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PROYECTO DE TP


Expediente 5142-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL PROGRAMA NACIONAL DE SALUD SEXUAL Y PROCREACION RESPONSABLE.
Fecha: 17/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 124
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través del Ministerio de Salud de la Nación, informe sobre distintos aspectos referidos al Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, a saber:
1. Cuáles fueron los alcances de la implementación y funcionamiento del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable creado por la Ley Nacional Nº 25.673.
2. Si efectivamente se está realizando la entrega gratuita de todos los métodos anticonceptivos previstos en el referido Programa en todos los Centros de Atención Primaria y hospitales públicos de la Nación, a solicitud de las/los usuarias/os y con asesoramiento o consejería especializada. De no ser así, especifique cuáles son las medidas que se han tomado y se están tomando con el fin de efectivizar la entrega en todo el país.
3. Detalle provisión de insumos de salud sexual y reproductiva que distribuye el Programa actualmente, indicando fecha de entrega, cantidad y jurisdicción afectada.
4. Especifique si se ha promovido el conocimiento y la divulgación masiva de las características del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable a través de campañas de difusión y educación dirigidas a la población en general, tal como plantea la Ley 25.673 en su artículo 8º. De ser así, detalle características generales de las campañas realizadas, adjuntando una muestra de las mismas.
5. Con qué presupuesto permanente se cuenta para la implementación del referido Programa. Detalle montos discriminados por provincia.
6. Especifique si se ha capacitado a los equipos de salud mediante la articulación con el Programa de Médicos Comunitarios. De ser así, detalle evaluación y conclusiones de la capacitación y de la articulación con el mencionado Programa.
7. Cualquier otra información que sirva al presente.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley Nº 25.673, sancionada en el mes de octubre del año 2002, crea en su artículo 1º el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, el cual comenzó a ser implementado por el Ministerio de Salud de la Nación a partir del año 2003.
Como objetivos el referido Programa plantea: alcanzar para la población el nivel más elevado de salud sexual y procreación responsable con el fin de poder adoptar decisiones libres de discriminación, coacciones o violencia; disminuir la morbimortalidad materno- infantil; prevenir embarazos no deseados; promover la salud sexual de los adolescentes; contribuir a la prevención y detección precoz de enfermedades de transmisión sexual, de vih/sida y patologías genital y mamarias; garantizar a la población el acceso a la información, orientación, métodos y prestaciones de servicios referidos a la salud sexual y procreación responsable; y potenciar la participación femenina en la toma de decisiones relativas a su salud sexual y procreación responsable.
La distribución gratuita de los anticonceptivos es responsabilidad del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable del Ministerio de Salud de la Nación. La Ley 25.673 en su artículo 6º inciso b) así lo plantea: "... A demanda de los beneficiarios y sobre la base de estudios previos, prescribir y suministrar los métodos y elementos anticonceptivos que deberán ser de carácter reversible, no abortivos y transitorios, respetando los criterios o convicciones de los destinatarios, salvo contraindicación médica específica y previa información brindada sobre las ventajas y desventajas de los métodos naturales y aquellos aprobados por la ANMAT."
El Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable reconoce que el Derecho a la Salud comprende la salud sexual y que ésta incluye la posibilidad de desarrollar una vida sexual gratificante y sin coerción, así como prevenir embarazos no deseados. La salud sexual se basa en la autonomía de las personas para elegir individual y libremente, de acuerdo a sus convicciones y a partir de la información y el asesoramiento, un método anticonceptivo adecuado, reversible, no abortivo y transitorio, para poder definir la posibilidad de tener hijos, cuántos hijos tener, cuándo tenerlos, y el intervalo entre ellos.
La implementación del Programa prevé la entrega de insumos a las provincias para su distribución gratuita en los centros de atención primaria y hospitales públicos. Los insumos de salud sexual que debe distribuir el Programa son preservativos, anticonceptivos inyectables, hormonales para lactancia, hormonales combinados, anticonceptivos hormonales de emergencia y dispositivos intrauterinos (DIU). Asimismo brinda asistencia técnica y apoyo a las autoridades provinciales para la implementación de los programas locales en todas las provincias. En la provincia de Buenos Aires, por tomar un ejemplo, fue sancionada en el año 2003 la Ley 13.066, a través de la cual se creó el Programa Provincial de Salud Reproductiva y Procreación Responsable que garantiza las políticas orientadas a la promoción y desarrollo de la salud reproductiva y la procreación responsable.
La aprobación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable constituye sin duda una de las más importantes políticas actuales de salud, pero a pocos años de su implementación nos encontramos con deficiencias en su funcionamiento que no son menores. Desde principios del corriente año el Ministerio de Salud de la Nación no está entregando efectivamente, tal como plantea el citado Programa, los anticonceptivos orales de distribución gratuita ni tampoco aquellos que suelen recetarse en el puerperio, los denominados anticonceptivos de lactancia. El Ministerio de Salud explica dicha situación a partir del hecho de que la licitación que debía hacerse en el mes de Septiembre del año 2007 fue realizada recién en el mes de Marzo de este año, razón por la cual no fueron enviados con regularidad los anticonceptivos a las provincias. Argumentan asimismo que, por los tiempos de la administración pública y de los procesos de las licitaciones, las partidas de la Nación no llegaron y los stocks con los que se contaba se agotaron. Desde el mismo Ministerio de Salud argumentan una falla administrativa del anterior Ministro de Salud, Ginés González García, que no previó dicha licitación.
