Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 5663-D-2007
Sumario: EXPRESAR REPUDIO A LA LEY VOTADA POR LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES EN LA QUE SANCIONA UNA AMNISTIA POR INFRACCIONES A LA LEY 268 Y AL CODIGO ELECTORAL NACIONAL.
Fecha: 13/12/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 165
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Expresar su repudio y condena a la Ley votada por la legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en la que sanciona una amnistía por infracciones cometidas a la Ley 268 y al Código Electoral Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con la reducida oposición de tan sólo 7 legisladores, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, sancionó una amnistía a la Ley 268, que entre otros limita los gastos de campañas políticas, excedidos por los tres candidatos más votados, Macri, Filmus y Telerman. También se otorgó amnistía a los restantes incumplimientos de esa ley -plazos y modalidades publicitarias- que pena las violaciones con multas y hasta con la imposibilidad de ejercer cargos públicos en el futuro. La ONG Poder Ciudadano ha denunciado a los tres candidatos por "una política deliberada de ocultamiento o encubrimiento" de gastos declarados por partidos y alianzas.
La norma fue votada positivamente por los siguientes legisladores: Acuña, Amoroso, Asinelli, Baltroc, Bergenfeld, Blasco, Caeiro, Cantero, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, De Estrada, Devoto, Failde, Farías Gómez, García, Godoy, Kravetz, La Ruffa, Majdalani, Meis, Melillo, Michetti, Morando, Mouzo, Olivera, Olmos, Rabinovich, Santilli, Saya, Smith, Suppa, Talento, Urdapilleta, Vitali y Zago. Por otro lado se registraron los siguientes votos negativos: Bidonde, Estenssoro, Hourest, Lo Guzzo, Molina, Parada y Rebot.
La ley 268 que fue sancionada en 1999, en su artículo 8 establece que "los partidos políticos, alianzas y confederaciones, pueden realizar gastos destinados a la campaña electoral por una suma máxima para cada categoría que en ningún caso puede superar lo cuarenta centavos por elector". En relación a ello los tres principales candidatos a la jefatura porteña fueron acusados por la ONG Poder Ciudadano por haber gastado mas de lo permitido y no informar verazmente los costos de los diversos rubros que componen la realización de una campaña electoral.
También la ley establece que la campaña no podrá iniciarse hasta 60 días antes de la fecha fijada, la prohibición de realizar publicidad institucional por parte del Gobierno de la Ciudad y la obligatoriedad de la publicidad gráfica en vía publica de identificar la imprenta actuante a fin de contabilizar de manera fehaciente el gasto. Todos lo artículos fueron ostensiblemente violentados por los principales candidatos, pero ahora mediante esta ley fueron autoamnistiados.
Por las razones antes expuestas, es que pongo este proyecto a disposición de mis pares y les solicito que me acompañen en este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RAIMUNDI, CARLOS BUENOS AIRES ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)