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PROYECTO DE TP


Expediente 5415-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA LICITACION 4/09 DE CARACTER INTERNACIONAL DE LOTERIA NACIONAL SE, PARA LA CONTRATACION DEL SISTEMA DE CAPTURA DE DATOS "ON LINE REAL TIME".
Fecha: 28/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar a Lotería Nacional SE, se sirva informar acerca de diversos aspectos vinculados al procedimiento de la Licitación Nº 4/2009 en trámite ante la referida sociedad, para la contratación del sistema de captura de datos en línea y en tiempo real ("on line" real time), con procesamiento, liquidación, gestión de ventas y administración de apuestas de los juegos propios y/o provenientes de extraña jurisdicción autorizados por Lotería Nacional SE.
En este sentido, requerimos informe:
1) Si la licitación tiene el carácter de "internacional".
2) El plazo de duración del contrato que se suscribiría con el adjudicatario de la licitación, incluyendo eventuales prórrogas.
3) Si la Ciudad Autónoma de Buenos Aires expresó su consentimiento para que LNSE administre los servicios objeto de la Licitación después del mes de noviembre de 2011, fecha en que vence la renovación del convenio suscripto entre Lotería Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto nacional Nº 1155/2003 y por ley Nº 1182 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
4) En caso de que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires haya expresado su consentimiento, requerimos se remita el documento del que surja tal circunstancia.
5) Si la convocatoria al procedimiento licitatorio fue publicada en diarios o publicaciones legales de países del exterior.
6) Si una empresa que no contara con un contrato vigente con una jurisdicción local para la explotación del servicio de captura de apuestas "on line" podía participar de la licitación y realizar una oferta válida.
7) Si Lotería Nacional SE puede conocer qué empresas cuentan con contratos vigentes con una o más jurisdicciones de la República Argentina para la prestación del servicio de captura de apuestas "on line" en agencias de lotería.
8) Si Lotería Nacional SE puede conocer, respecto de cada empresa, la cantidad de jurisdicciones con las que mantenga contratos vigentes para la explotación del servicio de captura de apuestas "on line".
9) Si Lotería Nacional S.E. puede conocer todos o algunos de los siguientes datos relevantes para la puntuación de las ofertas y, en su caso, identifique cuáles podían ser conocidos:
si cada una de las empresas que operan en el mercado cuenta con experiencia en la prestación del servicio de captura de apuestas como Loto, Quiniela y Apuestas Hípicas;
cantidad de contratos con jurisdicciones del exterior para la captura de apuestas "on line" con que cuentan las empresas que tienen contratos vigentes con jurisdicciones nacionales.
10) Cuántas ofertas se presentaron y quiénes fueron los oferentes.
11) Si se formuló consulta a la SIGEN a fin de determinar precios testigo o de referencia de los servicios licitados.
12) Si el adjudicatario de la Licitación tendría derecho a procesar apuestas de pronósticos deportivos en caso de que dicha modalidad sea implementada en el futuro.
13) Si el o los oferentes ofrecieron la prestación del servicio a través de una terminal específica y, en su caso, cuál es la empresa proveedora de esas terminales ofrecidas por cada una de las empresas.
14) El estado actual del procedimiento licitatorio.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Lotería Nacional SE convocó a la Licitación Pública Internacional Nº 4/2009 para la captura de datos en línea y en tiempo real ("on line" real time), con procesamiento, liquidación, gestión de ventas y administración de apuestas de los juegos propios y/o provenientes de extraña jurisdicción autorizados por LOTERIA NACIONAL SE, el principal servicio que presta la referida sociedad del Estado.
El procedimiento licitatorio ha sido severamente cuestionado en sede administrativa y judicial, cuestionamientos que han sido recogidos por la prensa nacional. Adjuntamos al presente algunos de los artículos periodísticos en los que se informa acerca de posibles irregularidades en la Licitación nº 4/2009.
Se trata de la licitación de un servicio de vital relevancia para Lotería Nacional SE, que involucra montos millonarios.
La prensa nacional también ha alertado acerca de la posibilidad de que el objeto del servicio licitado se vea ampliado en caso de prosperar proyectos para la implementación de mecanismos de apuestas deportivas "on line". En este sentido, se ha interpretado que el objeto de la licitación podría comprender la captura de datos correspondientes a apuestas deportivas, circunstancia que potenciaría la importancia del contrato y los montos involucrados.
Los firmantes del presente documento, junto con otros diputados y senadores de la Nación, hemos recibido una denuncia formulada por la empresa GTECH FOREIGN HOLDINGS CORPORATION, adquirente del pliego de la Licitación, en la que se alerta sobre la configuración de graves irregularidades en dicho procedimiento.
Entre otros vicios, se señala el direccionamiento.
En este sentido, la referida empresa ha esgrimido que el pliego sólo permite participar en la Licitación a las empresas que se encuentren prestando el servicio en jurisdicciones nacionales, que serían sólo 4. De esta manera se habría eliminado de la competencia a empresas líderes a nivel mundial sin que exista, en principio, ninguna razón técnico jurídica que justifique la exclusión. Esta limitación del universo de posibles oferentes produciría como consecuencia una menor competencia y, consecuentemente, limitaría la eficiencia del mecanismo de selección.
Cabe destacar que, según las versiones periodísticas, sólo habría presentado oferta una UTE conformada por dos empresas que prestan el servicio en el mercado local, circunstancia que resulta llamativa en atención a la naturaleza e importancia de los servicios licitados.
Asimismo, GTECH FOREIGN HOLDINGS CORPORATION denuncia que el sistema de evaluación de las ofertas previsto en el Pliego de la Licitación permitiría digitar al ganador, en virtud de la preeminencia desmedida que Lotería Nacional SE asignó a los "Antecedentes" de los oferentes en desmedro de la "Oferta Económica". En este sentido, denunció que al asignarse un 80% de preponderancia al rubro de Antecedentes, que serían conocidos por Lotería Nacional SE, el organismo podía conocer, al momento de redactar el Pliego, qué oferente sería el mejor puntuado. Ello, sin importar cuál fuera la oferta económica que realizara.
La empresa denunciante también remarcó la notoria diferencia entre el criterio de evaluación consagrado en el Pliego de la Licitación Nº 4/2009 respecto del que rigió la Licitación Nº 1/2003 de Lotería Nacional para la concesión del mismo servicio. En este sentido relata que, mientras que en la Licitación Nº 4/2009 se asigna una fundamental relevancia a antecedentes de los oferentes, en la Licitación Nº 1/2003 se atribuyó una mayor relevancia a las características técnicas de la oferta en si misma. Afirma que el cambio de criterio, que brinda preponderancia a datos conocidos por Lotería Nacional SE, constituiría una herramienta que posibilitaría el direccionamiento de la licitación.
También señala la empresa GTECH FOREIGN HOLDINGS CORPORATION que algunos de los rubros de evaluación de las ofertas constituyen categorías destinadas específicamente a beneficiar a determinadas empresas en particular.
Adicionalmente, la denunciante afirma que el pliego de la Licitación violaría las atribuciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, toda vez que la contratación que se licita se extendería más allá del año 2011, fecha en la que vence el convenio suscripto entre las autoridades locales y Lotería Nacional a través del cual la Ciudad delegó en la sociedad del Estado la explotación del juego en el ámbito de su territorio.
Como es sabido, luego la reforma constitucional de 1994, que reconoció la autonomía de la ciudad de Buenos Aires, y de la sanción de la Constitución de la ciudad, la competencia en materia de juego es un poder no delegado en el gobierno federal cuya regulación, explotación y control corresponde en forma exclusiva a la ciudad de Buenos Aires (art. 129 de la Constitución Nacional, arts. 1, 7, 9, inc. 10, 50, 80, inc. 19 y 104 de la Constitución de la ciudad y Leyes nº 538 y 916 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Resulta relevante conocer la autorización de la ciudad para la licitación, toda vez que mediante el convenio de fecha 30 de octubre de 2000, celebrado entre Lotería Nacional SE y el Instituto de Juegos y Apuestas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se acordaron los términos inherentes a la participación de cada una de las jurisdicciones en el "producido de la comercialización de juegos de azar, destreza y apuestas mutuas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires." Como el vencimiento de este convenio opera en noviembre de 2011, no resultaría posible que Lotería Nacional SE establezca servicios más allá de esa fecha, sin el consentimiento de la Ciudad de Buenos Aires, pues sin duda carece de tal facultad.
Por otra parte, según ha sido publicado en medios de comunicación nacional, la Licitación habría sido suspendida en dos oportunidades por orden de la justicia en lo contencioso administrativo federal.
Asimismo, hemos tomado conocimiento de que los Diputados Elisa Carrió, Horacio Piemonte y Fernando Sánchez han presentado una denuncia ante el fuero en lo criminal y correccional federal tendiente a que se investigue la eventual configuración del delito de defraudación a la administración pública en grado de tentativa.
En definitiva, el procedimiento de la licitación, de gran trascendencia, ha sido seriamente cuestionado por una empresa privada, por legisladores nacionales y por la prensa nacional, por lo que resulta necesario contar con elementos suficientes para que la Honorable Cámara de Diputados de la Nación pueda analizar las condiciones en que la misma se desarrolla.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)