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PROYECTO DE TP


Expediente 5318-D-2013
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL PROGRAMA DE INCLUSION UNIVERSITARIA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DESARROLLADO POR LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS.
Fecha: 16/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


De interés parlamentario el ¨Programa de Inclusión Universitaria para personas con discapacidad¨ desarrollado por la Universidad Nacional de Lanús.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Programa de Inclusión Universitaria para estudiantes con discapacidad, perteneciente a la Dirección de Bienestar Universitario de la Universidad Nacional de Lanús (UNla), adopta como marco conceptual la definición de discapacidad establecida en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con discapacidad (CDPCD) (ONU, 2006), orientando sus acciones específicas desde la visualización de las personas con discapacidad como ciudadanos titulares de derechos, participativos y responsables, que asumen la dirección total y completa de su vida personal, social y política.
La discapacidad era pensada hasta hace poco tiempo, como una cuestión que concernía exclusivamente a las personas afectadas, quienes con asistencia y protección, podían rehabilitarse a fin de adaptarse al medio y lograr la integración social. Centrado en los aspectos médicos, en lo patológico, este modelo médico céntrico de la discapacidad, perdía de vista los derechos de este heterogéneo grupo, como personas y como ciudadanos. Ignoraba que lo que está en juego es la calidad de vida y la construcción de una sociedad realmente inclusiva, capaz de enriquecerse de la diversidad.
El énfasis que hace la CDPCD, que fue ratificada por el Congreso de la Nación mediante la Ley N° 26.378 en 2008, se orienta a que el Estado debe resolver las trabas, barreras y dificultades que la sociedad antepone entre la persona con discapacidad y su plena inclusión. En el modelo social, el "problema" de la discapacidad está localizado en el entorno socio‐cultural y físico y se deriva de la falta de conciencia del Estado y la sociedad hacia la diferencia, que representa la discapacidad.
El acceso a la universidad, la permanencia, avance y egreso de personas en situación de
discapacidad forma parte de una problemática social más amplia que remite a las oportunidades educativas que poseen los sectores de la población históricamente excluidos del sistema de formación superior.
En este contexto y congruente con sus esfuerzos en la implementación de una política de democratización del conocimiento, la Universidad Nacional de Lanús desde su Dirección de Bienestar Universitario, crea el Programa de Inclusión Universitaria para personas con discapacidad. Esta política universitaria se propone acciones transversales en toda la dinámica de la Universidad, respondiendo a una visión estratégica y conceptual de la problemática y asegurando que cada área de la UNla lleve adelante sus propias acciones, atendiendo a las necesidades del colectivo de la discapacidad, en sintonía con la dirección estratégica e ideológica que plantea el Programa en cuestión.
Su eje central es establecer los lineamientos generales para la construcción de una universidad inclusiva cimentada en el reconocimiento, respeto y afirmación de la heterogeneidad inherente a su población estudiantil. Este programa toma como base las leyes y normativas nacionales que contemplan la eliminación de barreras y todas las declaraciones internacionales, que han manifestado la necesidad de reconocer que todas las personas, sin discriminación, gozan del derecho a recibir educación. (CDPCD ‐ ONU , Plan Nacional de accesibilidad (CONADIS), Ley de Educación Superior, Programa Integral de Accesibilidad en las Universidades Públicas)
El principal objetivo del Programa (además de los objetivos específicos entre los cuales se encuentran generar instancias de trabajo articulado entre la CONADIS y la Universidad Nacional de Lanús para eliminar las barreras culturales, físicas y comunicacionales, optimizar los recursos humanos y materiales para la eliminación de barreras en favor de las personas con discapacidad, potenciar el desarrollo y la mejora en la calidad de vida de las personas con discapacidad en el ámbito de la UNla, en un marco de no discriminación y efectiva equiparación de Oportunidades, asesorar, programar y coordinar acciones orientadas a la inclusión educativa de personas en
situación de discapacidad en cursos, carreras de grado y posgrado, consolidar la participación institucional en la Comisión Interuniversitaria de Discapacidad y
Derechos Humanos de Argentina, etc) es promover la inclusión educativa de las personas con discapacidad en la Universidad Nacional de Lanús, y, en un marco general de crecimiento del sistema universitario público, la inclusión de las personas con discapacidad a la educación superior, se vuelve una premisa indispensable para que la palabra ¨derecho¨ sea realmente efectiva, y permita construir, verdaderamente una Universidad para Todos.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares acompañen el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI
RIVAS, JORGE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
CARDELLI, JORGE JUSTO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
RIESTRA, ANTONIO SABINO SANTA FE UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
24/09/2013 DICTAMEN Aprobado por Unanimidad con modificaciones, como Proyecto de Resolución
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2628/2013 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 30/2013 07/10/2013
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 29/10/2013 APROBADO