PROYECTO DE TP


Expediente 5673-D-2015
Sumario: ESCUELAS PARTICIPATIVAS DE PADRES - ESPARPA -. CREACION.
Fecha: 20/10/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 143
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Articulo 1.- Créanse las Escuelas Participativas de Padres (EsParPa), como herramientas que permiten mejorar los recursos educativos de los padres en su función de tales, en el marco de la ley 26.061.
Son espacios donde los padres/madres, aprenden, se capacitan, intercambian experiencias, reflexionan colectivamente, debaten y toman decisiones conjuntas cuya aplicación evalúan, sobre todas aquellas cuestiones educativas de la infancia y de la adolescencia que consideren importantes.
La denominación completa o el acrónimo EsParPa, pueden ser usados en forma indistinta.
Artículo 2.- La presente ley está dirigida a los padres, representantes legales, y/o responsables en el cuidado de un niño o adolescente.
Artículo 3.- La Escuela Participativa de Padres se incorpora al Proyecto Educativo Institucional de cada unidad escolar.
Podrá funcionar, además, en otras instituciones de la comunidad.
Artículo 4.- Las EsParPa serán implementadas en forma gradual y progresiva.
Artículo 5.- La Escuela Participativa de Padres (EsParPa) se implementará respetando los siguientes principios, derechos y criterios:
a) los padres son los primeros y naturales responsables de la educación de sus hijos;
b) la integración de la escuela y la familia como factor importante para mejorar el rendimiento académico, la autoestima, el comportamiento, la asistencia a clase, y evitar la deserción escolar.
c) el derecho de los padres como integrantes de la comunidad educativa a participar en organizaciones de apoyo a la acción educativa de la escuela;
d) la educación como proceso permanente;
e) el cultivo de los valores: el amor por el país y por el prójimo, el respeto, la libertad, la solidaridad, la cooperación, la perseverancia, la honestidad y la dignidad del hombre; como elementos indispensables para la construcción de una sociedad más justa;
f) el respeto por los derechos de los niños y adolescentes;
g) el derecho de los hijos a que se respete su integridad, dignidad, libertad de conciencia, de expresión y a recibir orientación;
h) la promoción de conductas sociales positivas en la familia, la unidad escolar, el grupo de pares y la comunidad;
i) la influencia de las conductas de los padres en el desarrollo de la personalidad de sus hijos;
j) la importancia de la autoestima y la trascendencia de ésta en la construcción de su propio proyecto de vida;
k) el fomento del conocimiento de sí mismo, de la autonomía, el cuidado de los valores democráticos, de participación, colaboración, tolerancia y solidaridad;
l) el estímulo de la participación de los padres en la escuela y la importancia del trabajo de estas dos instituciones en un mismo sentido;
m) la selección de los objetivos, metodologías y contenidos de las EsParPa, han de estar dirigidos a mejorar las condiciones de la infancia y la adolescencia.
n) el reconocimiento de las dificultades que se presentan en la familia actual y en las comunidades locales, en relación a ella, de tal manera que permita diagnósticos y búsqueda de soluciones compartidas de problemas y/o temas que puedan concernir a sus hijos, tales como los que se enuncian a continuación, sin agotarlos:
1) la valorización del estudio y el trabajo como realización del hombre, de la sociedad y eje vertebral del proceso social y educativo;
2) el impacto de los conflictos familiares en el desarrollo de los hijos;
3) el contexto sociocultural y su incidencia en la familia;
4) la resolución de conflictos sin violencia;
5) límites y permisividad;
6) el desarrollo de una conciencia sobre nutrición, salud e higiene.
7) las enfermedades y las dependencias psicofísicas;
8) la sexualidad desde una perspectiva integral en las distintas etapas evolutivas
9) el fomento de las actividades físicas y deportivas para posibilitar el desarrollo armónico integral de los hijos;
10) la comprensión y valoración de la diversidad, la equidad y la cuestión de género.
Artículo 6.- El órgano de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Educación de la Nación, con las siguientes funciones:
- Conformar un equipo interdisciplinario para:
Realizar investigación- acción en formación y Educación Familiar
Crear las estructuras organizativas y metodológicas que faciliten y agilicen la participación de los padres.
Elaborar materiales, basados en investigaciones y experiencias nacionales e internacionales, para la capacitación de los Directivos y docentes como promotores y facilitadores de la creación y funcionamiento de las EsParPa, donde los padres son los principales sujetos y protagonistas de su propia formación.
Recoger, difundir y potenciar las experiencias de EsParPa existentes.
Elaborar los contenidos que contemplen la creación, seguimiento y evaluación de procesos y objetivos de las Escuelas Participativas de Padres e incorporarlos a la capacitación docente continua.
Elaborar y/o recopilar material de apoyo en diversos soportes, impresos, audiovisuales, etc. y ponerlos a disposición de las EsParPa, para ser trabajados en ese ámbito.
Crear herramientas de autoevaluación de objetivos, metodologías, procesos y resultados, convirtiendo a los padres en protagonistas y responsables de su propio proceso de formación.
Sensibilizar a la comunidad de las bondades de la EsParPa, socializando los resultados de las experiencias que han logrado las Escuelas de Padres en nuestro país y en otros, en cuanto a la disminución de problemas tales como la deserción escolar, bajo rendimiento, alcoholismo, violencia y otros.
- Crear y/o gestionar incentivos para los docentes que se capaciten en la función de promotores y facilitadores de las EsParPa.
- Promover convenios con otros ministerios, organizaciones no gubernamentales y asociaciones intermedias a los efectos de realizar programas conjuntos;
- Convocar a concurso de propuestas de proyectos, a ser ejecutados por la EsParPa;
- Las demás funciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos de esta ley.
Artículo 7.- La inversión que resulte necesaria para la aplicación de la presente ley se atenderá con:
a) Los recursos que determinen los Presupuestos Nacional, Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, especialmente los provenientes de programas de estas Jurisdicciones que guarden directa o indirecta relación con las acciones que surjan de la aplicación de la presente ley.
b) Fondos ya existentes y los que se reciban en el futuro de organismos e instituciones nacionales e internacionales, destinados a ejecutar programas relacionados con el logro de los objetivos de la presente ley.
c) Aportes que provengan de personas físicas, entidades autárquicas y/o privadas y todo otro recurso que se destine al cumplimiento de los fines de la presente ley.
Artículo 8.- Invítase a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a lo establecido por la presente ley, instrumentando acciones similares y/o complementarias, adecuando su legislación educativa en consonancia con la presente y de acuerdo a sus diversidades regionales.
Artículo 9.- Esta ley entrará en vigencia a partir de los 120 días de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Si se pretende una sociedad con una mejor calidad de vida, se debe aspirar a lograr la formación integral del individuo en todas sus facetas: como persona, como profesional, como ciudadano y también como padre y madre, y de esto se trata este Proyecto de Ley.
La Escuela Participativa de Padres se enmarca dentro de las políticas públicas orientadas a promover una sociedad inclusiva, integrada, democrática, tomando como herramienta la educación como fundamental agente de cambios. Tiende a proteger integralmente al niño y al adolescente, a partir de fortalecer a la familia y a los padres en su función primera e indelegable de primeros educadores de sus hijos.
Por tales razones, hemos resuelto inscribir este proyecto de ley en los lineamientos básicos de la recientemente sancionada ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, dictada en el mes de setiembre del año pasado por el Congreso de la Nación Argentina, como otro medio efectivo para asegurar el conocimiento, difusión y aplicación práctica por parte de los mayores, de las normas nacionales e internacionales reconocidas por el Derecho Internacional, mas explícitamente, la Convención Internacional sobre los Derechos de los Niños.
En efecto, esta novel legislación nacional y sus principios rectores, todos inspirados en la doctrina " del interés superior del niño", es muchas veces desconocida por aquellas personas que tienen bajo su responsabilidad la crianza, educación y cuidado de los menores, razón por la cual, sujetar ahora este proyecto al espíritu de la ley 26061, a sus especiales características, otorgará a la Escuela Participativa para Padres y a los objetivos que se propone, todo el vigor necesario para su correcta y efectiva aplicación. No olvidemos que esa ley, de protección integral, con suma inteligencia reconoce y atribuye a los derechos por ella estatuidos la condición de orden público, irrenunciables, interdependientes, indivisibles e intransigibles (Conf. Art.2). y finalmente, cuenta entre sus objetivos específicos el "fortalecimiento del rol familiar en la efectivización de los derechos de las niñas, niños y adolescentes (conf. Art. 4 ley 26061), poniendo en cabeza del Estado, la obligación de "asegurar políticas públicas, programas y asistencia apropiados para que la familia pueda asumir adecuadamente esta responsabilidad, y para que los padres asuman, en igualdad de condiciones, sus responsabilidades y obligaciones" (art 7 ley 26061).
La Escuela Participativa de Padres que estamos proponiendo, reconoce antecedentes en experiencias como la Escuela de Padres, miembro de la Federación Internacional para la Educación de Padres, organización internacional en colaboración con la UNESCO, el Consejo Económico Social de la ONU y la UNICEF; en Escuelas para Padres implementadas en instituciones educativas en Europa, en Norteamérica, en Latinoamérica, en nuestro país y en la provincia de Misiones en donde es Ley, sancionada con el Número 3903 el 28 de noviembre de 2002.
Más de 50 investigaciones científicas permiten reconocer las variables que se deben tener en cuenta a la hora de poner en marcha el proyecto y también de realizar tanto las capacitaciones, como la evaluación de los objetivos y los procesos. Estas investigaciones muestran la absoluta eficacia de las Escuelas Participativas de Padres, eficacia que solo es posible si se considera a las EsParPa como proyectos Institucionales y los facilitadores/docentes están capacitados y tienen suficiente material de apoyo.
No estamos en absoluto de acuerdo con posiciones que propugnan que las EsParPa deban ser dirigidas por terceros. De ahí el desafío del agente facilitador, en la mayoría de los casos docente, que debe orientar sin imponer, para lo cual necesita una capacitación específica.
Investigaciones realizadas en Escuelas de alta vulnerabilidad muestran como las EsParPa han sido de gran ayuda para la retención escolar, el aumento del rendimiento y la búsqueda de soluciones a problemas sociales que los niños y adolescentes enfrentan en esta época que les toca vivir.
La sociedad está atravesada por una profunda crisis, el impacto de esta crisis golpea a niños y a adolescentes. Como ejemplo nos remitimos a los hechos que conmocionan a diario a la opinión pública en nuestro país: consumo de alcohol, de drogas, violencia y muerte. Ante esta situación la familia y la escuela, las dos principales instituciones educadoras deben darse la mano para ofrecer una formación y un acompañamiento más eficaz a niños y adolescentes, velando por sus derechos y obligaciones.
La Escuela Participativa de Padres que estamos proponiendo en este proyecto de ley es una herramienta para lograrlo. Entendiendo que la Educación es una responsabilidad de todos, propiciamos en este proyecto que las Escuelas Participativas de Padres no funcionen sólo en las Escuelas, sino también en ONGs, Centros Vecinales y toda otra organización comunitaria que tenga que ver con el objeto que estamos describiendo.
Propiciamos que esta experiencia se extienda a todo el país y se integre a los planes de estudios de todas aquellas carreras de formación docente y que estén directa o indirectamente vinculadas a la Educación de manera tal que los facilitadores/coordinadores puedan también ser por ejemplo, psicopedagogos, psicólogos o Licenciados en Educación.
La tarea de actuar como padres es de tal importancia que no parece acertado dejarlo sólo en manos de la intuición o en la transmisión de la experiencia generalizada. Asumir la responsabilidad de formar al nuevo ser humano es un reto que requiere no sólo el deseo, sino también una gran preparación.
