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PROYECTO DE TP


Expediente 4815-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES A LA JUNTA ELECTORAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOBRE EL INCENDIO OCURRIDO EN SUS DEPENDENCIAS EL DIA 21 DE SEPTIEMBRE DE 2011, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 28/09/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 142
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar a la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, que informe respecto del incendio ocurrido el día miércoles 21 de septiembre de 2011, en la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, sobre las siguientes cuestiones:
- ¿Quién es el titular dominial del predio donde ocurrió el incendio?
- ¿En qué carácter fue o es utilizado por la Junta Electoral Provincial?
- ¿Hace cuanto tiempo que la Junta Provincial Electoral de la Provincia de Buenos Aires dispuso del predio, ubicado en la ciudad de La Plata?
- ¿Cuáles fueron las causas que iniciaron el incendio?
- ¿Cuántas urnas se guardaban en el lugar?
- ¿A qué distrito/s electoral/es, con detalle de las localidades, correspondían las urnas guardadas?
- ¿Cuántas urnas fueron afectadas por el sinistro?
- ¿Qué medidas de seguridad fueron previstas para cuidar un establecimiento que guardaba documentos públicos?
- El predio, ¿contaba con la habilitación expedida por Bomberos, siendo que esté funcionaba como deposito?
- ¿Se resolvió el "pedido de resguardo" de instrumentos públicos solicitado por el apoderado del Frente Unión Popular, Orlando Caporal, que denuncio "falsedad de instrumentos público"? ¿Cuántas urnas estaban comprometidas en este pedido? ¿A qué localidades/distrito correspondían?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El pasado miércoles 21 de septiembre, alrededor de las 15 horas, en la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, se originó un incendio, en un predio que contenía urnas de las pasadas elecciones Primarias.
Según un matutino bonaerense, el predio de 100 metros cuadrados estaba destinado a alojar las urnas de las elecciones Primarias de la Provincia de Buenos Aires.
Según rige en el Código Electoral Nacional, las urnas como las boletas electorales son instrumentos públicos y deben ser resguardadas hasta finalizado el escrutinio definitivo, para luego proceder a su destrucción.
En el caso de que el incendio haya ocurrido intencionalmente, corresponderá un delito, de lo contrario la Junta Electoral tomará las medidas apropiadas para tal efecto. Es mi interés conocer la causante del incendio, como también conocer los motivos por los cuales la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires dispuso de ese predio para el depósito de estos documentos. Asimismo, conocer los daños causados, para de esa forma obtener información oficial para tomar las medidas necesarias.
Quédese mencionado el hecho de que un suceso de esta envergadura simboliza un daño al sistema democrático que nuestro país posee, ya que fueron documentos públicos los que fueron dañados y con ellos la voluntad de los votantes.
Sr. Presidente, pido a mis colegas legisladores acompañen esta resolución que llevara a aclarar el sinistro y sus consecuencias.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASAÑAS, JUAN FRANCISCO TUCUMAN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
LEGISLACION PENAL