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PROYECTO DE TP


Expediente 4897-D-2015
Sumario: TRANSITO - LEY 24449 -.MODIFICACION DEL ARTICULO 48 SOBRE PROHIBICION DE CONDUCIR CON IMPEDIMENTOS FISICOS O PSIQUICOS.
Fecha: 08/09/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 116
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


LEY SECA EN CONDUCTORES
Artículo 1º.- Modifíquese el artículo 48 inciso a) de la ley 24449, sustituido por el artículo 17 de la ley N 24788 B.O. 03/04/1997 el que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTICULO 48.- PROHIBICIONES. Está prohibido en la vía pública:
a) Queda prohibido conducir con impedimentos físicos o psíquicos, sin la licencia especial correspondiente, habiendo consumido estupefacientes o medicamentos que disminuyan la aptitud para conducir.
Queda prohibido conducir cualquier tipo de vehículos (incisos: a), g), j), k), l), ll), n), ñ), o), u) y x) del artículo 5º de la Ley Nacional Nº 24.449 y del Anexo I de la Ordenanza Nº 14.395) con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre.
La autoridad competente realizará el respectivo control mediante el método adecuado a tal fin por el organismo sanitario.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
SACCA, LUIS FERNANDO TUCUMAN UCR
TOLEDO, SUSANA MARIA SANTA CRUZ UCR
SEMHAN, MARIA DE LAS MERCEDES CORRIENTES ENCUENTRO POR CORRIENTES
DATO, ALFREDO CARLOS TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CANO, JOSE MANUEL TUCUMAN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
TRANSPORTES (Primera Competencia)