PROYECTO DE TP


Expediente 4742-D-2008
Sumario: REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS: MODIFICACION DEL ARTICULO 119, SOBRE PRESENTACION DE PROYECTOS EN PAPEL CON SU VERSION DIGITAL.
Fecha: 03/09/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 113
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Sustituir el artículo 119 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Art. 119.- Todo proyecto se presentará por escrito en papel firmado por su autor/a, acompañado por su versión digital. Esta exigencia también quedará satisfecha por la presentación de documento electrónico con firma digital.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Comisión Especial sobre la Modernización del Funcionamiento Parlamentario propone la modificación del artículo 119 del Reglamento Interno de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. De este modo se incorpora formalmente al reglamento interno una práctica parlamentaria vigente.
El presente proyecto encuentra su antecedente en la aprobación dada por esta Honorable Cámara, el día 15 de junio de 2000, a la Orden del Día Nº 236/00, cuyos fundamentos a continuación se transcriben:
"En la era de las comunicaciones la difusión de los actos de gobierno se ve facilitada por medio de la utilización de medios digitales que posibilitan a los gobernantes agilizan su tarea, así como a los ciudadanos seguir la acción de sus representantes.
Es sobre esta base que resulta necesaria la actualización de los procedimientos de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación para adecuarlos a los sistemas disponibles en el mundo moderno.
La presentación de los proyectos ante la Mesa de Entradas de la Dirección Secretaría en soporte magnético posibilitará la actualización y optimización inmediata de la base de datos de proyectos en texto completo, que se lleva en Información Parlamentaria.
La aplicación de esta propuesta no afecta ni altera, de modo alguno, el funcionamiento de presentación de proyectos, conforme éste surge del artículo 119 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación. Por el contrario, se trata de una medida que redundará, sin mayores costos, en importantes beneficios para las tareas que desarrollan los legisladores, así como para las comisiones de asesoramiento de la Cámara de Diputados de la Nación."
Por último se aclara que queda comprendida en la nueva redacción del artículo 119 la posibilidad de uso de firma digital atento lo dispuesto por el artículo 3 de la ley 25.506 sobre firma digital, el que establece:
"ARTICULO 3º - Del requerimiento de firma. Cuando la ley requiera una firma manuscrita, esa exigencia también queda satisfecha por una firma digital. Este principio es aplicable a los casos en que la ley establece la obligación de firmar o prescribe consecuencias para su ausencia."
Por todo lo antes expuesto solicitamos la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BERTOL, PAULA MARIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
BERNAZZA, CLAUDIA ALICIA BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VACA NARVAJA, PATRICIA CORDOBA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
SESMA, LAURA JUDITH CORDOBA PARTIDO SOCIALISTA
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
URLICH, CARLOS CHACO UCR
VARGAS AIGNASSE, GERONIMO TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
VAZQUEZ, SILVIA BEATRIZ BUENOS AIRES DE LA CONCERTACION
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
05/11/2008 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1244/2008 18/11/2008