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PROYECTO DE TP


Expediente 5121-D-2015
Sumario: PROMOCION DE EDIFICACIONES SUSTENTABLES. REGIMEN
Fecha: 21/09/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 126
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Régimen De Promoción
De Edificaciones Sustentables.
CAPÍTULO I
DEFINICIONES
Artículo 1°. Objeto: La presente ley establece un régimen general para la promoción de la construcción, financiación y adquisición de edificaciones sustentables, a construirse en terrenos destinados a nuevas urbanizaciones, contemplándose la instrumentación de líneas de crédito destinadas a tal fin.
Artículo 2º. Definición de "Edificaciones Sustentables": Son los edificios o complejos habitacionales que tienen en cuenta en su construcción la totalidad de los siguientes factores:
a) Reducción del consumo energético mediante la optimización del acceso a la luz y a a ventilación natural.
b) Moderación del uso de agua y procesamiento de los residuos domiciliarios.
c) Incorporación de fuentes de energía renovable.
d) Fomentar la construcción sustentable.
e) Disminuir el impacto ambiental producido en la construcción y funcionamiento de nuevos edificios.
f) Proporcionar una calidad ambiental interior óptima y sustentable.
CAPÍTULO II
AMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 3°. El régimen creado se regirá por las disposiciones de la presente ley, la reglamentación que en su consecuencia dicte el Poder Ejecutivo Nacional y las normas complementarias y concordantes que resulten aplicables.
CAPÍTULO III
REQUISITOS PARA SER BENEFICIARIOS
Artículo 4°. Serán beneficiarios del presente régimen cualquier persona física o jurídica que cumpla con los requisitos establecidos en la presente ley, y de la reglamentación correspondiente.
CAPÍTULO IV
FONDO DE FINANCIAMIENTO
Artículo 5°. Con el objeto de financiar la adquisición o construcción de edificios sustentables el Poder Ejecutivo Nacional a través de la autoridad de aplicación constituirá un fondo de financiamiento, el que tendrá un plazo de veinticinco (25) años a partir de la suscripción del fideicomiso respectivo; la finalidad de este será la instrumentación de un plan que posibilite el acceso al crédito por parte de los futuros adquirentes de los edificios y viviendas sustentables. El fondo así constituido se regirá por las disposiciones de la presente Ley, de su reglamentación y por la Ley 24.441 y sus modificatorias.
CAPITULO V
AUTORIDAD DE APLICACION
Artículo 6°. El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación será la autoridad de aplicación de la presente ley y en tal carácter dictará las normas de instrumentación, complementarias y/o aclaratorias y celebrará todos los actos que se requieran para la debida implementación del Régimen de Promoción de Edificaciones Sustentables y del Fondo de Financiamiento establecido en el artículo 5°.
Artículo 7°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Un edificio "sustentable" es un edificio cuyo diseño (incluyendo sus métodos constructivos) reduce de manera significativa, o mejor aún, elimina, el impacto negativo de edificaciones sobre el medioambiente y sus habitantes.
En principio se pueden considerar cinco aspectos esenciales dentro del concepto de diseño sustentable:
1. La planificación del sitio en donde se llevará a cabo la construcción de manera sustentable con la correspondiente evaluación de impacto ambiental;
2. El consumo racional del agua como recurso;
3. El uso eficiente de la energía artificial, y el uso sustentable de energías renovables;
4. La conservación de materiales y aprovechamiento de la luz natural y el viento
5. Cuidado de la calidad ambiental interior, favoreciendo la calidad de vida.
Entre los beneficios de las construcciones sustentables podemos mencionar lo siguientes:
a. Reducción del impacto ambiental;
b. Mejora en la calidad de vida del ocupante del edificio sustentable.
c. Reducción de costos operativos;
d. Revalorización del valor de la propiedad y aumento de ganancias;
e. Optimización de la performance económica en cuanto al ciclo de vida del edificio.
La construcción de edificios sustentables cada vez gana más adeptos. Ya sea por preservar el medioambiente o por economizar costos, las empresas del sector ya han comenzado a construir este tipo de inmuebles.
El avance de la arquitectura sustentable no es una novedad. Desde hace algunos años, la necesidad de desarrollar modelos más amigables con el medio ambiente está generando cambios en las formas de construcción. El ahorro de energía y de agua, el impacto en el entorno y el respeto por el espacio natural son los principales puntos a tener en cuenta a la hora de desarrollar una edificación más verde.
En la actualidad, a nivel de grandes emprendimientos, en el país existen 18 proyectos que están tramitando la certificación LEED. Madero Office y Greending Ugarte, pueden convertirse en los primeros de la Argentina. Sin embargo, resulta necesario un trabajo más arduo para que la región pueda volcarse definitivamente hacia una construcción sustentable, generando beneficios para el medio ambiente y las personas que viven en él.
La cada vez menor disponibilidad de combustibles en el planeta, con el riesgo asociado de racionamiento energético, ha hecho crecer con fuerza el diseño y construcción de edificios sustentables que incorporan el concepto de eficiencia energética. Ésta se puede definir como las acciones que permiten optimizar la relación entre cantidad de energía consumida y los servicios finales obtenidos.
Dicho de otra forma, la disminución del consumo de energía, manteniendo los mismos servicios y condiciones energéticas, pero sin disminuir la calidad de vida y el confort de los ocupantes de una edificación, protegiendo el medio ambiente y asegurando el abastecimiento. No se debe confundir la eficiencia energética con el ahorro de energía: la primera nace en el diseño y construcción de los edificios, mientras que el ahorro de energía depende de su operación posterior. Lo que está claro es que un edificio diseñado bajo esta perspectiva fomenta un comportamiento sostenible en su uso.
Existen múltiples factores que considerar al momento de diseñar y construir un edificio sustentable. Desde el punto de vista térmico, cobran importancia temas como la orientación del edificio con respecto al sol, la ventilación cruzada para la renovación del aire interior, el uso de doble vidriado hermético -termo panel- y de energías alternativas renovables para calefacción, como la geotermia o la instalación de colectores o paneles solares. Estos últimos también pueden ser utilizados para el agua sanitaria del edificio, donde además resaltan otras posibilidades de ahorro energético, como la instalación de artefactos sanitarios de doble botón.
Fundamental es el ahorro de energía eléctrica que se puede lograr, entre otras opciones, a través de un diseño que promueva la iluminación natural por medio de superficies vidriadas o a través de lámparas de alta eficiencia y bajo consumo, por ejemplo, iluminación LED con energía suministrada por celdas solares. Es importante recalcar que muchas de estas soluciones no significan un aumento en el costo del proyecto.
Pero con los edificios sustentables no se persigue sólo un ahorro energético, sino también un beneficio para el medioambiente y para las personas que los ocupan. De aquí la importancia de utilizar materiales reciclables y renovables en su construcción. Otro factor es la ubicación, que debe fomentar un uso restringido de los vehículos, lo que incide en una menor contaminación ambiental.
Por lo expuesto solicito a mis pares que me acompañen con su voto en la aprobación del presente proyecto de ley, que es tributario del expediente 6812-D.-2012 del diputado nacional (m.c.) Oscar Currilen.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
OBRAS PUBLICAS (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA