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PROYECTO DE TP


Expediente 5655-D-2008
Sumario: HORA OFICIAL: DEROGACION DE LA LEY 26350.
Fecha: 08/10/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 139
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Derogase la ley 26.350.
Artículo 2°.- Establécese como Hora Oficial en todo el territorio nacional la del Huso Horario CUATRO (4) HORAS al Oeste del Meridiano de Greenwich, en concordancia con la que le corresponde a la República Argentina dentro del Sistema Internacional de los Husos Horarios.
Artículo 3°.- A partir de la hora cero (0) del primer día Domingo del mes de Octubre de cada año, se adoptará en todo el territorio del país la hora correspondiente al Huso Horario TRES (3) HORAS al Oeste de Meridiano de Greenwich que regirá hasta la hora cero (0) del primer Domingo del mes de Marzo del año siguiente.
Artículo 4-. De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sr. Presidente, en el año 1999 este Honorable Congreso sanciono la ley 25.155 con amplio consenso, de Huso Horario para nuestro país de acuerdo a lo recomendado por numerosos especialistas en la materia, de profesionales y estudiosos del tema que, junto a diputados y senadores de diversas extracciones políticas coincidieron en la importancia de recuperar para la Argentina el Huso Horario en concordancia con los Husos Horarios internacionales. Esta ley venia a resolver en problema generado por el gobierno de la dictadura que, junto a los interés de un sector relacionado con la producción de energía decidieron un cambio que fue contrario a lo establecido en el resto de los países y a la opinión de prestigiosos especialistas en la materia. Lamentablemente estos intereses prevalecieron por encima del bien común, ya que la mencionada ley 25.155, si bien fue sancionada por el Congreso de la Nación, nunca fue aplicada.
En el mes de Diciembre del año 2007, el congreso de la Nación sanciono de manera apresurada, y sin el debido estudio de impacto, la modificación del Huso Horario a partir de un proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo.
Reconocemos que los argumentos que acompañaron el proyecto eran atendibles, basados en una imperiosa necesidad de ahorro energético.
No obstante, en el marco de su aplicación, quedo demostrado, que el cambio horario para las provincias del centro y del oeste de nuestro país fue de un impacto altamente negativo, produciendo complicaciones de diversas naturaleza, pero fundamentalmente afectando tanto la calidad de vida de sus habitantes, como el normal desarrollo de las actividades relacionadas con el funcionamiento de su aparato productivo.
A tal punto que la provincia de San Luís, mantuvo su Huso Horario, en su oportunidad, y hoy, se están discutiendo en algunas provincias del Oeste tomar idéntica determinación.
Son múltiples los fundamentos que le dan fuerza al presente proyecto. Uno de ellos, por cierto, el rechazo que produjo por parte de la sociedad, de la opinión publica, de una población que se veía agobiada y que sus capacidades productivas, laborales, educativas, se vieron severamente resentidas, pero además, son numerosos los profesionales, o estudiosos de la materia, de reconocida y altísima calidad ,que han opinado en idéntica dirección.
La mayor parte del territorio Argentino, por su ubicación geográfica respecto al meridiano patrón de Greenwich esta dentro del Huso horario numero 20, mas conocido como "HUSO-4", Una mínima parte oeste del país esta contenida en el "HUSO- 5 ". Sin embargo desde hace más de dos décadas Argentina no los utiliza.
El Motivo de la vigencia de estos husos desfasados respecto de lo normal, fue siempre la hipótesis no demostrada de un ahorro de energía, actualmente se utiliza el concepto de crisis energética, cuya permanencia anunciada como problema en el territorio nacional para los próximos diez años, hace prever que desde 2008 en adelante y por varios años se tendrá el mismo problema.
La ley 26.350, promulgada el 27 de diciembre de 2007, y que proponemos en este proyecto derogar, en su arto 2 dice: "establece como hora oficial en todo el territorio nacional, durante el periodo estival, la del huso horario DOS (dos) HORAS al Oeste del Meridiano de Greenwich". Esto implica dos horas adelantadas respecto de la hora solar de Buenos Aires y casi tres en el Oeste del País.
Esto trajo como consecuencia, en las provincias del Centro y Oeste del territorio Argentino un perjuicio importante al sector de trabajadores, a los horarios de apertura y cierre de diferentes actividades económicas y a la población en general. Por otra parte, como es de público conocimiento, hubo quejas y pedidos de reconsideración que se elevaron desde distintos grupos sociales y de la comunidad en su conjunto. Con la adopción del Huso Horario DOS (2) favorece la aparición de trastornos provocados por la regulación de estos ritmos biológicos en asociación a la luz externa; ellos pueden producir enfermedades psiquiátricas que han sido descriptas por diversos autores como síndrome afectivo estacional (SAD).
El mencionado Huso Horario, por otro lado, puede favorecer la aparición de problemas de aprendizaje en la población estudiantil que debe comenzar las clases en la oscuridad, así como un menor rendimiento en el trabajo fabril y empresarial no siendo suficiente el estímulo lumínico de la luz artificial (menor de 2500 lux) como para terminar de despertarlos y mantener la vigilia. Por lo tanto, desde el punto de vista crono-biológico y del sueño, es importante recuperar los beneficios de un horario adecuado a la hora solar.
Es imperioso tomar consciencia de la magnitud de las dificultades acarreadas a la población del centro y del oeste del país por un cambio de horario, que lejos de beneficiar a estas provincias, tampoco ha tenido la virtud de promover un menor uso de la energía, razón por la cual entendemos que es imperiosa la aprobación del presente proyecto de ley
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BALDATA, GRISELDA ANGELA CORDOBA COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
BULLRICH, ESTEBAN JOSE CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
VELARDE, MARTA SYLVIA SANTIAGO DEL ESTERO JUSTICIALISMO REPUBLICANO
VEGA, JUAN CARLOS CORDOBA COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORAN, JUAN CARLOS BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
LEMOS, SILVIA BEATRIZ MENDOZA UCR
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
REYES, MARIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO BUENOS AIRES PRO
LUSQUIÑOS, LUIS BERNARDO SAN LUIS FRENTE JUSTICIA UNION Y LIBERTAD - FREJULI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION GENERAL (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 2821-D-10