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PROYECTO DE TP


Expediente 5049-D-2008
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LOS CONTRATOS DE CONCESIONES DE CORREDORES VIALES VIGENTES.
Fecha: 12/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 120
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Dirigirse al Poder Ejecutivo a fin de que, por intermedio del Ministerio de Planificación Federal, Inversiones y Obras Públicas y los organismos que resulten competentes, informe acerca de los siguientes puntos:
1) Cuál es la decisión que prevé adoptar el Estado Nacional respecto de los contratos de concesiones de corredores viales vigentes en la actualidad, teniendo en cuenta que los mismos están próximos a expirar en el mes de octubre de 2008. En el supuesto de que la decisión fuera volver a licitar los mencionados corredores, precisar respecto de cada caso en particular bajo qué modalidad se otorgaría la nueva concesión y el plazo de duración de los futuros contratos.
2) Si la Administración Nacional prevé concesionar nuevos tramos de rutas nacionales. En caso afirmativo indique cuáles serían esos tramos y bajo qué modalidad se otorgarán las nuevas concesiones.
3) Si el Estado Nacional tiene previsto, para el supuesto de impulsar un nuevo proceso licitatorio, la convocatoria a una audiencia pública que permita la participación de los usuarios, especialistas en la materia y organizaciones intermedias.
4) Atento a la inminente finalización de los contratos ya referidos, precisar cuáles son las tareas desarrolladas por el órgano de control competente con relación a:
a - Confección del inventario de estaciones de peaje y pesaje y de bienes muebles e inmuebles afectados a la concesión, que deberán transferirse al Estado al finalizar la concesión;
b - Aquellas tendientes a implementar la recepción general de la concesión de manos de los concesionarios salientes;
c - Aquellas relacionadas con la revisión de las obras a cargo de los concesionarios salientes, indicando en cada caso, grado de ejecución de las obras y estado de los pavimentos.
Se requiere respecto de este último punto una exposición que refleje una evaluación integral del cumplimiento de las obligaciones a cargo de los concesionarios. Del mismo modo deberá indicarse detalladamente acerca de los sistemas, procedimientos, mecanismos y/o normas dispuestos para realizar las tareas de control aludidas.
5) A cuánto ascienden los montos por penalidades propiciadas por el Estado Nacional, derivados de incumplimientos en materia de obras y en lo que refiere a índices de estado del pavimento. Precisar montos adeudados en concepto de las mencionadas penalidades. Asimismo precisar qué porcentaje ha sido ejecutado y/o compensado a través del fideicomiso creado con los fondos provenientes del impuesto al gasoil.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El próximo día 31 de octubre expiran los contratos por medio cuales se han dado en concesión cerca de diez mil (10.000) kilómetros de rutas nacionales en nuestro país. Vale recordar que la red vial concesionada actualmente está dividida en distintos corredores viales que atraviesan gran cantidad de provincias argentinas.
En una apretada síntesis podemos decir que a fines del año 1989 se inició la implementación del sistema de concesión de aproximadamente 8.900 km de carreteras interurbanas existentes, para su reparación, mejoramiento y conservación de rutina, bajo la forma de obra pública por peaje. El traspaso de las rutas nacionales a la gestión privada se fundamentó en la imposibilidad del Estado de financiar las inversiones necesarias para reparar y conservar los caminos.
Bajo esa lógica, en el marco de la Ley 23.696 de Reforma del Estado, fue dictado el Decreto Nº 2039/90, por el que se concesionó la explotación y administración de la red vial nacional por un período de 12 años. Posteriormente el plazo aludido fue ampliado a 13 años por medio del dictado del Decreto1817/91 que fijó el vencimiento de los contratos en fecha 31 de octubre de 2003.
Ya en el 2003, el Poder Ejecutivo Nacional -tres meses antes de que se extinguiera el plazo de las concesiones- procedió a dictar el Decreto Nº 425/03 (B.O. 30/07/03) por el cual se resolvió licitar los corredores adjudicados por el Decreto Nº 2039/90 cuya concesión expiraba por un nuevo período, esta vez de cinco (5) años de duración. Es menester mencionar que de acuerdo con los nuevos contratos las obligaciones de los concesionarios se limita a ejecutar obras de mantenimiento de los corredores; no comprende inversión en obras mejorativas o complementarias, las que quedan a cargo del Estado.
Corresponde abrir un paréntesis para mencionar que en el año 2001 se creó la Tasa al Gasoil a través del decreto Nro. 976/2001. El monto en un principio era un suma fija de $ 0.05 por litro y con posterioridad pasó a ser una tasa ad valoren del 18.5 % del precio de venta libre de impuesto.
