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PROYECTO DE TP


Expediente 4634-D-2008
Sumario: CREACION DEL PROGRAMA DE PROTECCION INTEGRAL DE LAS PERSONAS QUE PADECEN SINDROME AUTISTICO Y DE SUS FAMILIARES: OBJETIVO, BENEFICIARIOS, PRESTACIONES BASICAS.
Fecha: 29/08/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 110
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Programa de Protección Integral de las Personas que padece Síndrome Autístico
El Senado y Cámara de Diputados,...
Titulo I
Objetivo
Artículo 1° - Crease el Sistema de Protección Integral de las Personas que padecen Síndrome Autístico, y de sus familiares, con el fin de asegurarles asistencia médica, protección social, educación y capacitación para su eventual formación profesional e inserción laboral, asegurando de esta manera su derecho a desempeñar un rol social digno que les permita integrarse activamente a la comunidad.
Artículo 2º.- Se considera Síndrome Autístico al conjunto de signos y síntomas que padecen las personas por alteraciones cualitativas en la reciprocidad social, comunicación verbal y no verbal y en su comportamiento social. Asimismo las que padecen ausencia o escasa actividad imaginativa o bien un espectro de intereses estrecho con predomino de actividades repetitivas.
Titulo II
Beneficiarios
Artículo 3º.- A los fines de la presente ley, se consideran familiares de la persona afectada de síndrome autístico, a aquellas personas vinculadas a ésta por lazos de consaguinidad o afinidad, que específicamente lo atiendan, convivan o mantengan con él una relación inmediata, habitual y permanente, debidamente acreditado.
Artículo 4º.- El síndrome autístico deberá acreditarse conforme lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 22.431 Sistema de protección integral de los discapacitados y por las leyes provinciales análogas.
Titulo III
Prestaciones Básicas
Artículo 5º.-El Estado Nacional garantizará a toda persona afectada por este síndrome:
a) Prestaciones médico asistenciales al mismo y a su grupo familiar y/o conviviente
b) Inclusión en el Programa Médico Obligatorio de tratamientos médicos y farmacológicos y demás terapias específicas que se consideren necesarias para el afectado y su grupo familiar.
c) Asistencia domiciliaria en aquellos casos que resulte necesario.
d) Educación pública y gratuita adecuada a su condición mediante maestros integradores en escuelas de educación común, o en su defecto centros educativos específicos que deberán contar con equipos profesionales multidisciplinarios a fin de lograr la pronta inclusión del niño autista a la escuela común.
e) Capacitación multidisciplinaria del personal técnico y profesional en forma permanente.
f) Contemplar actividades recreativas y deportivas que aseguren la participación activa de las personas afectadas por este síndrome.
g) Proveer la atención y protección social de las personas autistas adultas en situación de desamparo familiar.
Titulo IV
Ámbito de aplicación
Artículo 6º.- Las obras sociales, comprendiendo por tal a las entidades enunciadas en el artículo 1º de la Ley 23.660, como así también las obras sociales de origen nacional, provincial o local que no hayan adherido al sistema de la Ley 23.660, las mutuales y las empresas de medicina pre paga, tendrán a su cargo con carácter obligatorio, la cobertura del cien por ciento (100%) de las prestaciones básicas y complementarias enunciadas en la presente Ley.
Artículo 7º.- El Estado Nacional garantizará a las personas que se encuentren dentro del "Sistema de Protección Integral de las Personas con Síndrome Autístico" no incluidas dentro del sistema de las obras sociales el acceso a las prestaciones básicas de la presente Ley.
Artículo 8º.- Será autoridad de aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud y el Ministerio de Educación de la Nación.
Artículo 9º.- El Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales supervisará la planificación y ejecución de los programas sanitarios, de los planes de educación, así como de los proyectos deportivos y recreativos que se implementen para cumplir con el objetivo de asistir y recuperar al afectado por el síndrome autístico.
Artículo 10º.- El mencionado consejo se ocupará de diligenciar el reconocimiento del tratamiento del autismo en los nomencladores nacionales de salud, que deberán considerar a esta afección como una discapacidad autónoma y permanente, mientras mantenga tal carácter..
Artículo 11º.- El Consejo promoverá ante quien corresponda la investigación del síndrome autístico, recabando información ante los organismo internacionales con el fin de propulsar en el país su estudio con rigor científico, y la capacitación de prestadores en las áreas de salud y educación especial. Asimismo, suministrará los medios necesarios para incorporar tecnología o aportes científicos de probada eficacia no existente en el país. También gestionará que se incorpore una asignatura en los niveles académicos de las ciencias de la salud, con la intervención y el asesoramiento de las asociaciones de padres autistas.
Artículo 12º.- Ante las acciones discriminatorias contra personas que padezcan el síndrome autístico o su núcleo familiar serán de aplicación las disposiciones de la Ley Nº 23.592 Ejercicio de derechos y garantías constitucionales.
Artículo 13º.- A partir del plazo de noventa (90) días de promulgada la presente ley, las empresas o entidades que presten servicios de medicina prepaga deberán cubrir, como mínimo, en sus planes de cobertura médico - asistencial.
Artículo14°. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El autismo (a veces llamado "autismo clásico") es la enfermedad más común dentro del grupo de trastornos mentales del desarrollo, conocido como trastornos del espectro autista. El autismo se caracteriza por una escasa interacción social, problemas en la comunicación verbal y no verbal, actividades e intereses gravemente limitados, inusuales y repetitivos. Otros trastornos del espectro autista incluyen el síndrome de Asperger, el síndrome de Rett, el trastorno desintegrativo infantil y el trastorno general del desarrollo no especificado o atípico. Los expertos estiman que tres a seis de cada mil niños, padecerán de autismo. Los varones tienen cuatro veces más probabilidad de padecerlo que las mujeres.
Existen tres comportamientos distintivos que caracterizan el autismo. Los niños autistas tienen dificultades para interactuar socialmente, padecen de problemas de comunicación verbal y no verbal y muestran comportamientos reiterativos o intereses limitados u obsesivos. Estos comportamientos pueden variar en cuanto a su impacto, es decir, desde un trastorno leve hasta uno que puede llegar a ser discapacitante. El rasgo distintivo del autismo es una escasa interacción social. Frecuentemente, son los padres los primeros en advertir síntomas de autismo en sus hijos. Desde etapas tan precoces como la de lactancia, un bebé con autismo puede no responder a la presencia de otras personas o concentrarse solamente en un objeto, excluyendo a otros, por largos períodos de tiempo. Un niño autista puede, aparentemente, tener un desarrollo normal y luego replegarse y volverse indiferente al contacto social.
Los menores con autismo pueden ser incapaces de responder a su nombre y a menudo evitan sostener la mirada de otra gente. Asimismo, tienen dificultades para interpretar lo que otros están pensando o sintiendo ya que no logran comprender los códigos sociales, tales como un tono de voz o expresiones faciales, y no observan los rostros de otra gente para obtener pistas sobre cuál debiera ser el comportamiento adecuado. Ellos carecen de empatía.
Muchos niños con autismo efectúan movimientos repetitivos tales como, mecerse o retorcerse, o caen en conductas autodestructivas como morderse o golpearse la cabeza. También tienden a empezar a hablar más tarde que otros niños y puede que se refieran a ellos mismos por su nombre en vez de "yo." Los menores autistas no saben jugar en forma interactiva con otros niños. Algunos hablan como si estuvieran cantando y lo hacen en torno a una gama muy limitada de temas favoritos, prestando poca atención a los intereses de la persona a la cual le están hablando.
Muchos niños con autismo tienen una baja sensibilidad al dolor pero son anormalmente sensibles al ruido, al tacto u otro estímulo sensorial. Estas reacciones inusuales pueden contribuir a síntomas conductuales como la resistencia a ser acunado o abrazado.
Los niños autistas, presentan mayor riesgo de padecer de ciertas enfermedades coexistentes como el síndrome de cromosoma X frágil (el cual provoca retraso mental), esclerosis tuberosa (en el cual crecen tumores en el cerebro), convulsiones epilépticas, el síndrome de Tourette, discapacidades de aprendizaje y trastorno de Déficit Atencional. Por razones que aún no están claras, entre el 20 y 30 por ciento de los menores autistas desarrollan epilepsia cuando llegan a ser adultos. Si bien algunas personas con esquizofrenia pueden mostrar una conducta de tipo autista, sus síntomas generalmente no aparecen hasta cerca de los 20 años o en la etapa de adultos jóvenes. La mayoría de la gente con esquizofrenia también tiene alucinaciones y delirios, los cuales no se encuentran en el autista.
El autismo se clasifica como uno de los desórdenes extendidos del desarrollo. Algunos médicos también usan términos tal como "perturbado emocionalmente" para describir a personas con autismo. Porque éste varía grandemente en su severidad y síntomas, el autismo puede ser no reconocido especialmente en individuos levemente afectados o en aquellos con impedimentos múltiples. Los investigadores y terapeutas han desarrollado varios conjuntos de criterios para el diagnóstico del autismo.
Algunos criterios usados frecuentemente incluyen: juego imaginativo y social ausente o limitado; habilidad limitada para hacer amistad con sus iguales; habilidad limitada para iniciar o mantener una conversación con otros; uso del lenguaje estereotipado, repetitivo o no habitual; patrones de intereses restringidos que son anormales en intensidad y foco; aparente inflexibilidad y apego a rutinas específicas o ritos; y preocupación por las partes de objetos.
Los niños con algunos de los síntomas de autismo, pero no con suficientes como para ser diagnosticados con la forma clásica del desorden, son frecuentemente diagnosticados con el desorden extendido del desarrollo - no específico (PDD - NOS del inglés "pervasive developmental disorder - not otherwise specified").
