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PROYECTO DE TP


Expediente 5009-D-2013
Sumario: CODIGO PENAL: MODIFICACION DEL ARTICULO 248, SOBRE INHABILITACION ESPECIAL POR DOBLE TIEMPO PARA EL FUNCIONARIO PUBLICO QUE DICTARE RESOLUCIONES U ORDENES CONTRARIAS A LAS CONSTITUCIONES O LEYES NACIONALES O PROVINCIALES.
Fecha: 01/07/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 80
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º: Modifíquese el artículo 248 del código penal que quedara redactado del siguiente modo:
ARTICULO 248. - Será reprimido con prisión de ocho meses a cuatro años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.
ARTICULO 2º: De Forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Creemos conveniente la sanción del presente proyecto, dado que diariamente se presentan casos de incumplimientos en los deberes de funcionarios públicos. Situación que nos preocupa, determinándonos a tomar las medidas tendientes a disminuir estas situaciones de irregularidad, que producen un inmenso daño al sistema democrático, considerable costo económico y lo mas trascendente es el costo moral.
El estado debe tener políticas públicas unificadas, para ello es que debemos rediseñar la valoración de los intereses que se afectan por los delitos. Por esto creemos que la política criminal creemos debe siempre contener un grado moralizador y en este sentido venimos trabajando como lo confirman otros proyectos de ley de nuestra autoría.
Necesitamos fomentar el compromiso y responsabilidad de los funcionarios públicos así como tambien fomentar el buen desempeño de los empleados de la administración. Renglón seguido castigar severamente aquellos que no acaten los mandatos legales para así disuadir a corruptos.
Es indudablemente grave y nocivo el incumplimiento de un servidor, un funcionario o un empleado público que no realiza los controles debidos en ocasión de su trabajo dado que los intereses afectados son la republica, la administración general, las arcas públicas, el futuro de la nación. Es decir, intereses colectivos.
Y es este orden de ideas que bibliotecas enteras se han llenado de textos referidos a los deberes, incumplimientos, corrupción, estado de corruptela, situación mayoritaria de incumplimientos públicos y resultando de todos ellos el gran estado deficitario donde no se cumplen las funciones debidas en casi ningún estrato público, por ello es que proponemos esta reforma como un aporte más en el fomento de la eficiencia y eficacia del estado, en definitiva, aportar a la justicia y al bien común.
Por tales razones, Señor Presidente, y otras que estamos dispuestos a brindar en oportunidad de su tratamiento, es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RE, HILMA LEONOR ENTRE RIOS COALICION CIVICA - ARI
TERADA, ALICIA CHACO COALICION CIVICA - ARI
CARRIO, ELISA MARIA AVELINA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)