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PROYECTO DE TP


Expediente 4841-D-2009
Sumario: COMPLEMENTARIA PERMANENTE DE PRESUPUESTO - LEY 11672 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 5, SOBRE AUTORIZACION A LOS PRESIDENTES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION Y DEL CONSEJO DE MAGISTRATURA A REAJUSTAR LOS CREDITOS PRESUPUESTARIOS DEL PODER JUDICIAL.
Fecha: 06/10/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 132
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1º: Sustitúyase el artículo 5º de la ley 11.672, por el siguiente texto:
"Articulo 5°. Autorizase al Presidente de la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN a reajustar los créditos de presupuesto correspondientes a su propia administración y al Presidente del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN a reajustar los créditos de presupuesto correspondientes a la administración del PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN, debiendo comunicar al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS las modificaciones que se dispusieran. Tales modificaciones sólo podrán realizarse dentro del respectivo total de créditos autorizados sin originar aumentos automáticos para ejercicios futuros ni incrementos de las remuneraciones individuales, sobre asignaciones u otros conceptos análogos de gastos en personal o compensaciones o reintegros a favor del mismo, excepto cuando el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS le otorgue un refuerzo presupuestario para financiar mejoras salariales o para creación de cargos por un periodo menor de DOCE (12) meses.
Tendrán la libre disponibilidad de los créditos que le asigne la Ley de Presupuesto, sin mas restricciones que las que la propia ley determine en forma expresa.
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, junto con el Proyecto de Presupuesto de la Administración Nacional enviará al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN los anteproyectos preparados por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y POR EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN acompañando los antecedentes respectivos cuando las estimaciones efectuadas no coincidan con las del proyecto general.
Artículo 2º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente tiene por objeto propiciar la modificación del artículo 5º de la Ley 11.672, en virtud de la reforma de la Constitución Nacional del año 1994 en sus artículos 113 y 114 y el dictado del Decreto 557/05.
El artículo 114 de la Constitución Nacional crea el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación y le asigna, entre otras funciones, la administración del Poder Judicial para todos sus órganos, con excepción de la administración propia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En las disposiciones del artículo 113 de la carta magna, se suprime la facultad de dictar el reglamento económico -presupuesto- lo cual estaba asignado anteriormente a la Corte Suprema.
La administración constituye un ordenamiento económico de todos sus componentes, tales como infraestructura, informática y recursos humanos; siendo la herramienta fundamental el diseño y la proyección de los gastos estimados o sea la confección del presupuesto que se dicta en forma anual.
En el curso del ejercicio económico- financiero se producen desviaciones por distintos motivos que se deben reajustar con celeridad y precisión.
Por lo tanto quien conduce la administración debe manejar su propio presupuesto.
Razón por la cual se eleva en tal sentido el proyecto de modificación al artículo 5 de la ley 11.672, otorgándole al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación la facultad de reajustar los créditos presupuestarios dentro del crédito global del presupuesto del Poder Judicial Nacional.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PIUMATO, JULIO JUAN CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
KUNKEL, CARLOS MIGUEL BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CONTI, DIANA BEATRIZ BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CIGOGNA, LUIS FRANCISCO JORGE BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
JUSTICIA