Cuando el ser humano llega a ser padre cuenta con las herramientas precarias de su propia experiencia como hijo, sin muchas veces haber podido corregir errores sobre sus patrones de crianza y sin muchas veces haber podido experimentar nuevas posibilidades, o haber sido entrenado y corregido para desempeñar el papel de padre por medio de la experiencia, experiencia que finalmente adquiere empíricamente con sus propios hijos; lo que pudo aprender por medio de ella ya no lo podrá aplicar en sus hijos, pues estos ya habrán crecido.
Si bien el aprendizaje social puede ayudar en este propósito, quienes mejor podrían cumplir esta función socializadora y cultural son los núcleos familiares y la familia extensa, quienes en nuestra actual sociedad, se alejan cada vez más unos de otros, haciendo difícil este tipo de aprendizaje.
Es por esto que vemos la necesidad de dar la posibilidad a los padres de acceder a un conocimiento que ha sido estudiado y avalado científicamente, de forma congruente y con sentido que sea accesible a su rol parental y les permita tener cierto conocimiento guía que les ayude en poder propiciar una buena educación a sus hijos.
En la ley se propone que este apoyo sea brindado a través del organismo de aplicación, capacitación de coordinadores, material impreso o con otro tipo de soporte, convenios con instituciones con objetivos afines y complementarios a las escuelas de padres.
En contraste con otras épocas, podemos afirmar que una de las características de nuestra realidad es el cambio vertiginoso y sabemos de la renovación constante de valores y conocimientos.
Vivimos en un mundo muy cambiante y esta experiencia que podría brindar la familia extensa a la que nos referíamos, deja de tener vigencia justamente por estos cambios rápidos que se dan y de pronto el padre en su función específica de educador, queda como desprotegido sin tener a quién consultar para solucionar los problemas que como padre se les presentan.
Es ahí que surge la necesidad y el sentido de estas Escuelas Participativas de Padres que podemos decir que tienen dos componentes bien específicos:
Uno, el aporte de la sociedad científica a través de los documentos elaborados por una comisión interdisciplinaria, que van a servir de apoyo a estos padres organizados en la EsParPa y por el otro las decisiones que tomarán esos padres después de tratar y reflexionar sobre los temas y problemas que estén directamente relacionados con su función de educar a su hijos, temas que tienen que ver con la psicología del niño, con la nutrición, con su cuidado general, con la salud, con el impacto en los niños y adolescentes de los problemas que pueda tener la pareja; temas tan importantes como la resolución de conflictos sin violencia, la drogadicción, el alcoholismo, la importancia de los límites y muchos otros.
Entonces decíamos que dos componentes se nuclean en la concreción de una Escuela Participativa de Padres: por un lado, el aporte científico y por el otro, el encuentro con otros padres y con los docentes para el intercambio de experiencias.
Una Escuela Participativa de Padres no tiene sentido si sólo se limita a ser un espacio de reflexión teórica, adquiere significación cuando se contextualiza, es decir, cuando mira la realidad, se comunica con ésta y trata de solucionar problemas en el contexto propio en el que está ubicada.
Por todo esto, adquiere relevancia la educación de padres, que constituye una rama de la educación de adultos, que trata de acompañar a las personas a desempeñar con confianza y seguridad su función de padres.
En esta ley se instituye la EsParPa, como un espacio de aprendizaje, donde el intercambio de experiencias y la reflexión colectiva se convierten en herramientas que permiten mejorar los recursos educadores de los padres y docentes. También deben ser medios para dar a los padres y a las madres, mayores recursos de acción y reivindicación sobre los otros factores que inciden en la educación de la infancia y la adolescencia.
Otra característica de las EsParPa es que tienen un carácter abierto. La formación debe enriquecerse con la colaboración de personas próximas a sus problemas y que puedan aportar experiencias, conocimientos y opiniones útiles para los padres y madres.
Decimos que estas escuelas son un lugar de encuentro; en ellas distintas personas coinciden para formarse y mejorar así todos aquellos aspectos que condicionan el desarrollo de sus hijos e hijas y de una forma más amplia, de la infancia y la adolescencia. En este sentido, podemos destacar su carácter colectivo, la suma de las individualidades produce una sinergia altamente positiva.
