Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 4572-D-2013
Sumario: REPUDIAR LOS AGRAVIOS PROFERIDOS POR EL PERIODISTA JORGE LANATA A LA PERIODISTA LUCIANA GEUNA DURANTE LA EMISION DEL PROGRAMA RADIAL "LANATA SIN FILTRO" POR RADIO MITRE AM 790.
Fecha: 06/06/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Expresar su enérgico repudio por los agravios proferidos por el periodista Jorge Ernesto Lanata, quien incurriendo en violencia de género insultara a la periodista Luciana Geuna, durante la emisión del programa "Lanata Sin Filtro" por Radio Mitre AM 790, de la Ciudad de Autónoma de Buenos Aires.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los improperios que profiriera el periodista Jorge Ernesto Lanata respecto de la periodista Luciana Geuna, en su programa "Lanata Sin Filtro" emitido por AM 790 Radio Mitre, lejos de reflejar una discusión de alto vuelo político, resultan altamente repudiables y han despertado múltiples rechazos de amplios sectores de nuestra sociedad.
Luego que el periodista Jorge Lanata denunciara en su programa televisivo Periodismo Para Todos (PPT), una presunta red de lavado de dinero, el juez de la causa decidió derivar la misma a la Justicia Federal de Río Gallegos conforme a derecho.
En ese contexto de la información la periodista Luciana Geuna analizando la información en el programa "Lanata sin Filtro" que se emite diariamente por Radio Mitre afirmó: "El procedimiento - de girar la denuncia a Santa Cruz - es correcto". Lanata, contestó totalmente ofuscado con insultos e improperios dirigidos a su compañera de trabajo.
De modo alguno es admisible que, bajo la garantía del derecho a la libre expresión, se recurra al insulto, la descalificación y la violencia.
Escudarse tras la bandera del derecho a la información para, por un medio masivo de difusión, injuriar y agredir a una compañera de trabajo constituye un claro ejemplo de violencia mediática que debe ser claramente repudiado.
Conforme lo establece el Articulo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Se trata de un derecho fundamental reconocido por nuestra Carta Magna. Nuestros constituyentes tenían una idea muy clara sobre la importancia de la prensa en la conformación de un sistema republicano de gobierno. La pluralidad ideológica y la posibilidad de disenso son principios fundamentales de una sociedad democrática.
Por supuesto que la libertad de prensa no es absoluta. Es una garantía no solamente individual, sino también de tipo institucional. De modo que, si a través de su ejercicio se lesionan arbitrariamente derechos individuales y sociales, los autores de esas violaciones tienen que asumirlas responsabilidades consecuentes.
En tal sentido, el ejercicio de la ciudadanía impone responsabilidades elementales para el goce armónico de las potestades libertarias. La divergencia de criterios, los conflictos de intereses y de valores, lejos de desaparecer, son materia prima para el debate y la construcción política madura en todo ámbito democrático. El encauce de la discusión constituye la esencia y la salvaguarda de toda comunidad libre.
El destrato y los improperios dirigidos a la periodista Luciana Geuna, absolutamente vergonzantes, configuran violencia mediática de género, en los términos del art. 6 inc. "f" de la ley 26.485, "Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres en los Ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales".
En virtud de la representatividad que nuestro Pueblo nos ha confiado como integrantes de esta Honorable Cámara, inexorablemente corresponde alzar nuestras voces de repudio y enérgico rechazo ante tan lamentables manifestaciones públicas del periodista Jorge Ernesto Lanata.
Por todo lo expuesto, es que solicito a mis pares que me acompañen en el presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARRILLO, MARIA DEL CARMEN TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia)