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PROYECTO DE TP


Expediente 4516-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA REVERTIR EL DESABASTECIMIENTO DE GARRAFAS DE GAS LICUADO DE PETROLEO DE 10 Y 15 KILOS EN LA PROVINCIA DE MISIONES.
Fecha: 24/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para que, a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, la Secretaría de Energía de la Nación y/o el organismo que corresponda, se implementen las medidas administrativas y técnicas pertinentes para revertir el desabastecimiento de garrafas de Gas Licuado de Petróleo de 10 y 15 kilos en la provincia de Misiones.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la provincia de Misiones, como es de público conocimiento, no posee gas natural por redes, todavía se están realizando las gestiones pertinentes para que el gasoducto pueda llegar a la provincia, es por ello, que es necesario contar con las garrafas de gas licuado de tipo social en dicha provincia.
El artículo 7, inciso "c" de la Ley 26.020, Régimen Regulatorio de la Industria y Comercialización de Gas Licuado De Petróleo, crea el Fondo Fiduciario para atender el consumo residencial de gas licuado de petróleo envasado para usuarios de bajos recursos y para la expansión de redes de gas a zonas no cubiertas por redes de gas natural. Este inciso establece que la autoridad de aplicación deberá: Proteger adecuadamente los derechos de los consumidores, posibilitando la universalidad del servicio, adecuada información y publicidad y el acceso al mismo a precios justos y razonables, con especial énfasis en el abastecimiento a sectores residenciales de escasos recursos que no cuenten con servicio de gas natural por redes.
La faltante de gas licuado de 10 Kgs. fundamentalmente y las restantes variantes, que desde hace no menos de 10 meses a esta fecha viene escaseando, al punto de producir un desabastecimiento desastroso y desalentador para cualquier usuario desprevenido.
Para las familias de bajo recurso, que no pueden comprar todas las garrafas necesarias para el abastecimiento cotidiano, entonces muchas cocinan y calefaccionan los ambientes con leña, y eso termina por perjudicar la salud de chicos y grandes por la inhalación de humo.
Es por ello que solicito que se revierta esta situación en la provincia de Misiones con celeridad y se cumpla lo establecido en la Ley 26.020, para que cada persona pueda acceder a una garrafa de gas licuado para poder cubrir algunas de sus necesidades básicas. Nuestro país esta progresando y por ello, no podemos permitir que ninguna familia, tenga que volver al pasado utilizando leñas para poder cocinar, calentar agua para poder higienizarse o para sobrellevar el invierno de una manera más amena, creo que todos merecemos gozar de las cosas esenciales para poder llevar una vida digna.
Por los fundamentos ante expuesto es que solicito a mis pares que me acompañen con su voto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LLERA, TIMOTEO MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ZIEGLER, ALEX ROBERTO MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LEVERBERG, STELLA MARIS MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RISKO, SILVIA LUCRECIA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
13/07/2010 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0949/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 3110-D-2010, 3938-D-2010, 4101-D-2010, 4220-D-2010, 4448-D-2010, 4516-D-2010 y 4507-D-2010 ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION; CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION 20/08/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3110-D-2010, 3938-D-2010, 4101-D-2010, 4220-D-2010, 4448-D-2010, 4516-D-2010 y 4507-D-2010 13/10/2010 APROBADO