Todos, en nuestro ámbito privado familiar, nos preocupamos por muchas cuestiones que tienen que ver con el crecimiento de nuestros hijos y constante y diariamente aprendemos. En una Escuela Participativa de Padres además, se abordan colectivamente aquellas cuestiones que les preocupan, se toman decisiones consensuadas y se evalúa su impacto. De ser positivas, se replican y van constituyendo un cúmulo de experiencias que respaldan y refuerzan otras decisiones.
Es conveniente para garantizar la continuidad de una EsParPa que exista un núcleo básico relativamente estable, que asegure el trabajo grupal, a partir de ahí podemos imaginar muchas combinaciones posibles de nuevos asistentes e invitados. Desde padres y madres que motivados por un tema atractivo para ellos, acuden una vez comenzadas las sesiones formativas a profesores, a profesionales de la salud, los servicios sociales o cualquier otra área especializada en la infancia y/o adolescencia. Toda aquella participación que enriquezca a los padres y madres es útil por sí misma.
Por la experiencia podemos decir, que dos son las etapas que producen mayor estrés al padre y a la madre en su función: en la primera infancia del niño para los padres primerizos, y luego cuando tienen que afrontar los problemas propios de la etapa adolescente de sus hijos.
Habitualmente, como padres y madres aprendemos de nuestros hijos, de sus ensayos y errores y de los nuestros, de lo que hablamos con nuestra pareja, de lo que leemos en algún libro o revista. En una EsParPa se pueden poner en común todas estas experiencias acumuladas, aprendiendo básicamente de las experiencias y de las observaciones de otros padres y madres y de los docentes como educadores, de los aportes de los distintos profesionales que se dedican a trabajar por la infancia y la adolescencia, y se aprende también cuando invitamos a participar a algún profesor o a algún alumno.
En las EsParPa se da un aprendizaje vivencial, porque son las realidades particulares las que se ponen sobre la mesa, se aprende vivenciando y compartiendo.
Otras de las características es el carácter instrumental, la formación de padres y docentes es un medio para conseguir mejorar las condiciones de crecimiento de nuestros hijos. La escuela de padres no puede ser un lugar donde la elucubración se convierta en un fin en sí misma, y donde padres, docentes, facilitadores y expertos erijan una muralla ante la realidad, y se dediquen a estudiar cuestiones abstractas y desconectadas del medio comunitario y social.
Por eso decimos que el carácter contextualizado de la escuela no debe estar ausente, es importante que a la hora de perfilar el proceso formativo, tengamos en cuenta las características de nuestro entorno, sus posibilidades y deficiencias, a partir del análisis de esta realidad conseguiremos llegar a entenderla y aumentaremos nuestras posibilidades para mejorarla.
La Escuela Participativa de Padres debe tener siempre presente que su función y su finalidad están más allá de las paredes donde se llevan a cabo sus sesiones, están en todas y cada una de las cuestiones que condicionan a la infancia y a la adolescencia, y en todos aquellos problemas que les acechan.
Existen tres ámbitos complementarios desde los que se debe partir, y a los que debemos dirigir nuestra atención: el familiar, el educativo y el comunitario; si una escuela para padres es un instrumento para mejorar situaciones que preocupan a los padres y las madres, la selección de los contenidos, los objetivos y su metodología han de ser intencionadamente dirigidas a mejorar las condiciones de la infancia y de la adolescencia.
Nuestros hijos van a estar mejor, solo si conseguimos que otros chicos también lo estén. Por ejemplo, si la preocupación que nos guía es la de prevenir la drogadependencia, como padres de nuestros hijos debemos realizar una serie de acciones en nuestro ámbito familiar, sin duda importantes, ya que podemos aprender y buscar soluciones comunes en una EsParPa, pero de la misma manera, será necesario para una prevención eficaz del consumo de drogas por parte de niños y jóvenes que seamos capaces de realizar actuaciones que vayan más allá de las paredes de nuestros hogares y de nuestras escuelas y seamos conscientes de que es preciso que consigamos para nuestros hijos, espacios para el ocio, alternativos al bar y la cultura del alcohol, fomentemos su asociación y la participación social, promovamos la educación para la salud en las escuelas, y acometamos otra serie de acciones que afectan por necesidad a muchos otros chicos de nuestro pueblo, o de nuestro barrio.
