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PROYECTO DE TP


Expediente 4967-D-2009
Sumario: DERECHO DEL TRABAJO: DESPIDOS Y SUSPENSIONES. PROHIBICION.
Fecha: 13/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 136
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º. A partir de la sanción de la presente ley quedan prohibidos los despidos y suspensiones en todo el territorio nacional.
Artículo 2º. La presente ley se aplica:
a. A todo el sector público nacional, incluidos los organismos descentralizados y desconcentrados, y las sociedades del Estado.
b. Al sector privado de todo el país, con excepción de las entidades sin fines de lucro.
Artículo 3º. En caso de incumplimiento de lo establecido en el artículo 1º, se procederá del siguiente modo según la categorización de empresas vigente:
a. Gran empresa. Pasará a manos del Estado nacional, sin pago alguno de indemnización y bajo el control de sus trabajadores.
b. Empresa mediana. Se le aplicará sanción en base a criterios de progresividad. Las sanciones van desde multa, con obligación de reintegrar al trabajador, hasta la nacionalización descripta en el inciso a.
c. Pequeña empresa. El Estado nacional implementará un programa de subsidios reintegrables a fin de preservar los puestos de trabajo. En caso de despido, la empresa deberá reintegrar al trabajador y abonar una multa.
Si una empresa quiebra, cierra o amenaza con hacerlo, se procederá del mismo modo que en el inciso a.
Artículo 4º. Se insta a todas las provincias del país y a sus municipios a adherir a la presente ley a fin de asegurar la estabilidad de sus trabajadores estatales.
Artículo 5º. Deróganse todas las normas que se opongan a lo establecido por la presente ley.
Artículo 6º. El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley en un plazo máximo de treinta (30) días a partir de su sanción. La ausencia de reglamentación no impide la aplicación de la ley.
Artículo 7º. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La presente iniciativa retoma el proyecto cuyo número de expediente es 74-P-2009 de autoría de la Sra. Vilma Ripoll, presentado el 25 de mayo de 2009 y que ha recibido giro para su tratamiento a la comisión de Legislación Laboral.
La situación económica crítica por la que atraviesa nuestro país y que está profundamente vinculada con la crisis internacional, tiene una importante consecuencia en el mundo laboral ya que fundamentalmente, son las y los trabajadores quienes están siendo víctimas de despidos, reducción de sus salarios y otros atropellos de sus derechos. Es por ello que reproducimos aquí tanto el articulado del proyecto presentado por la Sra. Ripoll como los fundamentos del mismo, que expresan que "la presente iniciativa, como parte de otros cambios de fondo que creemos necesarios, tiene una finalidad muy concreta y urgente: proteger los derechos de los trabajadores y trabajadoras de nuestro país, que actualmente están sufriendo el impacto de una serie de despidos, suspensiones, recortes salariales, adelantos de vacaciones, reducciones de jornada, retiros "voluntarios", jubilaciones anticipadas y demás ataques a su estabilidad laboral, a sus ingresos y a su nivel de vida y el de sus familias.
Esto es consecuencia de la profunda crisis económica y financiera que viene atravesando el sistema capitalista mundial, considerada por sus propios voceros y analistas como la peor desde los últimos 80 años, la cual se suma a los problemas que en este terreno ya venía sufriendo la Argentina desde antes del estallido de dicha crisis internacional y los agrava aún más. La crisis no tiende a ceder sino, por el contrario, a empeorar.
La Presidenta de la Nación parece ignorar esta grave situación económica, laboral y social, que en primer lugar está afectando a los trabajadores en relación de dependencia pero también repercute sobre los pequeños empresarios y los pequeños comerciantes. Por ejemplo, en su conferencia de prensa del 15 de mayo pasado, Cristina Fernández de Kirchner declaró que si bien "no a tasas chinas" sin duda alguna "la economía va a volver a crecer" y "de ninguna manera vamos a entrar en recesión"... También sostuvo que el INDEC, el mismo organismo que mes a mes nos cuenta una inflación que no se condice para nada con los precios que cualquier ama de casa padece cotidianamente en los supermercados, "es la oficina que mejor posición de carácter técnico y numérico tiene para medir números en la Argentina"...
A su vez su marido, Néstor Kirchner, ex Presidente y actual candidato a diputado nacional por la Provincia de Buenos Aires, no cesa de repetir que su gestión de gobierno y la de su esposa "defienden el empleo"... En la misma sintonía oficialista, tras el acto de la CGT del 30 de abril en la Avenida Nueve de Julio, algún dirigente del sindicato de Camioneros declaró que "acá no hay miles de despidos como en otros países, porque el gobierno respalda a los trabajadores"...
La realidad está lejos, muy lejos de semejantes afirmaciones. El empleo en blanco ha dejado de crecer desde mediados de 2008. A comienzos de este año, el número de trabajadores registrados se redujo en 228.288 con relación a mediados del año pasado. Y no son datos que inventemos nosotros, que somos de izquierda. Según las últimas cifras oficiales publicadas por la AFIP en su página web, a enero pasado había 5.698.296 trabajadores en relación de dependencia. En mayo de 2008 eran 5.926.584. Es decir, hay un retroceso de casi un 4%. Son más de 228.000 despidos. Además de esa cifra hay como mínimo otro tanto de despidos "en negro", o seguramente más dada la precariedad de esos puestos. Y además de todos esos despidos, hay miles de trabajadores suspendidos.