Frente a esta situación debemos ser claros: no podemos permitir que un Programa de Salud se vea interrumpido por un desprolijo cambio de gestión. La realidad es que hoy en día aproximadamente un millón de mujeres de bajos recursos no reciben sus anticonceptivos de distribución gratuita y no tienen otra manera de acceder a los mismos. Son mujeres que dependen de los servicios de salud públicos y de las obras sociales para planificar el futuro de sus familias, y dependen de la correcta ejecución del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable para ejercer su derecho a decidir si tener hijos o no.
Resulta necesaria una pronta normalización definitiva de la entrega, ya que estamos hablando de un tema muy sensible como es la planificación familiar y el hecho de evitar embarazos no deseados. Es preocupante y grave la situación de discontinuidad en la entrega de información y métodos anticonceptivos en los hospitales públicos y salas de primeros auxilios ya que esta situación empuja a numerosas mujeres con embarazos no deseados a practicarse abortos clandestinos poniendo en peligro su vida y su salud. Debemos recordar que en Argentina se realiza medio millón de abortos por año en condiciones clandestinas e inseguras. Las mujeres con recursos pueden acudir a médicos privados. El resto debe recurrir a 'carniceros' o aficionados, o lo hacen ellas mismas. Ochenta mil mujeres al año concurren a los hospitales públicos para recibir atención médica por complicaciones de abortos. Muchas de ellas quedan con secuelas físicas y psicológicas y alrededor de 100 pierden la vida, siendo ésta la primer causa de mortalidad materna. Aún cuando muchos de estos embarazos sí ameritan un aborto legal, a las mujeres les es negado porque intervienen funcionarios, médicos y/o sacerdotes que se oponen a este procedimiento, los requisitos son innecesariamente exigentes o las mujeres no quieren exponerse a la vergüenza pública que implica reportar una violación.
La situación es crítica. Según datos suministrados por el Consorcio Nacional de Derechos Reproductivos y Sexuales (CONDERS), organismo encargado de monitorear las acciones que prevé la Ley Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, nos encontramos frente a la ausencia de prácticamente todos los anticonceptivos en las provincias del país. El Ministerio de Salud no decide una partida presupuestaria permanente para la provisión de los mismos, lo cual nos plantea dos alternativas -no excluyentes- al momento de analizar la situación: o estamos ante a un problema de imprevisión muy importante, o el Ministerio de Salud no está priorizando la correcta aplicación del Programa.
Debemos señalar que el estado de salud de una población es uno de los principales indicadores del grado de desarrollo de un país. Es fundamental ofrecer a toda la población el acceso a la información y consejería en materia de sexualidad y el uso de métodos anticonceptivos, así como la prevención, diagnóstico y tratamiento de las infecciones de transmisión sexual, incluyendo el vih/sida. En los estratos más vulnerables de la sociedad numerosas mujeres y hombres ignoran la forma de utilización de los métodos anticonceptivos más eficaces y adecuados y/o se encuentran imposibilitados económicamente de acceder a ellos.
Como ya fue señalado anteriormente, hay un incumplimiento de lo establecido en los objetivos generales del Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable, y el hecho de que no se ejecute correctamente puede provocar graves problemas como los embarazos no deseados y un incremento de los abortos en condiciones inseguras, lo cual aumenta la tasa de mortalidad materna por causas totalmente evitables.
El Estado es el garante de los derechos. En el campo de la salud sexual y reproductiva, el respeto y el cuidado deben ser máximos porque están implicados derechos fundamentales como son, entre otros, el derecho a la integridad corporal, a la intimidad, a condiciones de igualdad y equidad para el ejercicio de opciones libres de discriminación, a una vida libre de violencia y coacción sexual y con derecho a la privacidad. Entre estos derechos humanos básicos se encuentra el derecho a elegir si tener hijos o no, cuántos, cuándo y el intervalo entre ellos. Éstos se denominan "derechos reproductivos" e implican tener acceso a las condiciones y medios para ejercerlos, es decir, acceso a servicios de salud, provisión de métodos anticonceptivos, consejería para tomar las propias decisiones, y una atención cuidadosa que nos considere sujetos de derecho. Adolescentes y niños tienen derecho a ser informados sobre su sexualidad de la manera más amplia posible. Son derechos personalísimos, que tienen que ver con la libertad, con la integridad personal y el plan de vida.
Teniendo en cuenta, que el derecho a la salud sexual y reproductiva es un derecho humano básico de mujeres y hombres, y que como tales deben ser respetados y promovidos, resulta fundamental la correcta implementación del Programa de Salud Sexual y Procreación Responsable por parte del Ministerio de Salud de la Nación.
Pretendemos, con este pedido de informes, contar con los elementos necesarios que nos permitan analizar el funcionamiento del referido Programa, solicitando información sobre diferentes aspectos que debieran ser corregidos a los fines de garantizar la correcta implementación del mismo, o eventualmente poner de manifiesto la falta de recursos para revertir esa situación en una nueva asignación de aquellos.
Por todo lo expuesto anteriormente, es que solicita a los Sres. Diputados me acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
CARCA, ELISA BEATRIZ BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 2193/2009 CON MODIFICACIONES; CON 1 DISIDENCIA PARCIAL Y 1 DISIDENCIA TOTAL; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 4837-D-08, 4926-D-08 Y 5142-D-08 11/11/2009