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PROYECTO DE TP


Expediente 4658-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SECRETARIO DE INTELIGENCIA DE LA NACION HECTOR ICAZURIAGA, Y AL DIRECTOR DE REUNION DE INTERIOR DE LA SECRETARIA, FERNANDO POCINO, ANTE LA COMISION BICAMERAL DE SEGUIMIENTO DE ORGANISMOS DE INTELIGENCIA, SOBRE LA PARTICIPACION EN PROTESTAS DE LOS OBREROS DEL "PROGRAMA SUEÑOS COMPARTIDOS" DE LA "FUNDACION MADRES DE PLAZA DE MAYO", Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 16/09/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 134
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Convocar de forma urgente al Secretario de Inteligencia de la Nación, Héctor Icazuriaga, y al Director de Reunión de Interior de dicha Secretaría, Sr. Fernando Pocino, a la Comisión Bicameral de Seguimiento de Organismos de Inteligencia, a fin de explicar la violación a la Ley de Inteligencia 25.520 debido a la participación en las protestas de los obreros del programa Sueños Compartidos de la Fundación Madres Plaza de Mayo, y respecto a los siguientes puntos:
Exponga qué funciones cumplía el Sr. Pocino el día 12 de julio del presente, en el lugar donde se llevaban a cabo protestas de trabajadores de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.
Indique los fundamentos por los cuales esa Secretaría no reparó en la violación del art. 4° de la ley 25.520.
Explique y aclare qué vínculos existen entre el Sr. Pocino, la Ministra de Seguridad, y la Presidente de la Nación. En su caso, indique si dichos vínculos no interfieren en el desarrollo de las tareas de inteligencia.
Informe qué tareas realiza el Sr. Pocino en la Secretaría de Inteligencia.
Indique qué medidas ha tomado la Secretaría para aclarar la presunta participación del Sr. Pocino en los casos Enrique Olivera y, Juan José Alvarez.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Sorprendentemente los medios de comunicación han registrado la presencia del Director de Reunión Interior de la Secretaría de Inteligencia (SI), Fernando Pocino, en las protestas de los obreros que trabajan en el programa Sueños Compartidos de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.
En efecto, al Sr. Pocino se lo puede ver al lado del jefe de seguridad de la Fundación Madres de Plaza de Mayo, Alberto Brizuela, quien estaba afectado a brindar seguridad a la titular de dicha entidad en la protesta de los obreros.
La participación directa de un integrante de la SI en aquellas manifestaciones no hace más que corroborar el vínculo que existe entre el caso Schoklender y el gobierno nacional, toda vez que mencionado funcionario dice conocer a la Presidente de la Nación y a la Ministra de Seguridad.
Asimismo, la participación del Sr. Pocino en diversos conflictos en los que se ve involucrado el gobierno nacional, como el caso Schoklender, o la toma del Parque Indoamericano, viola toda la normativa legal en temas de inteligencia toda vez que la ley 25.520, en su art. 4° dice:
"Artículo 4°: Ningún organismo de inteligencia podrá:
1. Realizar tareas represivas, poseer facultades compulsivas, cumplir, por sí, funciones policiales ni de investigación criminal, salvo ante requerimiento específico realizado por autoridad judicial competente en el marco de una causa concreta sometida a su jurisdicción, o que se encuentre, para ello, autorizado por ley.
2. Obtener información, producir inteligencia o almacenar datos sobre personas, por el solo hecho de su raza, fe religiosa, acciones privadas, u opinión política, o de adhesión o pertenencia a organizaciones partidarias, sociales, sindicales, comunitarias, cooperativas, asistenciales, culturales o laborales, así como por la actividad lícita que desarrollen en cualquier esfera de acción.
3. Influir de cualquier modo en la situación institucional, política, militar, policial, social y económica del país, en su política exterior, en la vida interna de los partidos políticos legalmente constituidos, en la opinión pública, en personas, en medios de difusión o en asociaciones o agrupaciones legales de cualquier tipo.
4. Revelar o divulgar cualquier tipo de información adquirida en ejercicio de sus funciones relativa a cualquier habitante o a personas jurídicas, ya sean públicas o privadas, salvo que mediare orden o dispensa judicial"
Frente a tamaña violación a la ley de inteligencia, es imperioso convocar de forma urgente al Secretario de Inteligencia para que explique la situación del funcionario involucrado y su responsabilidad en la participación en las protestas de trabajadores de la Fundación Madres de Plaza de Mayo.
Es por todo lo expuesto, Sr. Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA
VIVIENDA Y ORDENAMIENTO URBANO
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 130 (2012), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 21/03/2012