Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 4898-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA RECONOCER LA VIGENCIA DEL ARTICULO 7 DE LA LEY 23548, DE COPARTICIPACION FEDERAL DE IMPUESTOS, PARA COMPENSAR LA DEUDA QUE SE MANTIENE CON LAS PROVINCIAS.
Fecha: 08/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 134
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través de los organismos correspondientes, arbitre las medidas pertinentes a los fines de reconocer la vigencia del artículo 7 de la ley 23 548 y la deuda acumulada que surge de allí con las provincias; compensar esta deuda acumulada por coparticipación con la deuda de las provincias con la Nación previa actualización de aquella con igual metodología que la deuda de las provincias con la Nación, y fijar plazos adecuados para el pago de los saldos mutuos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de resolución tiene como objetivo solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de los organismos correspondientes, arbitre las medidas pertinentes a los fines de reconocer la vigencia del artículo 7 de la ley 23 548 y la deuda acumulada que surge de allí con las provincias; compensar es deuda acumulada por coparticipación con la deuda de las provincias con la Nación previa actualización de aquella con igual metodología que la deuda de las provincias con la Nación, y fijar plazos adecuados para el pago de los saldos mutuos.
La situación presupuestaria de la mayoría de las provincias argentinas en el año 2009 es grave y en el 2010 será mas grave aun. Fuentes privadas ubican el déficit combinado del agrupamiento de provincias y GCBA en el presente año en una escala de entre 10 y 15 mil millones de pesos. Y el atraso en la información oficial no hace más que confirmar estas tendencias. En los últimos años, la información de la ejecución presupuestaria de las provincias se daba a conocer por parte de la Secretaría de Hacienda de la Nación con un atraso de un trimestre. Hoy ese atraso se ha elevado a cinco trimestres.
La situación fiscal de las provincias es producto de la acumulación de problemas en el largo plazo:
a) En las décadas de los ´70 y ´90 le fueron transferidos servicios desde la Nación (educación, salud, agua). No fue casualidad que el grueso de esta transferencia fuera realizada en los Ministerios de José Alfredo Martínez de Hoz y de Domingo Felipe Cavallo.
Esta transferencia fue de los servicios con características de mano de obra intensiva, se realizó sin compensar con ingresos adicionales, y contaban con una infraestructura obsoleta.
No solo incrementaron el gasto global sino que el tipo de gasto predominante fue el de tipo salarial. El resultado fue que hoy alrededor de la mitad de las erogaciones del sector público provincial son gastos en personal. Con ello las dificultades presupuestarias agravan la conflictividad social.
b) La jurisdicción nacional presionó la firma de los pactos fiscales en los ´90 para canjear porcentajes de coparticipación por sumas fijas que compensaban las cesiones. Pero en el 2002 se eliminan las sumas fijas pero no se devolvieron la cesión de porcentajes. La coparticipación volvió a depender de los porcentajes ya disminuidos y los valores absolutos se derrumbaron. Se eliminó las sumas fijas pero todas las ventajas que habían cedido las provincias a la Nación a cambio, quedaron firmes
c) El debilitamiento del sistema tributario como consecuencia de la crisis 2001-02, obligó a cubrir la brecha de recaudación por la recesión en la actividad interna en base a retenciones que son no coparticipables.
El resultado combinado y acumulado de estos procesos generó excedentes fiscales en la Nación y graves falencias fiscales en las provincias.
Allí debió entrar a jugar el art. 7 de la ley de coparticipación que garantiza un mínimo del 34 % de todos los recursos del gobierno nacional, a las provincias, incluidos los de comercio exterior. Pero el gobierno realizo una interpretación caprichosa referida a que la eliminación de las sumas fijas del pacto fiscal del 2002 (Ley 25.570), "arrastraba" dicho artículo.
Una ley con características de ley convenio necesita por lo menos, que la anulación de un artículo resulte específica y realizada de manera explícita. Mas aún, si esa fuese la interpretación de la Ley 25.570, podría ser atacada como anticonstitucional pues entra en contradicción con la Cláusula Sexta de las Disposiciones Transitorias de la Constitución Nacional de 1994 que establece de manera taxativa: "tampoco podrá modificarse en desmedro de las provincias la distribución de recursos vigente a la sanción de esta reforma [....] hasta el dictado del mencionado régimen de coparticipación" que aún hoy, a 13 años del plazo máximo que otorgaba, no se dispone.
Y esa interpretación caprichosa del gobierno nacional implica que desde el inicio del año 2002 hasta Agosto de 2009 las provincias reciban en promedio el 30,1 % de la recaudación tributaria cuando debieron recibir el 34 %. A valores nominales (sin intereses ni actualización) la diferencia representa un acumulado de $ 37,4 miles de millones.
Pero la crisis 2001/2002 no tuvo solo este efecto. En la última etapa pre-crisis las provincias habían acudido a solicitar el auxilio financiero de los bancos. Con el estallido de esa crisis se endeudaron emitiendo bonos para el pago de sueldos que constituyeron una moneda paralela.
Al absorber la Nación esta deuda no se pesificó con la relación "1 á 1" como la deuda de los particulares con los bancos, sino que el grueso de la deuda de las provincias se pesificó con la relación "1,40 a 1" con mas el índice CER e intereses
La información oficial de la deuda provincial (tampoco no por casualidad muy atrasada) señala que a fines del primer semestre de 2008 la deuda es de $ 89,5 miles de millones y el 70 % es con la Nación. Y ésta es sólo deuda consolidada. No computa la deuda flotante que ya ha sido utilizada a su capacidad máxima mediante la extensión de plazos de pagos a proveedores y contratistas
Con estas condiciones, las provincias estuvieron todo este tiempo jugando al "filo de la navaja". Hoy con la crisis, que tiende a incrementar el gasto social y reduce los ingresos, el déficit provincial apunta a una dimensión tal que pone en duda el superávit fiscal si consolidamos el resultado Nación-provincias-municipios, una pre-condición para que el actual modelo económico funcione.
Como resultado, las condiciones fiscales de las provincias implican:
1.- Falencias en la prestación de los servicios sociales mas elementales por falta de insumos y cuyo grueso han quedado a cargo de las provincias.
2.- Conflictividad social a lo largo de toda la geografía nacional, en particular en las provincias más grandes que son las más afectadas. Ya son públicas y notorias sus dificultades mes a mes para el pago de sueldos.
3.- Grave perturbación institucional frente a la posibilidad de la emisión de moneda paralelas.
4.- Conflictos judiciales Nación/provincias que ya se han comenzado a concretarse y amenazan con convertirse en una avalancha.
5.- Extensión de la problemática social (conflictividad y gasto social) a los municipios que dependen de recursos propios reducidos por la crisis y coparticipación provincia-municipio
Se intenta dar una solución mediante una flexibilización de las normas de la Ley de Responsabilidad Fiscal para ampliar los niveles de endeudamiento. Están "barriendo la tierra bajo la alfombra". Pero ni siquiera esto puede dar algún resultado pues ya no hay con quien endeudarse y la capacidad de las provincias para generar deuda flotante mediante el atraso a los proveedores y similares ha llegado al máximo de su capacidad. Se está poniendo en serio riesgo el funcionamiento día a día de los estados provinciales y municipales.
Y esta situación generalizada no debería resolverse mediante soluciones "negociadas" y selectivas con cada provincia, mayores endeudamientos provinciales por vía de refinanciamientos de la Nación y/o flexibilizar la Ley de Responsabilidad Fiscal
Solo hace falta cumplir con la ley de Coparticipación otorgando a las Provincias la garantía del artículo 7 que prevé un 34 % de distribución mínima a las provincias y liberar a las provincias de sus deudas acumuladas, realizando una compensación con la deuda de la Nación con las provincias por las cifras acumuladas de deuda por coparticipación, previa actualización intereses del CER y fijando plazos adecuados para el pago de los saldos mutuos que puedan surgir en cada caso.
Por las razones expuestas solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
BARRIOS, MIGUEL ANGEL SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
MARTIN, MARIA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
FEIN, MONICA HAYDE SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
VIALE, LISANDRO ALFREDO ENTRE RIOS PARTIDO SOCIALISTA
ZANCADA, PABLO V. SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO ZANCADA (A SUS ANTECEDENTES) 04/11/2009