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PROYECTO DE TP


Expediente 5012-D-2008
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LA ACTITUD DEL FISCAL ERNESTO GABIER, QUIEN ORDENARA EL ALLANAMIENTO DE DOMICILIO, DETENCION Y ENCARCELAMIENTO DE DELEGADOS Y ACTIVISTAS DE LOS GREMIOS DE LUZ Y FUERZA Y SUOEM - MUNICIPALES -, EL DIA 6 DE SEPTIEMBRE DE 2008, EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA.
Fecha: 11/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 119
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Expresar profunda preocupación por la actitud del Fiscal ERNESTO GABIER, quien ordenó el allanamiento de domicilio, detención y encarcelamiento de delegados y activistas de los gremios de Luz y Fuerza y SUOEM (municipales), durante la madrugada del sábado 6 de septiembre de 2008, en la Ciudad de Córdoba. Constituyéndose en una nueva acción de judicialización de la protesta social.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El día 20 de agosto del corriente año, en la ciudad de Córdoba, se llevó a cabo una movilización de gremios estatales, ocurrida como forma de protesta ante la Ley de Emergencia Previsional y Recorte Jubilatorio - ley sancionada por la unicameral de Córdoba según el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo -, donde se produjeron distintos incidentes en el centro de la ciudad.
A raíz de este hecho, se abrió una investigación penal por parte de la Fiscalía del Turno 1 Distrito 1, a cargo del Fiscal ERNESTO GABIER; y, como consecuencia de las directivas impartidas por él, el día sábado 6 de septiembre pasado, entre las 4 y las 5 de la mañana, se allanaron simultáneamente dieciséis hogares de miembros de los gremios de Luz y Fuerza y SUOEM.
La metodología de los mismos fue realizada de tal manera, como si se tratara de prófugos o delincuentes peligrosos: policías ingresando a los hogares por los techos y/o golpeando las puertas bajo apercibimiento de voltearlas. Estando dentro del hogar, los policías se llevaron fundamentalmente ropa de trabajo de los militantes y elementos de movilización.
En el mismo procedimiento, cumplieron la orden de detención de diez gremialistas, los que fueron remitidos primero, a la central de policía y luego trasladados a la ex cárcel de encausados. Sobre las 16 horas del mismo día sábado, los abogados intervinientes ingresaron a la cárcel donde estaban detenidos para acordar con el Fiscal que no sean trasladados al penal de Bouwer - la cárcel de máxima seguridad - como había anunciado. Si bien se acordó en ese momento que permanecerían allí hasta ser indagados el día lunes, una hora después se desconoció tal acuerdo - por injerencia del Poder Ejecutivo provincial -. Así fueron trasladados a Bouwer, penal común de máxima seguridad de la provincia, como si fueran delincuentes (el mismo lugar donde el ex represor Benjamín Menéndez cumple sus días de condena).
A los compañeros se les imputó la comisión de los delitos de: daño calificado, intimidación pública agravada y atentado a la autoridad calificado. Al respecto, el Código procesal cordobés, la jurisprudencia de la Cámara de Acusación de la provincia y el Superior Tribunal de Córdoba, han dicho que "no basta para justificar la detención preventiva de los imputados o sospechados, verificar la calidad de la pena de los delitos; se requiere fundamentalmente de una situación de peligro de fuga o posibilidad de entorpecer la investigación o alterar de cualquier forma la prueba".
Por lo que, para el caso, no se han dado ninguna de las condiciones antes expuestas: los detenidos son trabajadores públicos con dilatada antigüedad, con lugares de trabajo y domicilios conocidos, quienes han mantenido su conducta habitual desde los hechos investigados - por lo que hubiese correspondido su citación directa y no la detención preventiva, como ocurrió en este caso -. Durante el mediodía del 8 de septiembre, el Juez de Control 8, Dr. Gustavo Reinaldi, revocó la orden de detención y ordenó la inmediata liberación de los detenidos. La notificación al fiscal fue hecha a las 14 horas y éste fijo como caución la suma de $20.000,- por cada detenido y en carácter real. Estableciendo también como medidas adicionales la prohibición de participar en marchas o manifestaciones públicas mientras dure el proceso, decisión ésta que será recurrida, solicitando además la reacusación del fiscal ya que públicamente en el matutino La Voz del Interior y frente a los letrados y medios, ha adelantado su posición sobre la existencia de delitos y la convicción de la medida respecto a si el otorgamiento de la libertad ha sido correcta, lo que obviamente afecta las condiciones mínimas para proseguir al frente de las investigaciones.
El día 8 de septiembre pasado, los delegados y activistas han recuperado su libertad y no han sido indagados, por lo que no existen todavía detalles de los hechos por los cuales se los acusa y la prueba que respalda la acusación.
Desde el inicio de los incidentes, el Poder Ejecutivo provincial, en la figura de su ministro de Gobierno, el Señor Carlos Caserio, ha hecho manifestaciones periodísticas, en la cuales una y otra vez, se pone en el rol del acusador judicial, afirmando la corrección de las detenciones, de la libertad de los mismos, lo que repugna el orden republicano de independencia de poderes, etc.
El fiscal debe investigar lo que comprende como posibles conflictos con la ley penal y debe asegurar a los sospechados e imputados el goce de la libertad, a no ser que su restricción sea la única vía de asegurar que no terminen siendo prófugos o puedan obstaculizar la investigación, suprimir prueba, etc. En el presente caso, se ha puesto en evidencia una acción represiva, con allanamientos y detenciones de madrugada en los hogares personales de los miembros gremialistas y su posterior alojamiento en la sede de un penal común.
Este tipo de acciones por parte de los gobiernos - y en este caso, por el de Córdoba - lleva a la judialización de la protesta social, permitiendo así que algunos tiendan a calificar a los luchadores sociales como agentes del caos y de destrucción de derechos, encontrando en ellos a los únicos responsables de las situaciones violentas y colocándolos en el primer eslabón de una cadena de causalidades, cuando en realidad lo que hacen es ejercer un derecho: el de la protesta como forma de defensa ante la ausencia de derechos.
En palabras de Roberto Gargarella, abogado y profesor de Derecho Constitucional, "la Justicia debe proteger la protesta y no acallarla", puesto que si no podemos protestar, qué hacemos ante la falta de un derecho, cuando desde las instituciones que deben garantizarlos no tenemos respuesta alguna o las que podemos llegar a recibir son arbitrarias.
Por las razones expuestas es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de Declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MERCHAN, PAULA CECILIA CORDOBA ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL
BASTEIRO, SERGIO ARIEL BUENOS AIRES ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
18/11/2008 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1315/2008 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION 25/11/2008
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 11/03/2009 APROBADO