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PROYECTO DE TP


Expediente 5633-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA IMPLEMENTAR CAMPAÑAS DE CONCIENTIZACION E INFORMACION A LA POBLACION ACERCA DEL SIGNIFICADO DE LA INFORMACION NUTRICIONAL INSERTADA EN LOS ENVASES DE LOS ALIMENTOS.
Fecha: 05/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 106
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del organismo competente, implemente campañas para concientizar e informar a la población acerca del significado de la información nutricional inserta en los envases de los alimentos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Presentamos esta iniciativa fundamentada en los derechos al acceso de la población a una alimentación saludable, y al de información del consumidor inserta en el rotulado nutricional de los alimentos.
El rotulado nutricional es la descripción destinada a informar al consumidor sobre las propiedades nutricionales de un alimento con el fin de facilitarle su conocimiento y contribuir de esta forma, al consumo adecuado de los mismos.
El objetivo de este proyecto es contribuir a despejar las dudas que la mayoría de los consumidores manifiesta al momento de leer la información nutricional inserta en el rotulado y en las etiquetas de los alimentos que compra.
Según el Código Alimentario Argentino los alimentos deben expresar en su rótulo y por cada porción envasada y según corresponda, los carbohidratos, el valor energético, las grasas totales (saturadas, trans, monoinsaturadas y poliinsaturadas), las proteínas, la fibra alimentaria y el sodio. Esta información aparece en una tabla que y es expresada en relación al producto considerado en un peso de 100 g o 100 ml; se complementa con la medida correspondiente a la porción envasada junto con el porcentaje que satisfaga el valor diario referenciado a una dieta estándar de una determinada cantidad de kilo calorías.
Para que esta información nutricional del rótulo sea útil al consumidor, es necesario que éste tenga nociones sobre los términos nutricionales impresos y de cómo se interpretan.
La elección saludable de los alimentos representa uno de los pilares de la política de educación alimentaria y nutricional, y no se
puede llevar a cabo sin la capacitación de la población. Esta capacitación y concientización comunitaria son derechos que el Estado debe promover desde la acción comunitaria y la escuela, ya que son los primeros campos de acción en los que la formación sanitaria puede incidir.
Todos los consumidores tienen derecho a tener conocimientos para hacer una elección saludable y a estar debidamente informados, lo que con el tiempo implicará una disminución de las diversas patologías - prevenibles -, relacionadas con la malnutrición, ya que la adecuada selección de alimentos incide directamente sobre el estado sanitario de la población y desde el punto de vista del consumidor, incide sobre su salud integral y su economía.
Entendemos esta iniciativa como una de las aristas de una política más amplia de educación nutricional, y que como tal es resorte de los organismos de aplicación. Por lo expuesto, solicitamos el acompañamiento de nuestros pares en el presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TORFE, MONICA LILIANA SALTA RENOVADOR DE SALTA
MORANTE, ANTONIO ARNALDO MARIA CHACO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MARTIARENA, MARIO HUMBERTO JUJUY PERONISMO JUJEÑO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
02/11/2010 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1650/2010 CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 35/2010 05/11/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 03/12/2010 APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA 30/11/2011