vínculos de intercambio de información con otros Poderes del Estado y entablar relaciones con Universidades Nacionales o Privadas y con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, a nivel nacional e internacional, para encarar estudios de las distintas materias que integran el Presupuesto Nacional de Gastos y Recursos del Estado.-
e) Intercambio de Información, metodología y técnica presupuestaria con otros parlamentos.-
- El Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, tiene un presupuesto anual que se imputa al presupuesto de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. La Presidencia de esta Cámara, facilitará los espacios físicos y bienes muebles e informáticos necesarios para el desenvolvimiento de sus funciones.
- La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación tiene la estructura organizativa que se detalla en el Anexo I de la presente resolución.-
- El Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda tiene la estructura organizativa que se detalla en el Anexo II, que forma parte integrante de la presente resolución.-
- El Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, tiene los objetivos que se detallan en el Anexo III, que forma parte integrante de la presente resolución.-
- El Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda tiene la composición, misiones y funciones que se detallan en el Anexo IV, que forma parte integrante de la Presente Resolución.-
- El Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda tiene la apertura de las unidades inferiores que se detallan en el Anexo V, que forma parte integrante de la presente Resolución.-
- El Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, crea e incorpora los cargos que se detallan en el Anexo VI de la presente Resolución.-
- El Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, que por la presente se crea, dictará el reglamento para su funcionamiento interno. A los fines administrativos, será de aplicación supletoria lo normado en el reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Luego de la experiencia recogida a lo largo del ejercicio de la Presidencia de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y habiendo efectuado un pormenorizado análisis en sucesivas reuniones de trabajo, es menester proponerle al Cuerpo a través de los mecanismos reglamentarios pertinentes, la creación de una Unidad de Organización que dependa de la Presidencia de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, denominada Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas.-
La creación del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas, en líneas generales, se funda en la necesidad de contar con una unidad de organización de análisis y estudio de las materias que guardan relación directa con la denominada ley de leyes que, anualmente, es motivo de tratamiento obligatorio en el seno de la Comisión de Presupuesto y Hacienda y -a posteriori- en el recinto de la Honorable Cámara a los fines de su aprobación.-
Como se expresara supra de la experiencia recogida, emerge indispensable contar con una herramienta de interacción gubernamental, compilación, estudio y análisis del conjunto de materias y elementos que nutren al proyecto de presupuesto.-
Dadas las características funcionales que se incorporan en el presente proyecto, el Instituto no sólo resultará de utilidad en cuanto al Presupuesto Nacional de Gastos y Recursos que anualmente debe tratarse, sino también implicará una herramienta de evaluación fiscal del resto de proyectos que deben ser analizados en esta Comisión, en su tránsito hacia el debate y tratamiento definitivo en el recinto de la Honorable Cámara.-
Ello por cuanto los proyectos de ley que se tratan anualmente en la Comisión de Presupuesto y Hacienda tienen, implícita o explícita la asignación de recursos, lo que arroja la necesidad de un análisis de impacto fiscal, que en la actualidad se materializa con la colaboración de asesores, que interactúan con dependencias del Poder Ejecutivo para buscar antecedentes y elementos para objetivar el alcance fiscal del proyecto.
Conforme a ello, el Instituto que se proyecta crear por el presente proyecto se convierte en una herramienta de análisis de la entidad fiscal de todos los proyectos, y a su vez permite verificar el impacto que provoca en las finanzas públicas del Estado.-
A su vez, se convierte en un instrumento de compilación, interacción, información y estudio, que por un lado brinda apalancamiento en cuanto a la proporcionalidad del gasto en cada proyecto y por su conformación estructural, se retroalimenta de información que sirve de base de datos de consulta permanente de estudios por materia.-
En tal lineamiento y para dotar al Instituto de funcionalidad dinámica, en materia organizativa, se conduce por un comité colegiado, integrado por legisladores y su correspondiente planta de gabinete, una Dirección General de Seguimiento Presupuestario y direcciones por materia, una dirección de Coordinación Técnica, Administrativa e Institucional para que entienda y coordine las cuestiones presupuestarias, de personal y vinculaciones con terceros que realice el Instituto.-
No redunda destacar que a nivel internacional existen organizaciones de estas características, pero generalmente bajo el paraguas de actividades académicas, privadas o de organismos internacionales. De ellos pueden mencionarse el ICEFI Instituto Centroamericano de Estudios Fiscales, el Observatorio de las Finanzas Públicas de la Universidad Veracruzana en México, el Observatorio de Macroeconomía y Finanzas Públicas de la Universidad Externado de Colombia y el OFILAC Observatorio Fiscal de Latinoamérica y el Caribe, dependiente de la CEPAL; entre otros.-
El potencial que se pretende con la creación del Instituto es que resulte una herramienta parlamentaria de análisis, evaluación y seguimiento de las materias involucradas en el proyecto de presupuesto que anualmente se trata y, a su vez, para el estudio del resto de proyectos que procuren mejorar el grado de eficiencia de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
Por lo tanto, solicito a mis pares la aprobación del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas en la órbita de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados, para lo cual obran agregadas conjuntamente con el articulado pertinente todos los anexos referidos a la estructura organizativa, objetivos, funcionamiento, misiones y funciones, apertura de las unidades de organización inferior y la totalidad de cargos, solicitándole por ende vuestro acompañamiento.-
Proyecto

ANEXO

ANEXO I
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA
COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA:
DIRECCIÓN DE LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y HACIENDA:
SUBDIRECCIÓN PARLAMENTARIA
SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVADE PERSONAL
INSTITUTO DE PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
ANEXO II
Organización-Estructura Organizativa
INSTITUTO DE PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
Tabla descriptiva
ANEXO III
INSTITUTO DE PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
OBJETIVOS
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas.
OBJETIVOS:
1. Entender en el estudio, análisis, evaluación y coordinación de las distintas materias que componen el presupuesto general de gastos y recursos que anualmente deba tratar la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación y el análisis de impacto fiscal de los proyectos que ingresen para tratamiento de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
2. Seguimiento de la evolución:
Del gasto público, desagregado por objeto, finalidad y función.
De la recaudación tributaria desagregado por tipo de ingreso público desagregando en coparticipable y no coparticipable.-
3. Construcción de series históricas comparables sobre el comportamiento de las Finanzas Públicas Nacionales.-
4. Articular vínculos de intercambio de información con otros Poderes del Estado y entablar relaciones con Universidades Nacionales o privadas y con organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, a nivel nacional e internacional, para encarar estudios de las distintas materias que integran el Presupuesto Nacional de Gastos y Recursos del Estado.-
5. Intercambio de Información, metodología y técnica presupuestaria con otros parlamentos.-
ANEXO IV
INSTITUTO DE PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
COMPOSICIÓN - MISIONES Y FUNCIONES
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Composición, Misiones y Funciones:
Composición:
El Comité Ejecutivo del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación estará integrado por el Presidente de la Comisión de Presupuesto y Hacienda y cuatro legisladores, cuya designación será realizada por el Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación guardando la proporcionalidad de mayorías parlamentarias.-
Su ejercicio será Ad Honorem y por el término de cuatro años, salvo sustitución que se efectúe por Resolución de la Presidencia de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación o por finalización de mandatos legislativos.-
Misiones:
El Comité Ejecutivo del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación tendrá como misión entender en el estudio, análisis, evolución del Gasto Público, desagregado por Objeto, Finalidad y Función, recaudación tributaria desagregado por tipo de impuesto, deuda pública, recaudación de ingresos públicos desagregado por coparticipables y no coparticipables, Construcción de series históricas comparables del comportamiento de la Finanzas Públicas Nacionales, intercambio de información metodológica y técnica presupuestaria con otros parlamentos nacionales, efectuar las evaluaciones de impacto fiscal de los proyectos que deban ser tratados en la Comisión de Presupuesto y Hacienda, generando bases de datos para el adecuado control posterior; articular intercambio de información con otros poderes del estado y relacionarse con Universidades Públicas y o Privadas u Organizaciones No Gubernamentales para el fortalecimiento, la Asistencia Técnica y demás cuestiones que siendo objetivo del Instituto elaboren, entiendan, preparen o ejecuten las unidades de organización permanente que le dependen.-
Funciones:
El Comité Ejecutivo del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas de la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, cuenta con una estructura permanente para el cumplimiento de las misiones y objetivos trazados.-
Como organismo colegiado, tendrá la facultad de dictar un reglamento para establecer su funcionamiento, días de reunión y convocatoria.-
Contará con un presupuesto propio que le asignará anualmente la Presidencia de la Cámara de Diputados de la Nación, que será administrado por la Coordinación que le depende.-
Para el cumplimiento de sus objetivos podrá relacionarse con distintas Universidades Nacionales y privadas, organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, nacionales o extranjeras, pudiendo celebrar los convenios de asistencia y colaboración necesarios.-
Planta Gabinete:
Los Diputados Nacionales integrantes del Comité Ejecutivo del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas contarán con la facultad de designación de un asesor que conformará la planta transitoria del Comité Ejecutivo.-
Dirección de Coordinación Técnica Administrativa e Institucional:
Composición, Misiones y Funciones:
Composición:
La Coordinación Técnica Administrativa e Institucional, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Funciones:
La Coordinación Técnica, tiene las funciones de coordinar las unidades organizativas que dependen del Comité Ejecutivo del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas, sistematizando informáticamente todos los procesos, estudios, proyectos y documentos que emitan las distintas unidades de organización del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas. Tiene la responsabilidad de la ejecución e imputación presupuestaria de los fondos que se le asignen al Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas, generando los registros y documentos necesarios para el cumplimiento de tal fin, debiendo llevar los registros del personal que se desempeñe en el Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas, asimismo coordinará las relaciones institucionales del Instituto con los demás poderes del estado y organismos con los que se relacione, contando con personal legislativo para el desarrollo de sus funciones.-
Misiones
Tendrá como función la elaboración, puesta en marcha y actualización de una base de datos en tiempo real, que contenga el mayor grado de información para el cumplimiento de los objetivos del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas, clasificados por Dirección y Materia.
Asimismo le corresponde la puesta en marcha de una base de datos comparativa de los Proyectos de Presupuesto que sean tratados en el seno de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, con su correspondiente impacto fiscal y su posterior evolución.-
Tendrá a su cargo la carga presupuestaria del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas mediante el sistema presupuestario vigente en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, teniendo la responsabilidad de registrar las imputaciones correspondientes en función de los vínculos que el Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas suscriba en ejercicio de su competencia.
Le corresponde la administración de los contratos de personal que revisten en el Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas, en consonancia con las disposiciones y normativa vigente en materia de recursos humanos en el ámbito de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.-
Entenderá en las Relaciones Institucionales con los demás Poderes del Estado, coordinando los requerimientos de información que resulten necesarios, cumpliendo funciones de planeamiento, organización que impliquen la vinculación mediante convenios que el Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas suscriba con Universidades Nacionales, Privadas y Organismos No Gubernamentales sean estos Nacionales o Internacionales.-
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Composición, Misiones y Funciones:
Composición:
La Dirección General estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a).-
Funciones:
La Dirección General cumple funciones de planeamiento, organización y control de las unidades organizativas que le dependen, que implican la participación en la formulación y propuesta de las políticas específicas, planes y cursos de acción que son de materia del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas a través del Comité Ejecutivo del que depende.
Misiones:
Las misiones de la Dirección General son disponer la ejecución de las decisiones del Comité Ejecutivo del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas, en lo que respecta a la organización, planificación y control de las unidades de organización que le dependen en cuanto al estudio y análisis de las distintas materias que componen el presupuesto general de gastos y recursos que anualmente deba tratar la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación; como así también elaborar estudios en materia de Finanzas Públicas, Estadísticas y Técnica Presupuestaria Comparada.
Entenderá en las evaluaciones de impacto fiscal de los proyectos que deban ser tratados en la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección de Análisis de las Finanzas Públicas:
Composición Misiones y Funciones:
Composición:
La Dirección de Análisis de las Finanzas Públicas, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Funciones:
La Dirección de Análisis de las Finanzas Públicas cumple funciones de planeamiento, organización y control de las unidades organizativas que le dependen, que implican la participación en la formulación y propuesta de análisis en materia de Finanzas Públicas, que son de materia del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas y relacionadas al presupuesto general anual de gastos y recursos y demás proyectos que resulten de tratamiento en la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
Misiones:
La Dirección de Análisis de las Finanzas Públicas tiene como misión entender en el estudio, análisis, evaluación y coordinación de la materia finanzas públicas que componen el presupuesto general de gastos y recursos que anualmente deba tratar la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, elaborando estudios puntuales de situaciones relevantes en la materia.
Instituto de Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección de Análisis de Impacto Fiscal de Proyectos Ingresados.-
Composición Misiones y Funciones:
Composición:
La Dirección de Análisis de Impacto Fiscal de Proyectos Ingresados, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Funciones:
La Dirección de Análisis de Impacto Fiscal de Proyectos Ingresados cumple funciones de planeamiento, organización y control de las unidades organizativas que le dependen, que implican la participación en la formulación y propuesta de las políticas específicas, planes y cursos de acción que son de materia de Análisis de Impacto Fiscal de Proyectos Ingresados en la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
Misiones:
La Dirección de Análisis de Impacto Fiscal de Proyectos Ingresados tiene como misión entender en el estudio, análisis, evaluación y coordinación del impacto presupuestario de los proyectos que deban ser tratados en la Comisión de Presupuesto y Hacienda, generando bases de datos para el adecuado control posterior, articulando intercambio de información con el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a los fines de asegurar el mayor caudal de información para el fortalecimiento de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección de Técnica Presupuestaria Comparada:
Composición, Misiones y Funciones:
Composición:
La Dirección de Técnica Presupuestaria Comparada, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Funciones:
La Dirección de Técnica Presupuestaria Comparada cumple funciones de planeamiento, organización y control de las unidades organizativas que le dependen, que implican la participación en la formulación de propuestas para la comparación presupuestaria ya sea a niveles nacionales o internacionales.-
Misiones:
La Dirección de Técnica Presupuestaria Comparada tiene como misión entender en el estudio, análisis, evaluación y coordinación de la materia técnica comparada, elaborando estudios al respecto.
Asimismo, le compete compilar los datos comparativos que obtenga en el ejercicio de su competencia.-
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección de Estadística Presupuestaria:
Composición, Misiones y Funciones:
Composición:
La Dirección de Estadística Presupuestaria estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Funciones:
La Dirección de Estadística Presupuestaria cumple funciones de planeamiento, organización y control de las unidades organizativas que le dependen, que implican la participación en la formulación y propuesta de las políticas específicas, planes y cursos de acción que son de materia estadística presupuestaria del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas.-
Misiones:
La Dirección de Estadística Presupuestaria tiene como misión entender en el estudio, análisis, evaluación y coordinación de la materia de estadística presupuestaria, recopilando estudios estadísticos por regiones y del país en su conjunto.-
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección de Técnica Legislativa Presupuestaria:
Composición, Misiones y Funciones:
Composición:
La Dirección de Técnica Legislativa Presupuestaria estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Funciones:
La Dirección de Técnica Legislativa Presupuestaria cumple funciones de planeamiento, organización y control de las unidades organizativas que le dependen, que implican la participación en la formulación de las propuestas de modificación que en virtud de la evaluación del presupuesto anual de gastos y recursos y demás proyectos que sea necesario rectificar o ratificar en el seno de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
Misiones:
La Dirección de Técnica Legislativa Presupuestaria tiene como misión entender en el estudio, análisis, evaluación y coordinación de las precisiones de técnica legislativa necesarias para el tratamiento, ratificación o modificaciones que deban proponerse en el tratamiento del presupuesto general de gastos y recursos que anualmente deba tratar la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, como así también de los demás proyectos que sean tratados en el seno de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.-
ANEXO V
Organización-Estructura Organizativa
Apertura de Unidades de Organización Inferiores
INSTITUTO DE PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección de Coordinación Técnica Administrativa e Institucional:
La Coordinación Técnica Administrativa e Institucional, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 2.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 2.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección General de Seguimiento Presupuestario:
La Dirección General de Seguimiento Presupuestario estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección de Análisis de las Finanzas Públicas:
La Dirección de Análisis de las Finanzas Públicas, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 2.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección de Análisis de Impacto Fiscal de los Proyectos Ingresados:
La Dirección de Análisis de Impacto Fiscal de los Proyectos Ingresados, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 2.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 2.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 4.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 4.-
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección de Técnica Presupuestaria Comparada:
La Dirección de Técnica Presupuestaria Comparada, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 2.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección de Estadística Presupuestaria:
La Dirección de Estadística Presupuestaria, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 2.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
Instituto de Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Dirección General de Seguimiento Presupuestario
Dirección de Técnica Legislativa Presupuestaria:
La Dirección de Técnica Legislativa Presupuestaria, estará a cargo de un funcionario legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 1.-
Personal a Cargo:
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 2.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 2.-
Agente Legislativo, enmarcado en la ley 24.600 y sus modificatorias, artículos 4º, 5º y 24 a) Categoría 3.-
ANEXO VI
Organización-Estructura Organizativa
Total de Cargos del
INSTITUTO DE PRESUPUESTO Y FINANZAS PÚBLICAS
Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Comité Ejecutivo:
Cargos:
5 legisladores "Ad Honorem".-
Planta de Gabinete del Comité Ejecutivo:
Cargos:
5 asesores (locación de servicios).-
Dirección de Coordinación Técnica, Administrativa e Institucional:
Cargos:
1 (uno), Ley 24600 art. 4 a) categoría 1.-
2 (dos), Ley 24600 art. 4 a) categoría 2.-
2 (uno), Ley 24600 art. 4 a) categoría 3.-
Dirección General de Seguimiento Presupuestario:
Cargos:
1 (uno), Ley 24600 art. 4 a) categoría 1.-
2 (dos), Ley 24600 art. 4 a) categoría 3.-
Unidades de Organización dependientes de la Dirección General de seguimiento presupuestario:
Cargos:
5 (cinco) Ley 24600 art. 4 a), Categoría 1.-
7 (siete) Ley 24600 art. 4 a), Categoría 2.-
9 (nueve) Ley 24600 art. 4 a), Categoría 3.-
2 (dos) Ley 24600 art. 4 a), Categoría 4.-
Total de Cargos del Instituto de Presupuesto y Finanzas Públicas
Ley 24600: 31 agentes Ley 24.600.-
Locaciones de Servicio: 5 contratados.-
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FELETTI, ROBERTO JOSE CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
03/11/2015 DICTAMEN Aprobado por Unanimidad s/mod con un Dict de mayoria c/dis y 5 Dict de Minoria
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2641/2015 DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES, CON 1 DISIDENCIA TOTAL; 5 DICTAMENES DE MINORIA: 4 CON MODIFICACIONES Y 1 ACONSEJA EL RECHAZO 11/11/2015