El término síndrome de Asperger es algunas veces usado para describir a personas con comportamiento autista pero con buen desarrollo de las destrezas del lenguaje. Los niños que parecen normales en sus primeros años y que luego pierden destrezas y comienzan a mostrar un comportamiento autista suelen ser diagnosticados con el desorden desintegrativo de la niñez (CDD del inglés "childhood disintegrative disorder").
Las niñas con el síndrome de Rett, un desorden genético ligado al sexo caracterizado por un desarrollo del cerebro inadecuado, convulsiones y otros problemas neurológicos, también pueden mostrar un comportamiento autista. PDD - NOS, el síndrome de Asperger, CDD y el síndrome de Rett son a veces llamados el espectro de desórdenes del autismo.
Ya que los problemas de audición pueden ser confundidos con autismo, los niños con desarrollo tardío del habla deben ser examinados de la audición. Algunas veces los niños tienen dificultades de audición además de autismo. Cerca de la mitad de las personas con autismo tienen una puntuación más baja de 50 en exámenes de IQ, 20 % tienen una puntuación entre 50 y 70, y 30 % tienen una puntuación más alta de 70. Sin embargo, estimar el IQ en niños pequeños con autismo es a menudo difícil porque los problemas del lenguaje y comportamiento interfieren con el examen. Un porcentaje pequeño de las personas con autismo son Savants. Estas personas tienen destrezas limitadas pero extraordinarias en áreas como la música, las matemáticas, el dibujo o la visualización.
Estudios recientes sugieren enfáticamente que algunas personas tienen una predisposición genética al autismo. En familias con un niño autista, el riesgo de tener un segundo niño con el mismo trastorno es, aproximadamente, un 5 por ciento, o uno en 20. Este porcentaje es más elevado que el riesgo que corre la población en general. Los investigadores están buscando pistas acerca de qué genes contribuyen a este aumento en la susceptibilidad. En algunos casos, los padres y otros parientes de un niño autista muestran alteraciones leves en sus destrezas sociales y de la comunicación, o caen en conductas repetitivas. La evidencia también sugiere que algunos trastornos emocionales, tales como la enfermedad bipolar, ocurren con más frecuencia que el promedio en las familias de personas con autismo.
Para muchos niños, los síntomas del autismo mejoran con un tratamiento y la edad. Algunos menores autistas crecen y logran llevar vidas normales o casi normales. Aquellos niños cuyas destrezas del lenguaje sufren una regresión a temprana edad, generalmente antes de los 3 años, parecen presentar mayor riesgo de desarrollar epilepsia o actividad cerebral similar a una convulsión. Durante la adolescencia, algunos menores con autismo pueden deprimirse o experimentar problemas conductuales. Los padres de estos niños deberían estar preparados para ajustar el tratamiento a las necesidades del menor.
No existe la cura para el autismo. Las terapias e intervenciones conductuales están diseñadas para remediar síntomas específicos y pueden otorgar una mejoría sustantiva. El plan ideal de tratamiento coordina terapias e intervenciones que tienen como blanco los principales síntomas del autismo: problemas de interacción social y comunicación verbal y no verbal, y rutinas e intereses obsesivos o repetitivos. La mayoría de los profesionales concuerdan en que mientras más temprana la intervención, mejor.
Los terapeutas utilizan sesiones de intenso entrenamiento para el desarrollo de destrezas altamente estructuradas, con el fin de ayudar a los niños a desarrollar destrezas sociales y de lenguaje. La orientación familiar para los padres y hermanos de los niños autistas, con frecuencia ayuda a las familias a enfrentar los particulares desafíos de vivir con un niño autista.
Los médicos a menudo recetan un medicamento antidepresivo para controlar síntomas de ansiedad, depresión o algún trastorno obsesivo- compulsivo. Se emplean medicamentos antisicóticos para tratar graves problemas conductuales. Las convulsiones pueden ser tratadas con una o más de las drogas anticonvulsivas. Estimulantes, tales como los usados para niños con un trastorno de déficit atencional, a veces son empleados de manera efectiva para ayudar a disminuir la impulsividad e hiperactividad.
Existe un número de terapias controvertidas o intervenciones a disposición de los menores autistas, pero pocas, si es que las hay, están respaldadas por estudios científicos. Los padres debieran actuar con cautela antes de adoptar cualquiera de estos tratamientos.
Actualmente en nuestro país, los niños con esta problemática se encuentran con un fuerte desamparo comenzando, muchas de las prestaciones médicas no son reconocidas por las prepagas y por las obras sociales, lo que lleva a tener que afrontar por parte de aquellos padres o tutores que pueden hacer frente a gastos y la imposibilidad de hacerlo para los mas cadenciados, teniendo en cuenta la diversidad de asistencia y estudios de toda índole a las que son sometidos y que además son indispensables.
Por todo lo aquí expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES UNION CELESTE Y BLANCO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DISCAPACIDAD (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA. CAMBIO DE ORDEN DE LAS COMISIONES 03/12/2008