PROYECTO DE TP


Expediente 5182-D-2008
Sumario: PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL PARA EL EJERCICIO 2008, MODIFICACION DE PARTIDAS PARA PAGAR LA DEUDA CON EL CLUB DE PARIS, DEROGACION DEL DECRETO 1472/2008.
Fecha: 18/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 125
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto el Decreto Nº 1472/2008.
ARTICULO 2º.- Instase al Poder Ejecutivo Nacional a enviar los proyectos de ley correspondientes, a los efectos de la consideración por el Congreso Nacional de los temas contemplados por el Decreto Nº 1472/2008.
ARTICULO 3º.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Poder Ejecutivo ha dictado el Decreto Nº 1472/2008, que es uno de los llamados "decretos de necesidad y urgencia" (DNU) por la terminología utilizada por el artículo 99 inciso 3º de la Constitución Nacional.
Dicho inciso constitucional dispone que "el Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo". Sin embargo, el DNU de referencia ha procedido a modificar ni más ni menos que la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (para pagar deudas con los países integrantes del grupo informal denominado "Club de Paris"), lo que es una señal absolutamente grave para todos los agentes económicos del mundo, ya que afecta de modo brutal la independencia que debe tener la autoridad monetaria.
Esto implica un daño permanente a la imagen de seriedad de nuestro país en el mundo, que nos afectará muy negativamente en el largo plazo. Si el Poder Ejecutivo puede cambiar a su antojo la ley orgánica del Banco Central -que establece la autonomía de esa entidad del Poder Ejecutivo y limita su capacidad de prestarle dinero-, para meter la mano en su caja, sencillamente la Argentina se transforma de ahora y para siempre en un país absolutamente imprevisible y carente de seriedad.
El tema es especialmente grave, pues no se trata de normas ordinarias de "carácter legislativo", sino normas que específicamente la Constitución pone bajo la responsabilidad del Congreso, cuando establece en el inciso 6º del artículo 75 que "corresponde al Congreso establecer y reglamentar un banco federal con facultad de emitir moneda" y en el inciso 11 del mismo artículo cuando lo faculta a "hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras", funciones ambas del Banco Central.
Por si fuera poco, existen en el Congreso proyectos para permitir el pago al llamado Club de Paris, como uno presentado por el Bloque PRO, que perfectamente podrían ser considerados por la Cámara y resguardarían la independencia del Banco Central y el prestigio de largo plazo de la Argentina.
Si hace años que no se paga la deuda del llamado Club de Paris, está claro además de que no hay en el caso ninguna "necesidad y urgencia". El inciso 3º del artículo 99 de la Constitución establece que "solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, podrá dictar (el Poder Ejecutivo) decretos por razones de necesidad y urgencia". Claramente, con absoluta certeza, no es el caso que estamos considerando.
Otro tanto puede decirse de la disposición de gastos no previstos en el presupuesto nacional, por sobre el límite total de gastos autorizados, por la bonita suma de $ 36 mil millones. Esta ampliación presupuestaria era absolutamente previsible -ya desde las discusiones presupuestarias del año pasado- y se vio como inevitable cuando se sobreejecutaron partidas utilizando superpoderes. Ello quita toda urgencia al tratamiento del asunto, por lo que corresponde dejar sin efecto el decreto también en este aspecto.
Sin duda no es bueno que un Poder Ejecutivo cualquiera, se gaste doce mil millones de dólares a sola firma y de un solo saque, pues eso afecta seriamente la calidad institucional. No está demás que el Poder Ejecutivo recuerde que el inciso 8º del artículo 75 de la Constitución, pone en cabeza del Congreso el "fijar anualmente el presupuesto general de gastos de la administración nacional".
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER ADHERENTE DEL DIPUTADO GALVALISI (A SUS ANTECEDENTES) 03/12/2008
Diputados SOLICITUD DE SER ADHERENTE DE LA DIPUTADA HOTTON (A SUS ANTECEDENTES) 03/12/2008