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PROYECTO DE TP


Expediente 5366-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LOS FONDOS NECESARIOS PARA HACER FRENTE A LA EMERGENCIA AGROPECUARIA A RAIZ DE LAS HELADAS PRODUCIDAS EN VARIOS DEPARTAMENTOS DE ORAN, ANTA, SAN MARTIN Y GÜEMES DE LA PROVINCIA DE SALTA, EN EL MARCO DE LAS DISPOSICIONES CONTEMPLADAS EN LA LEY 26509.
Fecha: 21/07/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que por intermedio del Ministerio de Agricultura, y en el marco de las disposiciones contempladas en la ley 26.509, se acuerden de manera inmediata los fondos necesarios para hacer frente a la emergencia agropecuaria a raíz de las heladas producidas en los departamentos de Orán, Anta, San Martín y Güemes, de la Provincia de Salta, en base a la evaluación efectuada por los comités de emergencia provincial y nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto solicita al Poder Ejecutivo, que de inmediato acuda en ayuda de los departamentos de Orán, Anta, San Martín y Güemes, de la provincia de Salta, afectados por intensas heladas que han producido daños en los cultivos superiores al 50%.
La situación en los mencionados Departamentos surgió de extrema helada que afectó y afecta a toda la región, lo que ha provocado importantes pérdidas en los cultivos, especialmente áreas con hortalizas y frutas, a lo que se suman daños significativos en las pasturas.
Relevamientos iniciales realizados por técnicos de las zonas afectadas, dan cuenta de pérdidas superiores al 50%, por lo que se estima que de reiterarse las condiciones climáticas adversas puede llegar a ser las pérdidas, totales.
Aseguran que los daños en los cultivos son irreversibles y que provocará pérdidas millonarias, que los productores de hortalizas y frutas estiman irreparables al final de la campaña.
La evaluación inicial se esta realizando con datos aportados por los chacareros y técnicos de la zona, y se presentó en el Ministerio de Desarrollo Económico de la provincia de Salta, un pedido para que se declare la emergencia agropecuaria a nivel provincial y nacional de acuerdo a lo establecido en la Ley 26.509.
La Asociación de Frutas y Hortalizas de Salta, informó significativas pérdidas a causas de las inclemencias climáticas entre ellas la zona de Colonia Santa Rosa, habiéndose malogrado la producción bananera y una parte sustancial de la producción de tomates, cebolla, zapallitos y otras hortalizas, de la que solo habría salido indemne aquella que se encontraba en invernaderos.
Zonas de los Departamentos señalados han sufrido cinco heladas con consecuencias irreversibles y difíciles de cuantificar en pesos al momento, pero sí en porcentual de pérdidas que inicialmente superan el 50%, por temperaturas de hasta -5º C.
Los fondos que se requieren a ser asignados, se afectarán para afrontar el desastre agropecuario con la finalidad de:
a) lograr el financiamiento para la asistencia de los productores agropecuarios afectados por los fenómenos climáticos, debiéndose incluir en la cesión de subsidios directos y específicos;
b) el financiamiento para la recuperación de la capacidad de producción de la superficie afectada por las intensas heladas y que afectaron distintos cultivos.
Esta situación requiere una rápida asignación de los beneficios contemplados en la Ley 26.509, con lo que se conseguiría:
- Prórroga del vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse,
- Eximir total o parcialmente de los impuestos sobre los bienes personales y a la ganancia mínima presunta sobre aquellos bienes pertenecientes a explotaciones agropecuarias e inmuebles rurales arrendados,
- Deducirse en el balance impositivo del impuesto a las ganancias, el cien por ciento (100%) de los beneficios derivados de las ventas forzosas de hacienda bovina, ovina, caprina o porcina;
- Liberación del pago arancelario del Mercado Nacional de Hacienda, a las haciendas que ingresen en dicho mercado procedentes de zonas de desastre;
- Suspensión por parte de la AFIP, hasta el próximo ciclo productivo después de finalizado el período de emergencia o desastre agropecuario, la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados; etc.
Por otra parte, el marco legal citado y su Reglamentación por Decreto Nacional 1.712/09 (B.O. 12/11/2009), conjuntamente con la Resolución de la AFIP-DGI-ADUANA Nro 2.723, Art.2 Art 3, Art 9, Art 10, Art 11 y Art 15; así como también resoluciones del Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios (Consejo Consultivo de Emergencia Agropecuaria - Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios) que otorgan una protección especial a aquellos productores que hayan resultado damnificados por un fenómeno de carácter excepcional e inevitable, coadyuvarán a mitigar los efectos de la emergencia.
Por todo lo expresado, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAHER, ZULEMA BEATRIZ SALTA PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
15/09/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría