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PROYECTO DE TP


Expediente 5529-D-2013
Sumario: CREACION DEL PLAN NACIONAL PARA LA LUCHA CONTRA LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER.
Fecha: 31/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 101
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


PLAN NACIONAL PARA LA LUCHA CONTRA LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER
ARTICULO 1°: La presente ley tiene como objeto la prevención, tratamiento e inclusión de personas afectadas por la enfermedad de Alzheimer, así como la asistencia a los familiares directos y convivientes.
ARTÍCULO 2°: Créase el PLAN NACIONAL PARA LA LUCHA CONTRA LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER en el ámbito del Poder Ejecutivo nacional.
ARTICULO 3°: Serán funciones del PLAN NACIONAL PARA LA LUCHA CONTRA LA ENFERMEDAD DE ALZHEIMER:
Desarrollar campañas de difusión y concientización social sobre la enfermedad de Alzheimer, sus manifestaciones, principales consecuencias para el enfermo y sus familiares directos y convivientes y los tratamientos efectivos disponibles para la enfermedad;
Producir información y divulgarla, sobre acciones para la prevención y diagnóstico temprano de dicha enfermedad, así como de los avances médico-científicos en su tratamiento, cursos y carreras disponibles destinados a la actualización constante de los profesionales de la salud;
Impulsar las actividades de investigación científica, epidemiológica y clínica para el avance innovativo en métodos de diagnóstico y tratamiento para la enfermedad de Alzheimer;
Impulsar cursos de capacitación atinentes a la temática de la enfermedad de Alzheimer, a través de convenios con universidades, centros asistenciales de salud, profesorados, institutos colegiados vinculados con esta temática, organizaciones que tengan por objeto la lucha contra estas enfermedades a fin de contar con personal médico y asistencial capacitado en esta patología;
Brindar, en coordinación con los centros asistenciales de todo el país, terapias de apoyo y acompañamiento a familiares directos y convivientes de enfermos de Alzheimer.
Impulsar el desarrollo de actividades deportivas, recreativas y otras destinadas a fomentar el fortalecimiento de lazos familiares y sociales con el objeto de cuidar la calidad de vida de los enfermos y la de sus familiares directos y convivientes.
Proponer la modificación y actualización de la normativa vigente en la materia;
Impulsar, coordinar y fiscalizar la implementación de las políticas públicas destinadas a la lucha contra la enfermedad de Alzheimer; y
Orientar a las familias en el reconocimiento de la enfermedad para la asistencia oportuna al enfermo.
ARTICULO 4°: El Poder Ejecutivo nacional determinará cuáles son las prestaciones médicas, psicológicas, farmacológicas, de asistencia y las que fueran necesarias, destinadas a cubrir la detección temprana, el diagnóstico y el tratamiento efectivo de la enfermedad de Alzheimer, que deberán ser incluidas en el Plan Médico Obligatorio.
ARTICULO 5°: La autoridad de aplicación con acuerdo del CONSEJO FEDERAL DE SALUD (COFESA) y del CONSEJO FEDERAL LEGISLATIVO DE SALUD (COFELESA) instrumentarán los mecanismos necesarios de colaboración mutua para la aplicación de esta política pública siguiendo los lineamientos establecidos en la Ley de Salud Mental N°26.657.
ARTIUCULO 6°: El Poder Ejecutivo nacional y las jurisdicciones que hayan adherido, elaborarán protocolos de control y verificación de los hogares geriátricos habilitados para el cuidado de pacientes con la enfermedad de Alzheimer.
ARTICULO 7°: Facúltese al Poder Ejecutivo nacional a efectuar las previsiones necesarias en el presupuesto nacional a fin de cumplimentar las funciones indicadas en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 8°: El Poder Ejecutivo nacional establecerá la autoridad de aplicación, la que tendrá a su cargo la implementación de esta ley.
ARTICULO 9°: Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente.
ARTICULO 10: Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La enfermedad de Alzheimer afecta a una de cada ocho personas de más de 65 años y a casi la mitad de las mayores de 85. Este año habrá más de 35 millones de personas con demencia en el mundo. Dado el envejecimiento estimado en la población mundial, esta cifra se duplicará cada 20 años (65,7 millones en 2030 y 115,4 millones en 2050). Pero sus efectos, se sentirán de manera más aguda en los países de bajos y medianos ingresos con respecto a los países desarrollados: mientras que en 2010, el 57,7% de todas las personas con demencia se corresponde a los países de bajos y medianos ingresos, en 2050 la proporción se extenderá a un 70,5%.
Cabe poner de resalto, que esta enfermedad tiene un impacto físico, psicológico y económico, no sólo en quien padece esta enfermedad, sino también sobre su familia, los cuidadores no familiares, el sistema de salud y la sociedad en su conjunto.
La enfermedad de Alzheimer no es parte del envejecimiento normal pero la edad es su principal factor de riesgo. Es un trastorno degenerativo cerebral crónico que afecta en forma progresiva la memoria, la conducta, otras funciones cognitivas (por ejemplo, el lenguaje) e impacta en la vida diaria de los pacientes y sus familias. Hasta ahora no ha sido identificado un único factor como la causa de la enfermedad de Alzheimer pero estudios patológicos demuestran que se relaciona con la presencia de placas seniles de beta-amiloide y ovillos neurofibrilares de proteína tau en el cerebro.
Las enfermedades neurodegenerativas son aquellos trastornos que afectan de forma primaria el sistema nervioso de manera insidiosa y progresiva, siendo la atrofia su hallazgo patológico característico. Estas pueden clasificarse de acuerdo a la región afectada del sistema nervioso:
* Corteza (ej: enfermedad de Alzheimer)
* Ganglios de la base (ej: enfermedad de Parkinson)
* Cerebelo (ej: Ataxia espinocerebelosa)
* Motoneurona (ej: Esclerosis lateral amiotrófica)
Las más frecuentes son aquellas que afectan el sistema nervioso central y se caracterizan por presentarse como cuadros demenciales.
Países como como Estados Unidos, Australia, Francia, Dinamarca, Noruega, Holanda, Corea y el Reino Unido han desarrollado planes que apuntan a contener y atenuar el impacto que la enfermedad de Alzheimer tiene en su población. Creado en el 2008, el plan nacional francés contra el Alzheimer tiene tres pilares: en primer lugar, la mejora de la calidad de vida de las personas afectadas y de sus familias; en segundo lugar, la movilización de la sociedad francesa en la lucha contra el Alzheimer; y, por último, el apoyo al avance en la investigación de esta enfermedad. Por su parte, en el año 2011, ambas cámaras del Congreso de Estados Unidos aprobaron por unanimidad una ley que crea un plan nacional para hacer frente a la crisis producto de la rápida escalada de la enfermedad de Alzheimer en dicho país.
Existe consenso científico sobre que la enfermedad se debe detener en sus etapas iniciales, incluso mucho antes de que aparezcan los síntomas. Los cambios en el cerebro se producen décadas antes de que se haga evidente la enfermedad clínicamente. Por lo tanto, los desafíos más importantes de las investigaciones actuales y futuras consisten en detectar la enfermedad cuanto antes y en desarrollar drogas efectivas que modifiquen la biología de la enfermedad para utilizarlas desde la etapa inicial. Proteger las neuronas intactas es un objetivo más importante que reparar las neuronas ya dañadas.
Por todo esto, retrasar la aparición de la enfermedad de Alzheimer es un paso importante en la lucha contra la enfermedad. Nuestras capacidades como sociedad deben estar dispuestas en atemperar las secuelas de la enfermedad en aquellas personas que ya la sufren y mitigar el crecimiento exponencial de la misma.
Argentina es uno de los países que está envejeciendo más rápidamente en nuestra región por lo cual el desarrollo de un plan nacional es no sólo necesario sino urgente. Así como otros Estados en el mundo lo están llevando adelante, nuestro país debe instaurar un mecanismo que surja del trabajo conjunto de científicos, profesionales, de nuestros representantes y de toda la sociedad.
Por último, el presente proyecto reconoce como antecedente la Orden del Día 3304/2007, la cual obtuvo media sanción en esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación el 28 de noviembre de 2007.
Por todo lo expuesto, solicitamos a nuestros pares que nos acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE PEDRO, EDUARDO ENRIQUE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL MENDOZA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CLERI, MARCOS SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LARROQUE, ANDRES CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
DOMINGUEZ, JULIAN ANDRES BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ALONSO, MARIA LUZ LA PAMPA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
18/11/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
11/12/2014 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado con modificaciones unificados en un sólo dictamen
11/12/2014 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1632/2014 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 CON MODIFICACIONES 15/12/2014
Diputados Orden del Dia 1632/2014 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 CON MODIFICACIONES 15/12/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER ADHERENTE DE LA DIPUTADA MENDOZA SANDRA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 16/12/2014
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 16/12/2014 MEDIA SANCION
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013
Senado MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 60 Y 77 DEL REGLAMENTO DEL H SENADO (EXPEDIENTE 0337-S-14, APROBADO EL 10/12/2014), CAMBIO DE GIRO DE LA COMISION DE SALUD Y DEPORTE A LA COMISION DE SALUD CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0642-D-2013, 0201-CD-2014, 1738-D-2013, 2080-D-2013 y 5529-D-2013 27/05/2015