Esta tasa se fue modificando sucesivamente hasta llegar en el año 2007 al 21% del precio de venta libre de impuestos (conf. Ley 26.325). Los fondos de dicha tasa deben ser depositados en un fondo fiduciario cuyo objetivo es el de servir a mejorar la infraestructura vial en todo el país, tratando de paliar la deteriorada situación por la que atraviesan nuestros caminos. La tasa al Gasoil fue creada para eliminar las cabinas de peaje que tantos perjuicios sociales y económicos han producido, y para financiar las necesarias mejoras que necesita nuestra infraestructura vial.
Sin embargo, la realidad nos indica que el espíritu de la norma no se ha cumplido; obras de la envergadura de la utopista Rosario-Córdoba, por citar un ejemplo, permanecen paralizadas desde hace muchos años. Por el contrario, el Estado ha cumplido con el pago de cuantiosos subsidios a los concesionarios de los distintos corredores viales. Para que se entienda, parte de los fondos recaudados por el impuesto al Gasoil fueron destinados a compensar las rebajas de las tarifas de peaje habidas y a resarcir a los concesionarios viales por deudas que mantenía el concedente.
Sobre este punto, la Auditoria General de la Nación (AGN), en ocasión de evaluar la verificación de la compensaciones del peaje y la tasa al gasoil sostuvo categóricamente: "Existe un alto incumplimiento en la ejecución de las obras comprometidas no obstante encontrarse el Estado al día con el pago, a través de la Tasa sobre el Gasoil, de la totalidad de las compensaciones...,...el incumplimiento con dichas obras genera una alteración del equilibrio económico financiero de la concesión que beneficia a los concesionarios en detrimento del Concedente y de los usuarios".
De esta manera, los cuantiosos aportes que con esfuerzo realizan los usuarios viales y el sector de la producción, son destinados a otras "finalidades del Estado", haciendo vano el sacrificio de todos los argentinos en miras a un sistema un sistema vial más seguro.
En este punto es dable precisar que, según el Art. 5 Decreto Nº 87 del 25 de enero de 2001, el Órgano de Control de Concesiones Viales (OCCOVI) -organismo descentralizado, con autarquía económica y financiera, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas (SOP), bajo el la orbita del Ministerio de Planeamiento Federal, Inversión Pública y Servicios- debe "ejercer la supervisión, inspección, auditoria y seguimiento del cumplimiento de los Contratos de Concesiones de Redes Viales y de todas aquellas obras viales que en lo sucesivo sean concesionadas en donde el Estado Nacional sea parte, a fin de asegurar la calidad y adecuada prestación de los servicios y la protección de los usuarios y los bienes públicos del Estado."
Sin embargo la fiscalización desarrollada por parte del mencionado organismo estatal ha mostrado, como ya se mencionó ut supra, innumerables falencias. En este sentido es preciso traer a colación la conclusión a que arribó la Auditoria General de la Nación (A.G.N.) en ocasión de controlar el desempeño del OCCOVI en ejercicio de las funciones que le confiere la ley. Este órgano auditor, en ocasión de realizar un estudio especial sobre Indicadores de Desempeño de las Corredores Viales Concesionados concluyó: "las deficiencias en el marco normativo, la falta de aplicación de las normas regulatorias (incluyendo los controles a cargo del organismo regulador) y las asimetrías informativas llevaron a que la concesión no responda a criterios de racionalidad económica redundando en un alto costo para la sociedad." (1)
Ante la inminente finalización de los contratos de concesión, y los preocupantes antecedentes en materia de control por parte de los organismos del Estado, es que presentamos el presente pedido de informes, que tiene por objeto requerir información precisa acerca del destino que se pretende dar a una parte importante de nuestras rutas nacionales. Se trata de un hecho de suma importancia para la vida cotidiana de todos los argentinos y es en consecuencia obligación del Estado actuar con suma precaución a la hora de adoptar las decisiones, evitando por ejemplo que empresas incumplidoras puedan ser nuevamente adjudicatarias.
En este orden de ideas, resultaría muy valioso que se le diera participación a los usuarios, especialistas y organizaciones intermedias a fin de que puedan aportar su experiencia y ejercer un adecuado contralor. Coincidentemente con esto, el Comité Nacional de Defensa del Usuario Vial (CONADUV) viene sosteniendo que los usuarios viales son parte del contrato, ya que son quienes mantienen el sistema con el aporte de las tarifas de peaje que abonan, y en virtud de eso sostienen -con buen criterio- que debe convocarse en forma urgente a una audiencia pública vinculante para fijar los destinos de las concesiones.
Por todos los motivos expuestos solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MORAN, JUAN CARLOS BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)