Otra característica de la EsParPa que proponemos para su realización, es que tenga un carácter abierto, la formación debe enriquecerse con la colaboración de personas próximas a sus problemas y que pueden aportar experiencia, conocimiento y opiniones útiles para los padres y madres y docentes.
Como una última cualidad del modelo informativo participativo que estamos proponiendo es el de querer tener un carácter dinámico. Debe ser dinámica, flexible y adaptarse continuamente a las características y necesidades de la escuela y su entorno.
La escuela de padres debe ser capaz de avanzar sobre las primeras sesiones en las que se define y consensúa un modo de trabajo, debe ser suficientemente flexible como para variar su rumbo cuando las circunstancias, las nuevas realidades o los problemas, alteren los presupuestos.
Por último, debe también asumir sus críticas y conflictos, en ese sentido, también tiene que ser capaz de abordar y enfrentar nuevos retos y nuevas tareas, que la realidad cambiante puede colocar ante ella y que de hecho lo hace de manera dinámica, a cada rato, una situación distinta. Es necesario contar con herramientas eficaces para la evaluación tanto de procesos como de objetivos para así ir corrigiendo y rectificando la marcha cada vez que sea necesario.
De la misma forma, es necesario que se sepa adaptar a las necesidades y demandas cambiantes de sus integrantes. La motivación es un elemento importante para el buen funcionamiento de una EsParPa. Junto a todas las actividades de difusión y publicidad que se pueden realizar para propiciar la participación de los padres y madres, una vez puesta en marcha la EsParPa, un aspecto básico para su buen desarrollo es que resulte motivadora para los asistentes. Esto dependerá de una serie de factores entre los que podemos destacar que los temas abordados surjan de los participantes, que correspondan a sus necesidades y expectativas. Que la información sea transmitida en un código adecuado para ellos, sin excesivos tecnicismos ni se traten de forma superficial. La participación activa de los asistentes, como el trabajo grupal y el intercambio de experiencias, los convierten en uno de los ejes básicos de la EsParPa.
A modo de síntesis, decimos que la EsParPa es un espacio para el trabajo sistemático de reflexión y aprendizaje acerca de los aspectos psicológicos y sociales del desarrollo humano, la familia, el niño y el adolescente, realizado en un período relativamente extenso y previamente establecido de tiempo.
Es un autoaprendizaje, a través de la reflexión, sobre la propia experiencia y el diálogo con otros padres y docentes. Es un lugar donde todos aprenden de todos. Es un recurso educativo para la formación de los padres y educadores, en beneficio directo de los niños y jóvenes, y de la sociedad.
Como órgano de aplicación, estamos proponiendo al Ministerio de Educación y estamos propiciando que el espacio físico sea brindado por las escuelas, en una apertura a la comunidad y también por otras instituciones educativas que presten sus instalaciones al efecto.
Estamos sugiriendo, a diferencia de las experiencias que hasta ahora tenemos conocimiento de que existen, que no funcionen solamente en escuelas, sino también en otras organizaciones de la comunidad. Creemos que de esta manera estamos contribuyendo para que la conciencia de que la educación es un problema de todos, se vaya haciendo realidad.
La mejor Escuela Participativa de Padres no existe. Sólo existen buenas EsParPa, cuando apuntan a las necesidades de sus integrantes y realizan aportes útiles y positivos.
Es por eso, que pido a mis pares que acompañen con su voto afirmativo este proyecto, que estamos convencidos que es una contribución para mejorar la calidad de la función específica de los padres, como principales educadores de sus hijos, función indelegable.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA