PROYECTO DE TP


Expediente 5235-D-2019
Sumario: OBLIGATORIEDAD DE COBERTURA POR PARTE DE TODAS LAS ENTIDADES QUE PRESTEN SERVICIOS MEDICOS, DE UN PROTECTOR SOLAR POR MES, POR AFILIADO, DURANTE DICIEMBRE, ENERO, FEBRERO Y MARZO.
Fecha: 22/11/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 171
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1°: Las Obras Sociales enmarcadas por las leyes 23.660 y 23.661, las entidades de medicina prepaga, la Obra Social del Poder Judicial de la Nación, la Dirección de Ayuda Social para el Personal del Congreso de la Nación, como cualquier otra entidad que preste servicios médicos a sus afiliados, deberán cubrir al 100% un protector solar por mes, por afiliado, durante los meses de diciembre, enero, febrero y marzo.
ARTICULO 2°: El protector solar que reciba el afiliado tendrá que contar con factor de protección igual o superior a 30. Y deberá proteger la piel de los rayos UVA, UVB y UVC.
ARTICULO 3°: Será autoridad de aplicación la Secretaria de Salud de la Nación o el organismo equivalente, quien arbitrará las medidas conducentes a la implementación de la presente normativa.
ARTICULO 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene por objeto contribuir a la prevención del cáncer de piel y a concientizar a la población acerca de la necesidad de la prevención del mismo.
Con la llegada del verano y el aumento de las temperaturas, se incrementa la exposición de personas al sol. El sol fortalece los huesos y los dientes, y favorece la regulación de los ritmos hormonales y del ciclo sueño-vigilia, entre otros beneficios para la salud. Sin embargo, si esta exposición no se hace protegiendo la piel de manera adecuada, se corre el riesgo de sufrir una enfermedad cutánea.
El cáncer de piel es una de las enfermedades que causa la exposición al sol sin la protección adecuada, y se forma en los tejidos de la piel. Hay dos tipos principales de tumores de piel, los melanomas y los carcinomas.
Los melanomas se originan a partir de melanocitos, células que producen el pigmento (melanina) de la piel normal, en zonas adyacentes a un lunar o directamente sobre un lunar pre-existente. La radiación UV del sol produce cambios en el ADN de los melanocitos incluso llegando a dañarlos, y si, esos daños son muchos y graves, se produce un crecimiento incontrolado de los mismos, dando lugar al tumor.
El grupo que forman los tumores NO Melanomas incluye a muchos tipos de cánceres de piel, pero los más comunes entre ellos son dos, el carcinoma basocelular, que es el cáncer de piel más frecuente de todos los que hay, y el carcinoma espinocelular, epidermoide cutáneo o de células escamosas.
Hay numerosos estudios que demuestran la incidencia negativa de la radiación solar sobre la piel. Por esta razón, es de suma importancia la protección contra los rayos del sol, debido a que los rayos ultravioletas afectan la piel de quienes se exponen a ellos.
Éstos, son rayos invisibles que penetran la piel y pueden provocar quemaduras solares, envejecimiento prematuro de la piel, daños en los ojos e incluso cáncer de piel. Los tipos de rayos ultravioletas (UV) son tres; a) aquellos que causan envejecimiento cutáneo y pueden provocar cáncer de piel llamados UVA, b) los que generan enrojecimiento, quemadura solar y predisposición al cáncer de piel llamados UVB, c) y los filtrados por la capa de ozono de la atmosfera llamados UVC.
Para prevenir los efectos de los mismos, es necesario el uso de protectores solares. Éstos son productos de uso externo que poseen sustancias que por mecanismos físicos y/o químicos actúan como barrera protectora de la piel a las radiaciones solares.
En cuanto al tipo de protector solar a utilizar depende del tipo de piel de cada persona. Como regla general, la Organización Mundial de la Salud recomienda el uso de protectores solares con factor igual o superior a 30. Esto hace referencia a la cantidad de radiación UV necesaria para causar quemaduras de sol en la piel con el protector solar aplicado, en relación con la cantidad de radiación UV necesaria para causar la misma quemadura sin el protector solar.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BUIL, SERGIO OMAR BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA