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PROYECTO DE TP


Expediente 5698-D-2012
Sumario: LEY 23798 DE LUCHA CONTRA EL SIDA: MODIFICACION DEL ARTICULO 6 E INCORPORACION DEL ARTICULO 6 BIS, SOBRE UNIVERSALIZACION DE LA REALIZACION DEL TEST DE VIH EN MUJERES EMBARAZADAS.
Fecha: 17/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


UNIVERSALIZACIÓN DE LA REALIZACIÓN DEL TEST DE VIH EN MUJERES EMBARAZADAS
Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 6º de la Ley 23.798, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Los profesionales que asistan a personas integrantes de grupos en riesgo de adquirir el síndrome de inmunodeficiencia están obligados a prescribir las pruebas diagnósticas adecuadas para la detección directa o indirecta de la infección.
"En el caso de mujeres embarazadas, sean o no consideradas integrantes de grupos en riesgo de adquirir el síndrome de inmunodeficiencia, el médico interviniente deberá constatar la existencia o no del virus, previa exposición del motivo por el cual se establece la obligatoriedad en dichos casos, las potenciales consecuencias de un resultado positivo y las ventajas del tratamiento frente a un diagnóstico precoz. El profesional actuante así como también la entidad hospitalaria, personal sanitario dependiente y/o equipo de profesionales intervinientes, deben garantizar la confidencialidad del resultado en todos los casos."
Artículo 2.- Incorpórese como Artículo 6 bis de la Ley 23.798, el siguiente texto:
"Artículo 6° bis.- En todos los casos de mujeres embarazadas cuyo resultado hubiera sido positivo para VIH, la autoridad de aplicación deberá desarrollar un programa de contención para dichas mujeres que estará centrado en salvaguardar su salud físico-psíquica y emocional, acompañándolas durante el embarazo y después del alumbramiento, durante el puerperio, contando para ello con equipos multidisciplinarios."

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El VIH es una de las amenazas para el desarrollo físico, intelectual y social que también enfrenta la niñez. La mayoría de los niños y niñas con VIH han sido infectados por la transmisión del virus durante el embarazo, parto o a través de la leche materna.
La presente iniciativa propone la universalización y obligatoriedad de los exámenes para la detección del VIH en mujeres embarazadas, a fin de prevenir su contagio o abordar su tratamiento de manera precoz.
Los datos muestran que en el año 1982 se notificó, por primera vez, la transmisión vertical como mecanismo de infección del virus de la inmunodeficiencia en humanos. La evolución ha sido disímil y la distribución de los casos de sida por sexo, hasta el año 1987 era predominantemente en hombres. En este mismo año se diagnosticó el primer caso de VIH en mujeres y la razón hombre/mujer fue de 92/1.
De los datos publicados, referentes a diagnósticos recientes de VIH, desde el año 2000 hasta el 31 de Octubre de 2007 se han diagnosticado 37.200 infecciones por VIH, de los cuales principalmente los 3 últimos años el índice de masculinidad es del 1,5 - 1,6 hombres por mujer, es decir que cada 5 personas que se realiza el diagnóstico de VIH 3 son hombres y 2 son mujeres.
Asimismo, se estima que el 79 % de las mujeres con serología positiva se encuentran en edad fértil, y la mayoría son asintomáticas y en consecuencia desconocen su situación. En ausencia de medidas preventivas, el riesgo de que una madre infectada transmita el virus a su descendencia oscila entre el 15-25 % en países desarrollados y entre 25-35 % en los países en vías de desarrollo, ello explicado por la incidencia de los recursos económicos.
Debido a que la transmisión vertical se presenta como la principal causa de infección en niños menores de 13 años, el diagnóstico precoz es clave, ya que reduce la posibilidad de este tipo de contagios, según estiman los especialistas.
Asimismo, es la población femenina, la que ha sufrido una mayor incidencia en el crecimiento de la epidemia, lo cual trae aparejado la emergencia de nuevas cuestiones en torno a las acciones preventivas y del cuidado de la salud de las mujeres.
Conforme los datos de un estudio realizado por UNICEF - durante el año 2005 sobre niñas, niños y adolescentes afectados y huérfanos por VIH - en el área metropolitana de Buenos Aires, del total de niñas, niños y adolescentes analizados (total: 1807):
La edad promedio fue de 9 años y la distribución por sexo no muestra diferencias: 50,8% son mujeres.
La mayoría tiene VIH (80,3%).
El 90 % contrajo la enfermedad por transmisión vertical.
Aproximadamente la mitad son huérfanos (753 niños).
Están institucionalizados 113.
Todos están bajo tratamiento médico y 80% recibe medicamentos.
Más de la mitad de los residentes en Gran Buenos Aires se movilizan a otras regiones sanitarias - especialmente a la capital - para recibir atención médica.
Casi todos los niños entre 6 y 14 años asisten a la escuela.
La mayoría (69%) tuvo al menos una internación
Un informe de Objetivos de Desarrollo del Milenio sobre Mortalidad Neonatal y Post-neonatal de Argentina 2009, revela que ambas han descendido entre 1990 y 2007, siendo del 45.5%. (1990: 15.6% y 2007: 8.5%) y el 48.9% (1990: 9.4% y 2007: 4.8%) respectivamente.
El mismo informe refiere, que en el año 2007 más del 57% de las muertes neonatales y del 56% de las postnatales fueron de causa reducible. En el período neonatal, el 34,2% de las muertes reducibles estaban relacionadas con la falta de diagnóstico oportuno y el tratamiento adecuado durante el embarazo. En el período post neonatal las muertes reducibles se produjeron por la falta de un proceso adecuado de prevención y/o tratamiento en el 46,2% de los casos.
Del mismo, surge que "las principales causas de las defunciones infantiles son, en primer lugar, las afecciones originadas en el período perinatal (representan casi la mitad de las muertes infantiles), en segundo término, las malformaciones congénitas, y luego las enfermedades respiratorias e infecciosas. Específicamente, para el año 2007 estas causas explicaron el 80,9% de todas las defunciones de menores de 1 año."
Tales indicadores, evaluados a la luz de los derechos del niño, no solo considerados como sujetos de protección especial sino como plenos sujetos de derecho, hacen necesario avanzar en una política de salud que implemente medidas y programas para erradicar la enfermedad y para ello la universalización y obligatoriedad de los análisis son condición necesaria.
Los niños que nacen con VIH no han tenido elección y no puede hablarse, como en el caso de los adultos, de grupos de riesgos sino que configuran el eslabón más vulnerable, que ante la imposibilidad de requerirles conductas de cuidado y prevención por razones naturales que devienen obvias, las mismas han de serle requeridas a los progenitores. En el caso de la transmisión vertical, evitar el contagio incumbe a la madre.
Actualmente, en lo referente a la prevención de la transmisión vertical del VIH, la obligación pesa sobre los profesionales médicos, quienes deben prescribir la realización de los exámenes, quedando a criterio de la mujer embarazada someterse o no a la realización de los mismos. La realidad y los elevados índices de contagio por esta vía hacen necesario un replanteo de la cuestión, habiéndose evaluado que la obligatoriedad del examen resulta un mecanismo posible para revertirlos.
De la manera vigente, la intimidad de la mujer se encuentra resguardada y la prescripción deviene obligatoria para el profesional, siempre que considere que la paciente integra el grupo de riesgo, quedando de esta manera sujeto a la determinación del médico y el conocimiento que tenga de la paciente, su subjetividad y prejuicios.
Para evitar la resistencia a la implementación del test obligatorio a todas las embarazas, entendemos que el mismo deberá incluirse dentro de los demás análisis de rutina que se le realizan a las embarazadas durante el período de gestación. La naturalización del tema lograda a través de la universalización del test permitirá crear mayor aceptación por parte de las mujeres.
La información permite dimensionar el problema y poder tomar decisiones con mayor posibilidad de análisis. La universalización del test ayuda a que la problemática de la transmisión vertical del VIH sea una cuestión de todos y no solo de grupos de riesgo.
Por todo lo expuesto, es que solicito a los Señores/as Diputados/as me acompañen en la sanción del presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GONZALEZ, GLADYS ESTHER BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0671-D-14