PROYECTO DE TP


Expediente 5466-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA LICITACION PUBLICA Nª 03/2013, DESTINADA A LA ADQUISICION DE CAMIONES COMPACTADORES, CONTENEDORES Y CHIPEADORAS PARA EL "PROGRAMA MUNICIPAL DE LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS".
Fecha: 29/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 99
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través del organismo que resulte competente, informe y, en caso de corresponder, remita copia sobre los siguientes puntos:
Antecedentes técnicos de la Licitación Pública Nº 03/2013 llevada a cabo por la Jefatura de Gabinete de Ministros cuya adjudicación fuera aprobada mediante Decisión Administrativa 463/2013 de la citada Jefatura con fecha 19 de Julio de 2013 y cuyo objeto es la adquisición de camiones compactadores, contenedores y chipeadoras para el Programa Municipal de la GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SOLIDOS URBANOS de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Si se ha dado cumplimiento a la difusión exigida por el Decreto 1023/2001, Decreto 436/2000 y la Circular Nº 27 de la Oficina Nacional de Contrataciones, y en su caso indique los días en que ha sido publicada la convocatoria en el Boletín Oficial y en la página Web la Oficina Nacional de Contrataciones
Cantidad de pliegos adquiridos, datos de los adquirentes, ofertas presentadas en el mencionado llamado, con la correspondiente identificación de los oferentes, las cotizaciones efectuadas y las condiciones y precios de las ofertas de cada uno de ellos. Así, como cualquier otro dato que pueda ser de interés.
Los motivos por los cuales, pese a ser solicitada la intervención de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN) a los efectos de la formación del precio testigo, no consta ni se informa si participó, y en su caso, qué informo el citado organismo a su respecto.
Acompañe copia fiel del Expediente por el cual tramitó la mencionada licitación.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con fecha 24 de julio de 2013 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Decisión Administrativa 463/2013 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, mediante la cual se aprobó la Licitación Pública Nº 03/2013, que tuvo por objeto la adquisición de camiones compactadores, contenedores y chipeadoras para el Programa Municipal de la GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
De los considerandos de la mencionada Decisión Administrativa surge que a fs. 163 del expediente involucrado obra "...la solicitud de intervención a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION a efectos de que emita el Precio Testigo..." (El subrayado y negrita me pertenecen), pero de todo el texto contenido en la Decisión Administrativa que aquí nos ocupa no surge si intervino el organismo citado ni mucho menos que dijo respecto de la determinación del valor de referencia requerido.
La valiosa intervención del citado organismo en la gestión de compras y contrataciones estatales conforme las funciones y responsabilidades que le otorga la Resolución 122/2010 de la SIGEN, norma que mediante la conformación del Régimen de Precios Testigos lo constituye en una vital herramienta de control en la etapa de evaluación de ofertas, nos obliga a cuestionar por qué no se indica en la Decisión Administrativa si intervino la SIGEN, y en caso de corresponder, por qué no se informa el valor de referencia que fuera oportunamente requerido.
Asimismo, en la parte decisoria se informa respecto de las tres firmas adjudicatarias que las mismas resultan ganadoras de la Licitación por ser "...su oferta admisible, económicamente conveniente y ajustarse a lo solicitado..." (El subrayado me pertenece).
La cita recién expuesta nos obliga a solicitar información acerca de qué criterios fueron utilizados, en caso de que la SIGEN no haya intervenido determinando un valor de referencia, para considerar a las propuestas ganadoras "económicamente convenientes".
Por otro lado, es preciso mencionar que el artículo 1º del Decreto 1023/2001 indica que "el régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, tendrá por objeto que las obras, bienes y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las necesidades, en el momento oportuno y al menor costo posible...". A su vez, conforme surge de los Decretos 1023/2001 y 436/2000 son principios generales a los que deberá ajustarse la gestión de las contrataciones: (a) razonabilidad del proyecto y eficiencia de la contratación para cumplir con el interés público comprometido y el resultado esperado; (b) promoción de la concurrencia de interesados y de la competencia entre oferentes; (c) transparencia en los procedimientos; (d) publicidad y difusión de las actuaciones; (e) responsabilidad de los agentes y funcionarios públicos que autoricen, aprueben o gestionen las contrataciones; (f) Igualdad de tratamiento para interesados y para oferentes.
Además, la contratación pública debe desarrollarse en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará en la publicidad y difusión de las actuaciones emergentes de la aplicación de este régimen, la utilización de las tecnologías informáticas que permitan aumentar la eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la información relativa a la gestión del Estado en materia de contrataciones y en la participación real y efectiva de la comunidad, lo cual posibilitará el control social sobre las contrataciones públicas.
Por lo tanto, y teniendo en cuenta los principios antes mencionados, y lo importante que resulta la participación de la SIGEN en pos de lograr una mayor eficiencia, eficacia y transparencia en la gestión de compras y contrataciones estatales, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL