PROYECTO DE TP


Expediente 5574-D-2019
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS MEDIDAS A ADOPTARSE PARA LA PRESERVACION FISICA DE LOS CIUDADANOS Y DEL PERSONAL INTEGRANTE DE LAS FUERZAS FEDERALES DE SEGURIDAD, A PARTIR DE LA DEROGACION DE LA RESOLUCION Nº RESOL- 2018-956-APN#MSG Y OTRAS MEDIDAS ALCANZADAS POR LA RESOLUCION 1231/2019. (EMPLEO DE ARMAS DE FUEGO POR PARTE DE LOS MIEMBROS DE LAS FUERZAS FEDERALES DE SEGURIDAD).
Fecha: 03/01/2020
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 181
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que informe a esta Honorable Cámara, a través del Ministerio de Seguridad de la Nación, las medidas que se adoptarán para la preservación física de los ciudadanos y del personal integrante de las Fuerzas Federales de Seguridad, a partir de la derogación de la Resolución Nº RESOL-2018-956-APN#MSG (Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad) y otras medidas alcanzadas por la Resolución 1231/2019 (RESOL-2019-1231-APN-MSG).

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Según la Resolución Nº 1231/2019 del Ministerio de Seguridad de la Nación, publicada en el Boletín Oficial el 24 de diciembre de 2019 (https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/224089/20191224), se derogan, entre otros, el Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad y el Reglamento General para el Empleo de Armas Electrónicas No Letales por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad.
Dichas medidas fueron adoptadas oportunamente para que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley protejan la vida, los Derechos Humanos, la libertad y los bienes de todos los habitantes del país, como así también los propios. Dicha norma no los avala para actuar en forma desproporcionada ante la gravedad de los hechos y los faculta a hacer uso de armas letales cuando sea estrictamente inevitable para la preservación de la vida propia o de terceros.
Cualquier exceso en el uso de armas letales está contemplado en la legislación penal vigente, inclusive, agravado por si quien lo comete es un funcionario policial.
Con la vigencia de la Resolución mencionada ut supra, según su artículo 2º, se ratifica la vigencia del Procedimiento Operativo Normal Nº 1/06 “Normas básicas para el personal que se desempeña en tareas de seguridad” de la GNA; las Directivas 8 y 9 “S”/2007 DOPE UP4 de la PNA; el Reglamento General de Armas y Tiro, RGPFA Nº 8, modificada por la ODI Nº 25 de la PFA; y el Protocolo General de Actuación para el uso progresivo y diferenciado de la fuerza policial (PGA) Nº 5 de la PSA.
Toda esta normativa, entendemos, es insuficiente y obsoleta en algunos puntos ante la violencia y la mutación de los delitos que ponen en riesgo la integridad, la vida y los Derechos Humanos de los habitantes y que, en algunos casos, ameritan el uso de armas letales.
A modo ilustrativo, los efectivos tenían que esperar a que les dispararan primero e incluso establecía que, antes de extraer sus armas de fuego, debían utilizar la disuasión y graduar el empleo de la fuerza: ante un enfrentamiento, debían usar la fuerza física natural, luego aplicar conocimientos defensivos como el judo, o manipular agresivos químicos no letales. Es correcto si al identificarse como representantes de la ley no reciben un puntazo de arma blanca o una ráfaga de tiros. Lo anterior de ninguna manera avala ni justifica los excesos o el gatillo fácil, pero sí amerita establecer protocolos más acordes con las nuevas modalidades delictivas.
Asimismo, merece la atención la preparación física, la capacitación, el entrenamiento, la aptitud psicológica, el conocimiento de los derechos y obligaciones de los funcionarios afectados a la seguridad, y otras tantas medidas complementarias a tener en cuenta.
Nos preocupa la protección de los ciudadanos y la de quienes tienen que cuidarnos y entendemos que este tema no sólo es urgente sino fundamental.
La resolución de los problemas de seguridad no sólo se resuelve con medidas como las que reclamamos. Tenemos que atender cuestiones de educación, salud, trabajo e inclusión. Pero en el proceso debemos buscar un equilibrio en el que se respeten todos los derechos, los humanos, la libertad, la vida. Y para ellos debemos trabajar unidos.
Es por estas razones, señor Presidente, que solicito a esta Honorable Cámara la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
WOLFF, WALDO EZEQUIEL BUENOS AIRES PRO
ENRIQUEZ, JORGE RICARDO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
RITONDO, CRISTIAN ADRIAN BUENOS AIRES PRO
TORRES, IGNACIO AGUSTIN CHUBUT PRO
SCHLERETH, DAVID PABLO NEUQUEN PRO
RUARTE, ADRIANA NOEMI CORDOBA PRO
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES PRO
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
EL SUKARIA, SOHER CORDOBA PRO
STEFANI, HECTOR ANTONIO TIERRA DEL FUEGO PRO
REY, MARIA LUJAN BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO STEFANI (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA REY, MARIA LUJAN (A SUS ANTECEDENTES)