Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 5502-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CONTROL DE LA ACTIVIDAD DE VUELO EN PARAPENTE.
Fecha: 04/08/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Deportes y los demás organismos competentes, para que informe en relación al control sobre la actividad de vuelo en parapente, los requerimientos que a continuación se detallan:
1. Cuáles son las reglamentaciones relevadas en el territorio nacional que se encuentran vigentes que regulan las condiciones bajo las cuales se realiza el vuelo en parapente.-
2. Informe sobre los lugares que se encuentran oficialmente habilitados para llevar adelante este tipo de actividad.-
3. Cuáles son las obligaciones y responsabilidades a su cargo, de los propietarios de aquellos lugares habilitados, sobre los daños que puedan sufrir los parapentistas, o terceros en sus bienes o salud.-
4. Cuántos accidentes se han relevado en relación a la práctica de vuelo en parapente en la Argentina en los últimos cinco años.-
5. Informe si han existido denuncias o actuaciones administrativas que tuvieron por objeto poner conocimiento de las diferentes autoridades públicas la existencia de situaciones de riesgo para quienes practican la actividad, para otras personas o para bienes que son propiedad de terceros. En su caso, informe las respuestas dispuestas por el estado en las referidas actuaciones.-
6. Que medidas concretas se han adoptado para garantizar los siniestros motivados en esta actividad. Individualice la carátula y número de actuaciones en las que se dispuso.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Cada vez son más las personas que practican parapente en el territorio nacional, o en su caso contratan uno de estos aventurados vuelos poniendo sus vidas -en ese caso- en manos de los expertos que auxilian en la actividad. La actividad como es de público conocimiento, resulta de altísimo riesgo.-
No obstante lo evidente de esta última afirmación, no existe legislación que regule la misma. El dato lamentablemente no es menor, máxime si se tiene en cuenta que en marzo de este año murieron dos expertos parapentistas, uno de ellos en el cerro Arco y otra persona en el Cerro de la Cruz (Tunuyán). A los que debemos agregar en diciembre próximo pasado, la realización de otro vuelo trágico en el inicio del Campeonato Argentino de Parapente, también en el Valle de Uco.-
El parapentismo es una actividad de altísimo riesgo que puede ser practicada por expertos, o para aquellos recién iniciados que suelen ser guiados por especialistas. No obstante, no es poco usual ver a la vera de algunas rutas, a varios aficionados que valiéndose sólo de su coraje, se lanzan al vuelo, inclusive con el potencial riesgo de afectar a terceros.-
En el caso de los parapentistas expertos, las consecuencias de su actividad quedaría "ab initio" bajo la órbita de su responsabilidad. Pero a poco que se analicen las condiciones en las que se genera la actividad, aparecen claras las responsabilidades del estado nacional (inclusive aún cuando la realicen personas capacitadas y con suficiente experiencia). Todo ello, dado que no hay exigencias normadas para su desarrollo, ni actividades de control sobra las mismas, ni autoridades públicas encargadas de desarrollarlas.-
No existen especificaciones, ni control sobre los equipos, los lugares donde se desarrolla y su habilitación, entre otras tantas cuestiones de trascendencia para aminorar el riesgo sobre los deportistas. Tampoco existe reglamentación, ni control en cuanto al material con que se construyen los parapentes, ni en cuanto a la calidad o potencia de los motores, todo lo que resulta aún más disperso para ser controlado, y donde los riesgos potenciales que generan son muy evidentes de ser advertidos.
A ello debemos agregar, el desarrollo y la extensión que viene adquiriendo este deporte, la que ha traído la práctica a zonas suburbanas y urbanas, potenciando gravemente los riesgos sobre terceros.-
El estado nacional tiene una obligación tuitiva frente a las personas que desarrollan esta actividad, las personas vinculadas a la "industria" que la generan y sostienen, y aquellos terceros que pudiesen sufrir las consecuencias nocivas que origine.-
Por todo lo expuesto, es que solicitamos al resto de los legisladores acompañen la aprobación del presente Proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA
IGLESIAS, FERNANDO ADOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DEPORTES (Primera Competencia)