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PROYECTO DE TP


Expediente 5669-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA LA APLICACION DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO NUMERO 210/93 A LOS TRABAJADORES DE TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.
Fecha: 18/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 176
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social inste a la Empresa TELECOM ARGENTINA S.A. la aplicación del C.C.T. Nº 210/93 a los trabajadores profesionales que se desempeñan bajo su dependencia, en acatamiento de la Resolución de fecha 25/10/10 DNRL que comparte el Dictamen nº 3662 de fecha 22/10/10, bajo apercibimiento de tomar medidas sancionatorias que correspondan.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene por objeto poner de manifiesto la crítica situación de más de 1.500 trabajadores profesionales universitarios que se desempeñan en la Empresa TELECOM ARGENTINA S.A., los cuales se encuentran bajo la figura de "fuera de Convenio". La mayoría de estos trabajadores deberían estar comprendidos dentro del alcance del Convenio Colectivo 210/93.
Haciendo historia el Sindicato de los Trabajadores de la Información y la Comunicación, CePETel, tiene su origen en la agrupación de los profesionales universitarios que trabajaban en la empresa estatal ENTEL en el año 1958 y obtuvo su personería gremial en 1964. A partir de la privatización de ENTEL el sindicato firmó Convenios Colectivos con Telefónica de Argentina S.A. (172/91) y con TELECOM SA (210/93) los cuales se encuentran vigentes.
En el año 1998 y como consecuencia devastadora de las privatizaciones el CePETel queda en estado de acefalía, manteniéndose en esa condición hasta septiembre del año 2003.
En el año 2002 la Empresa manifiesta públicamente la desafectación laboral de más de 1000 trabajadores de los mal categorizados como "fuera de convenio". En este marco los trabajadores comienzan a desarrollar distintas medidas de acción directa y denuncian esta situación ante el Ministerio de Trabajo. Este último resuelve el rechazo del Procedimiento Preventivo de Crisis que la empresa había solicitado a fin de efectivizar la desvinculación de los trabajadores y se logra la reincorporación de los 43 trabajadores que habían sido despedidos por resistir la medida empresaria.
En el mes de octubre de 2003 ya con el sindicato normalizado el CEPETEL solicita al Ministerio de Trabajo la apertura de la mesa de negociaciones paritarias, situación que es resistida por la empresa Telecom sosteniendo su desconocimiento de representación de la entidad sindical sobre sus trabajadores profesionales. Esta conducta de la empresa dilató el inicio de toda negociación por casi dos años, hasta que la C.S.J.N. desestimo las pretensiones empresarias.
En el año 2005 el CePETel solicita, nuevamente, al Ministerio de Trabajo la apertura de negociaciones paritarias con las empresas TELECOM SA y con la empresa TELEFÓNICA DE ARGENTINA S.A.
Se inicia la negociación con Telefónica de Argentina SA, arribando, luego de arduas negociaciones, en el año 2008 a un acuerdo en el marco del Convenio Colectivo Nº 172/91 con la actualización de los valores salariales e iniciando un proceso gradual de incorporación de profesionales al Convenio Colectivo ya que, también hasta dicho momento, los trabajadores profesionales de esta empresa se encontraban categorizados por la misma como "fuera de convenio".
TELECOM ARGENTINA SA continuó negándose a negociar mediante acciones de obstaculización y dilación, manteniendo su unilateral desconocimiento de la representación del Sindicato CePETel del colectivo de trabajadores profesionales que están comprendidos en el ámbito personal y territorial de su personería gremial, así como la representación de los delegados electos.
El 29-06-05 el CePETel interpuso ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (Expte. nº 1.121.971/05) la denuncia por el incumplimiento del Convenio Colectivo Nº 210/93 vigente con la empresa Telecom S.A., solicitando, nuevamente, la conformación de la Comisión Paritaria para la renegociación y actualización del mencionado Convenio Colectivo.
Cabe destacar que luego de decenas de audiencias, dictámenes y resoluciones del M.T.E. y S.S. en el expediente que ya lleva 6 años de tramitación y más de 450 fojas, nada ha cambiado respecto de la totalidad de los trabajadores profesionales que la empresa continúan manteniéndolos como "fuera de convenio" e inexorablemente utilizados como variable de ajuste.
La última resolución dictada por el MTEySS data de hace más de 7 meses sin que se haya realizado acción alguna a los efectos de hacer cumplir o ejecutar su propia resolución.
Asimismo el CePETel denuncio públicamente mediante solicitada la actual situación, así como procedió a iniciar el correspondiente reclamo ante el PNC-Cancillería denunciando la violación de las directrices de OCDE.
La empresa TELECOM SA, sigue burlándose de forma manifiesta de las acciones que ha llevado adelante el Ministerio de Trabajo, con el solo fin de ignorar los derechos laborales consagrados en nuestra Carta Magna y Tratados Internacionales que asisten a los trabajadores (fuera de convenio), hecho este que no puede pasar desapercibida ante esta Cámara, por ende debemos solicitar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social que exhorte a la empresa a cumplir el C.C.T. nº 210/93, en acatamiento de la Resolución de fecha 25/10/10 DNRL que comparte el Dictamen Nº 3662 de fecha 22/10/10 incoado en el expediente 1.121.971/05, en cuanto reconoce la vigencia del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo.y ante su negativa o evasiva tome todas las medidas sancionatorias que correspondan.
Por todo ello expresado anteriormente, estimo que esta Honorable Cámara debe expresarse en tal sentido y solicito a tal fin el apoyo de mis pares al presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
CARDELLI, JORGE JUSTO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
COMUNICACIONES E INFORMATICA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DEL AUTOR DE MODIFICACION DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) 30/11/2011