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PROYECTO DE TP


Expediente 5657-D-2011
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA RESCISION DEL CONTRATO DE CONCESION DE LA EMPRESA TRENES DE BUENOS AIRES S.A. DE LAS EX LINEAS MITRE Y SARMIENTO POR FALTAS EN LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO FERROVIARIO DE PASAJEROS.
Fecha: 18/11/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 176
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo disponga de manera inmediata la rescisión del contrato de concesión de la empresa Trenes de Buenos Aires S.A. de las ex líneas Mitre y Sarmiento por faltas graves recurrentes en la prestación del servicio público ferroviario de pasajeros.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La tragedia de una formación del ex Ferrocarril Sarmiento y un colectivo de la línea 92 con 11 víctimas fatales y más de 200 personas heridas, ocurrida el día 13 de septiembre de 2011, reviste interpretaciones varias en cuanto a los niveles de responsabilidad de cada actor involucrado en el hecho. Sin soslayar la responsabilidad del conductor del colectivo, conviene analizar las causas estructurales del hecho, ya sea por el mal funcionamiento de las barreras de los pasos a nivel como por la falta del debido mantenimiento que reviste la infraestructura ferroviaria en general tanto en la ex línea Sarmiento como en la Mitre en connivencia con el accionar de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), organismo de contralor oficial.
El abandono de la infraestructura ferroviaria es una muestra irrefutable e inocultable del real deterioro que se ha prolongado en todos estos años bajo la gerencia de las concesionarias del servicio de trenes de pasajeros metropolitanos. Basta visitar cada paso a nivel para tomar nota de la magnitud de la falta de gasto en mantenimiento de los rieles, durmientes, sistemas de señalización, sistema de barreras, etc. Todas estas deficiencias se vienen arrastrando desde hace décadas previo al sistema de concesiones, pero jamás llegó la infraestructura al nivel de desgaste y precariedad que reviste en la actualidad. Esto demuestra categóricamente que el sistema de concesiones, diseñado en los años noventa para dar solución a "la demanda insatisfecha en calidad y cantidad" de los diferentes ramales ferroviarios, no ha servido para modificar el escenario deficiente.
Puntualmente, los graves incumplimientos de la concesionaria Trenes de Buenos Aires S.A. (TBA) como de los organismos de control y fiscalización del Estado Nacional- ambos que se registran desde el inicio del contrato- se pueden constatar en los distintos informes que posee la Auditoría General de la Nación.
Los informes de la AGN, entre otros puntos, señalan:
a) Cuestiones relacionadas al desempeño gerencial de la concesionaria TBA S.A. como la de haber generado una alta rentabilidad neta de impuestos sobre el Patrimonio Neto, superando el 15% entre los años 1996 y 1998, sumado a los elevados pasivos que contrajo la empresa, determinante en 1999 de la caída de rentabilidad en ese año, producto de la no cancelación de las obligaciones al vencimiento: "Las inversiones financieras realizadas por el concesionario han crecido a un ritmo elevado y representan entre el 23 y el 38 % del activo de TBA S.A. según el año considerado, superando el patrimonio neto en los dos últimos años. Tal política de inversiones resulta poco consistente con el alto endeudamiento bancario observado, agravado por la no cancelación de las obligaciones al vencimiento"
b) Las Addendas de los contratos firmados por el Estado Nacional le aseguraron una rentabilidad libre de riesgos a los empresarios de la concesionaria TBA S.A.: "Los pagos efectuados a los accionistas en concepto de "Honorarios por Asesoramiento Técnico para la preparación, análisis y estudio del Plan de Inversiones y del Material Rodante" y "Honorarios por asesoramiento técnico puesta en marcha", para el período 1995-1999, resultan muy superiores a la utilidad neta de impuestos que surge de los balances de la empresa para el mismo período, importando ello un ingreso libre de riesgos para los mismos mientras que para el Concesionario forman parte del costo de explotación."
c) Los ajustes establecidos en las Addendas del contrato fueron violatorios de lo establecido por la Ley de Convertibilidad: "Sin perjuicio de que con posterioridad, la ley 25.561 derogó la actualización por índices de precios, se destaca que las autoridades intervinientes no debieron haber convalidado un sistema de ajuste contrario a la normativa legal vigente al momento de suscribir las respectivas Addendas.- El monto nominado como "Gerenciamiento de las Obras del Plan de Modernización" representa un 10% del monto total de las obras, superior al estipulado en la Primera Addenda (6,5%)."
d) Se verificaron incumplimientos en el cronograma de mantenimiento estipulado en el contrato: "...deben destacarse principalmente las falencias detectadas en el sistema de enclavamiento de las puertas de los coches eléctricos de la ex Línea Sarmiento. Esta anormalidad se relaciona directamente con la seguridad del servicio y tiene incidencia
en el control de la seguridad pública, que deben llevar a cabo los organismos competentes, como lo demuestran los casos que son de público conocimiento."
e) Se detectó que el Concesionario incurre en diferentes incumplimientos recurrentes al no responder con la debida información a los pedidos que se le hace desde la CNRT: "El Concesionario no da respuesta a los pedidos de información y/o aclaratoria, que la CNRT efectúa en forma tardía, respecto a los Planes de Mantenimiento 2005 de vía y obras presentados oportunamente... "TBA no presenta en tiempo y en forma la información bimestral establecida contractualmente respecto a los avances de lo ejecutado del plan de mantenimiento de vía y obras correspondiente al año 2005. Ante esta situación, no consta reclamo de la CNRT por incumplimiento.".