Este retroceso evidente también lo admite el Banco Central, que en su Informe para el segundo trimestre de este año reconoce que "tras la fuerte creación de puestos de trabajo de los años previos, el deterioro de las perspectivas económicas internacionales habría llevado a las empresas a revisar los planes futuros de expansión" y que esto "se ha visto reflejado en el estancamiento del empleo formal... en un contexto de incremento de las suspensiones... principalmente en la construcción y la industria".
Una herramienta utilizada por las patronales para ajustar a los trabajadores es el nefasto "procedimiento preventivo de crisis". Esto lo estableció el Capítulo 6º de la Ley Nº 24.013, flexibilizadora y mal llamada "ley de empleo", aprobada a fines de 1991 bajo la presidencia de Carlos Menem. Por otro lado, la doble indemnización que regía según el artículo 16º de la Ley Nº 25.561 de Emergencia Económica -votada en 2002 y prorrogada hasta fin de 2009- quedó sin efecto desde que en setiembre de 2007 el INDEC informara que el desempleo había bajado a menos de dos dígitos. Así lo concretó el PEN mediante su Decreto Nº 1224/07. A esta "baja", sin duda, contribuyó que el INDEC tramposamente dejara de contar como desocupados a los beneficiarios de los Planes Jefas y Jefes de Hogar...
Frente a los ataques a sus derechos, los trabajadores no permanecen pasivos. Muchos se organizan, a menudo enfrentando las actitudes de su dirigencia gremial. Resisten. Luchan. Toman fábricas. Hacen movilizaciones. Forman cooperativas y recuperan empresas. Exigen que el Estado se haga cargo.
Desde la vereda de enfrente, la dirigencia empresarial busca descargar espeso de la crisis sobre las espaldas de los empleados. Chantajea con despidos para lograr quitas salariales o directamente suspende y despide. El titular de la Unión Industrial Argentina (UIA), por ejemplo, ahora pide "una quita de impuestos" al empleo. Funcionales a esos intereses, el gobierno nacional y su Ministerio de Trabajo negocian subsidios estatales a las empresas en problemas o busca conseguir compradores para aquellas que deciden cerrar. Pero nada de esto constituye una verdadera solución. Y mientras los grandes capitalistas y sus agentes políticos pretenden que -como de costumbre- los platos rotos de la crisis sean pagados por la clase trabajadora mediante una reducción de sus puestos de trabajo y/o sus salarios, nosotros apuntamos exactamente a lo contrario.
El artículo 14 bis. de la Constitución Nacional, incorporado en la reforma de 1957, establece que "el trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador... protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público..." Efectivamente, en estas circunstancias de crisis, en principio nosotros consideramos arbitrario que una empresa aplique suspensiones o despidos, y mucho más si lo hace el Estado.
Desde ya, no ignoramos que en la Cámara de Diputados ya existen otros proyectos vinculados con esta temática que tienen estado parlamentario. Salvo error u omisión, se trata de los expedientes 6094-D-2008, de Eduardo Macaluse (SI) y otros; 6103-D-2008, de Ariel Basteiro, Victoria Donda, Cecilia Merchán y otros; 6209-D-2008, de Héctor Recalde (Frente para la Victoria); 6454-D-2008, de Claudio Lozano (Buenos Aires para Todos en Proyecto Sur); 0882-D-2009, de Edgardo Depetri (FpV) y otros, y 1521-D-2009, de Julio Ledesma y Patricia Gardella (Unión Celeste y Blanco).
Con algunas variantes, todos estos proyectos en esencia se limitan a reinstalar el pago de la doble indemnización por despidos sin causa justificada. El proyecto de Lozano incorpora asimismo una asignación universal a los menores, pero en su artículo 2º lamentablemente propone eximir a "aquellas empresas que acrediten fehacientemente... que de mantener el plantel de empleados se afectaría la continuidad del desarrollo de la actividad de la misma". O sea: si las empresas demuestran que "mantener el plantel" las "afecta", y sin distinguir si son grandes, medianas o pequeñas, el diputado de Proyecto Sur -la fuerza que lidera Pino Solanas- acepta que despidan.
Nosotros, por el contrario, no queremos "encarecer" los despidos, sino evitarlos. Y lo mismo con las suspensiones. Por eso en este proyecto planteamos la prohibición y, ante los casos de incumplimiento, tres alternativas a cargo del Estado que distinguen entre empresas pequeñas, medianas y grandes, y abarcan hasta la nacionalización bajo el control de sus trabajadores.
Sabemos que no será fácil conseguir que este proyecto de ley sea debatido y aprobado. Pero tampoco resulta imposible. Nuestra propia experiencia parlamentaria nos confirma que, a pesar de haber contado con muy pocas bancas o inclusive con una sola, cuando se logra unir voluntad política y movilización popular lo que parece imposible se vuelve posible. Es por esa profunda convicción que lo estamos presentando."
Por lo antedicho, Señor Presidente, solicito se apruebe el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA