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PROYECTO DE TP


Expediente 5140-D-2013
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO (LEY 20744: MODIFICACION DE LOS ARTICULOS 158 Y 161, SOBRE LICENCIA POR EXAMEN.
Fecha: 04/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 83
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


MODIFICACIÓN LEY Nº 20.744 LEY DE CONTRATO DE TRABAJO
Artículo 1° Modifíquese el inciso e) del art. 158º de la Ley 20.744, el que quedará redactado de la siguiente forma:
e) Para rendir examen en la enseñanza media, universitaria o de postgrado y doctorado, dos (2) días corridos por examen, con un máximo de diez (10) días por año calendario.
Artículo 2°: Agréguese al art. 158° de la Ley 20.744 los siguientes incisos, los cuales quedarán redactado del siguiente modo:
f) Para la finalización y redacción de la tesis de postgrado, cinco (5) días de corrido.
g) Para la finalización y redacción de la tesis de doctorado, quince (15) días de corrido.
Artículo 3°: Modifíquese el artículo 161° de la Ley 20.744, el que quedará redactado de la siguiente forma:
Art. 161 BIS. -Licencia por tesis de posgrados y doctorados. Requisitos.
A los efectos del otorgamiento de la licencia a que aluden los incisos f) y g) del artículo 158, la tesis debe encuadrarse dentro de las carreras certificadas por CONEAU.
El beneficiario deberá acreditar ante el empleador haber presentado la tesis ante el tribunal mediante presentación del certificado expedido por el instituto en el cual curse los estudios.
Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Nuestra carta magna en su artículo 14 bis protege íntegramente el derecho de los trabajadores, otorgando derechos irrenunciables para el trabajador. Consideramos que estos derechos deben ser ampliados en lo que a educación se refiere.
La educación y capacitación es un elemento trascendental en la carrera laboral. El crecimiento profesional debe ser un esfuerzo de todas las partes que se benefician de ella, tanto de los individuos, de las empresas y del Estado en su rol de garante y promotor de la educación como instrumento de movilidad social.
La tecnología, los avances en comunicaciones, las nuevas investigaciones, etcétera, demandan cada día y de forma más acelerada una mayor profesionalización de los recursos humanos de la cual se sirven las empresas para aumentar su competitividad.
El incentivo de las actividades de posgrado, genera una mayor responsabilidad en el trabajador, al tiempo que le permite afianzar sus conocimientos.
Por otro lado, el mayor nivel de estudios alcanzados, sin duda alguna, genera una mayor cotización del trabajo, lo que se traduce en una mayor y mejor producción por parte de quien explota estos conocimientos, de forma que, las ventajas de este tipo de estudios, alcanzan también a los empleadores, redundando en beneficios económicos para la empresa que se sirve de ello.
Es tarea impostergable del Estado Nacional promover y fomentar la capacitación, profesionalización y especialización de sus trabajadores como elemento de movilidad social ascendente para que el esfuerzo y la superación de cada ciudadano, sea un aporte más al bien común.
Por las razones vertidas y por las que oportunamente expondré en el recinto es que solicito a mis pares acompañen el siguiente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
JURI, MARIANA MENDOZA UCR
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES MENDOZA UCR
ALVAREZ, ELSA MARIA SANTA CRUZ UCR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
EDUCACION