f) Los operativos de control realizados por la Gerencia de Seguridad en el Transporte (GST) dejaron fieles muestras de la negligencia con que se maneja el concesionario TBA: "Si se analizan las observaciones efectuadas en los operativos de control realizados por la GST, surge que las falencias más frecuentes, y en general recurrentes en casi todas las unidades inspeccionadas, que tienen directa relación con la falta de mantenimiento, son: Falta de certificado de habilitación; Certificados de habilitación técnica vencidos; Falta de indicación visible del sistema de despresurización de puertas para casos de emergencia; Sistema de enclavamiento de puertas inoperativo; Falta de manija de freno de emergencia; Freno de mano inoperante; Volante de freno de mano faltante; Ventanas c/ rejas de alambre fijas; Cilindro de freno inoperativo; Zapata de freno fuera de banda de rodadura o acanalada; Banda de rodadura deformada o exfoliada o acanalada o con lenguetas de material; Pestañas de ruedas fuera de norma; Pedestal de ruedas figurados; Falta collar de control de ultrasonido; Falta de redentores de puertas; Falta de luces de cola.- Cabe recordar que en todos los casos se recomendó a TBA normalizar las anomalías constatadas antes de poner las unidades en servicio.".
g) Se comprobó el control ineficiente del organismo de contralor responsable del control y fiscalización de las concesionarias (CNRT): "Los controles efectuados por la CNRT, con relación a la seguridad y el mantenimiento del material rodante de la Empresa TBA, no se condicen con las metas físicas que se han propuesto alcanzar (II Carta de Compromiso con el Ciudadano)... Analizando el trabajo de control realizado por el Organismo durante el año 2005, con el fin de constatar la seguridad del servicio, tanto en lo que respecta al mantenimiento programado de las unidades, como a la seguridad que deben brindar las mismas, se puede observar un bajo porcentaje de procedimientos de inspección... La CNRT no garantiza la adecuada seguridad operativa al no verificar, en todos los casos, las medidas adoptadas por TBA para subsanar las deficiencias observadas, ni tampoco efectúa un seguimiento sobre su evolución"
h) No se ha cumplido con la elaboración de un nuevo régimen de penalidades acorde a los cambios normativos, lo que ha derivado en un marco de sanciones carente de peso significativo: "El artículo 4° de la Resolución N° 115/02 M.Prod. (B.O. 24/12/02) encomienda a la Secretaría de Transporte del Ministerio de la Producción la elaboración de un nuevo Reglamento General de Penalidades de aplicación durante la emergencia declarada por el Decreto N°2075/02.... La dilación registrada... ha demorado la efectiva aplicación de sanciones ante los incumplimientos detectados, más aún considerando las constantes presentaciones que se realizan para recurrir lo actuado en torno al control que se le efectúa."
i) El incumplimiento de las tareas de mantenimiento de la infraestructura ferroviaria por parte de TBA, en todos los años que lleva como concesionario de las ex líneas Sarmiento y Mitre, se puede percibir como recurrente y sistemática: "Los distintos componentes del sistema de vía presentan un estado deficitario ante lo cual, y como paliativo de la situación, se impone restricciones a las velocidades máximas de circulación.- Por su parte, los Pasos a Nivel (PAN) evidencian déficit en su estado de conservación, observándose que el Concesionario no efectúa la normalización de la totalidad de las falencias constatadas por la CNRT en ellos.- El estado general de mantenimiento edilicio de las estaciones que componen las Líneas Mitre y Sarmiento, así como el estado de los cerramientos perimetrales, es deficitario.- En cuanto al material rodante, TBA no realiza un mantenimiento adecuado. Tampoco brinda respuesta técnica, en tiempo y forma, a las irregularidades detectadas por la CNRT mediante sus inspecciones de seguridad a dicho material; constatándose además, que las unidades que se utilizan para la prestación del servicio, presentan anomalías que afecta el confort de los usuarios.- A juzgar por el deficitario estado general de conservación que presenta el sistema, la gestión del Concesionario puede caracterizarse como ineficaz, dado que no se observa para el mantenimiento, una respuesta técnica acorde al estado en que se encuentran los bienes concesionados."
Cabe destacar que todos los hechos que se han verificado por la Auditoría General de la Nación han sido causa y justificación de rescisión -entre otros- del contrato que mantuvo la empresa Transportes Metropolitanos General Roca al frente de la concesión del servicio ferroviario de pasajeros de la ex línea Roca. Entre los motivos que esgrime el Decreto 591/2007 para la rescisión de dicho contrato se transcriben los siguientes:
"Que la prestación del servicio de transporte público ferroviario de pasajeros en condiciones de calidad, confort y seguridad implica el cumplimiento de las frecuencias y horarios aprobados por el organismo de control, sin cancelaciones, demoras ni reducción de la oferta del servicio -cantidad de coches por formación-, este concepto comprende además el mantenimiento de la infraestructura y material rodante en condiciones de limpieza y en buen estado de conservación"
"Que asimismo, con respecto a las condiciones de seguridad exigidas contractualmente y por la normativa vigente debe cumplirse con el mantenimiento de infraestructura de vías, señalamiento, comunicaciones, aparatos de vías, obras civiles y obras de arte (alcantarillas, puentes, cercos perimetrales, etc.) pasos a nivel, material rodante: tractivo y remolcado."
"Que es de destacar que a la fecha se han verificado serios y reiterados incumplimientos en materia de mantenimiento tanto en la infraestructura como de material rodante entregado en concesión respecto de las pautas establecidas contractualmente."
Por todo lo expuesto, consideramos que el actual concesionario de las ex líneas Sarmiento y Mitre, TBA S.A., ha incurrido en faltas graves sin sancionar por el organismo de control y fiscalización oficial CNRT, todo ello en perjuicio del interés general, profundizando el deterioro de los bienes y servicios públicos ferroviarios, por lo que solicitamos a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
CARDELLI, JORGE JUSTO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)