PROYECTO DE TP


Expediente 5259-D-2013
Sumario: RECHAZAR LAS FACULTADES DELEGADAS DEL PODER EJECUTIVO CONFERIDAS CON ANTERIORIDAD A LA REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1994, REIVINDICANDO LAS POTESTADES PROPIAS E INDELEGABLES ASIGNADAS CONSTITUCIONALMENTE AL PODER LEGISLATIVO.
Fecha: 11/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 87
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Su más absoluto rechazo ante el ejercicio por parte del Poder Ejecutivo de facultades propias del Poder Legislativo cuya delegación conferida con anterioridad a la reforma constitucional de 1994 ha caducado, reivindicando para éste Poder aquellas potestades propias e indelegables que con exclusividad le asigna la Constitución Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A través de la Resolucion Nº 67/2013 del Secretario de Comercio Interior publicada hoy en el Boletín Oficial, el gobierno pretende nuevamente resolver problemas -generados por sus propias políticas- vulnerando garantías constitucionales.
La obsoleta Ley Nº 20.680 que se pretende aplicar para intervenir en la comercialización de trigo y harinas para panificación contiene facultades delegadas oportunamente por el Congreso que han caducado en agosto de 2010, en virtud de la Cláusula Octava de la Constitución Nacional reformada en 1994, por lo que el dictado de cualquier resolución por parte del Secretario Guillermo Moreno invocándolas no tiene sustento jurídico.
Debe necesariamente intervenir este Parlamento para adoptar cualquier medida en este sentido, conforme nuestra institucionalidad republicana.
Poco al parecer ha importado este "pequeño detalle formal"; en tanto hemos visto durante los últimos años cómo el Poder Ejecutivo invocando dichas facultades caducadas ha intervenido arbitrariamente en la comercialización de productos siderúrgicos, combustibles y televisión por cable.
Pese a la extrema gravedad institucional que estos desvíos implican, lamentablemente se advierte cierta naturalización y hasta aceptación de los mismos entre gran parte de nuestra dirigencia empresarial, sindical, política.
Pocas voces se han alzado claramente contra estos excesos, que no hacen más que poner en riesgo la vigencia misma del Estado de Derecho. En esto no puede haber "medias tintas".
Al margen del claro vicio de inconstitucionalidad del que adolecen, medidas como éstas por otra parte no resuelven sino agravan los problemas, tal como ha quedado tantas veces comprobado.
Nuevamente se pretende aquí operar sobre las consecuencias, señalando "culpables", y no sobre las verdaderas causas, que residen en las propias políticas desarrolladas por el Gobierno Nacional durante la última década.
Se retroalimenta permanentemente el problema. En estas condiciones la próxima campaña agrícola tendremos menos trigo, poniendo más aun en riesgo el autoabastencimiento interno del cultivo.
Por las razones expuestas solicito a mis pares me acompañen con su firma en el presente Proyecto de Declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
CAMAÑO, GRACIELA BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO TUCUMAN UCR
ATANASOF, ALFREDO NESTOR BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
CARRANZA, CARLOS ALBERTO SANTA FE FRENTE PERONISTA
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
TONELLI, PABLO GABRIEL CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)