Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 4515-D-2010
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA CONTROLAR LOS CONTENIDOS TELEVISIVOS QUE SE DIFUNDEN EN EL HORARIO DE PROTECCION AL MENOR.
Fecha: 24/06/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 82
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Se solicita al Poder Ejecutivo que, a través del organismo que corresponda, insten la intensificación de los controles sobre los contenidos televisivos que se difunden en el horario de protección al menor a los efectos de evitar la difusión frecuente de escenas de violencia, erotismo e imágenes obscenas, entre otras.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Frecuentemente observamos fuera del horario de protección al menor, establecido por Ley N° 22.285, programas con contenidos, imágenes y palabras subidas de tono que violan el horario de protección. Esta situación, que es evidenciada de manera casi común por los adultos, es consumida por cientos de menores que asisten a escenas cargadas de violencia, erotismo, sexualidad, etc y que influyen en la educación y el bienestar de los menores.
El Art. 17 de la mencionada noma resalta que "En ningún caso podrán emitirse programas calificados por autoridad competente como prohibidos para menores de dieciocho años... las emisiones deberán ser aptas para todo público. Los programas destinados especialmente a niños y jóvenes deberán adecuarse a los requerimientos de su formación".
La Ley General de Audiovisual, sancionada recientemente, expresa en su Art. 60 "Protección de la niñez y contenidos dedicados" que en todos los casos los contenidos de la programación, de sus avances y de las publicidades deben ajustarse a las siguientes condiciones: a) en el horario desde las 6.00 y hasta las 22.00 horas deberán ser aptos para todo público; b) en el horario desde las 22.00 y hasta las 24.00 horas se podrán emitir programas considerados aptos para mayores de trece (13) años; c) desde las 00.00 y hasta las 6.00 horas se podrán emitir programas considerados aptos para mayores de dieciochos (18) años.
Además se establece que al inicio de los programas que no fueren aptos para todo público, se deberá emitir la calificación que el mismo merece, de acuerdo a las categorías mencionadas y durante los primeros treinta segundos de cada bloque identificar visualmente el tipo de contenido según su calificación.
Al respecto, los contenidos audiovisuales deberán tener una clasificación por edades y estará a cargo del Consejo Estatal de Medios Audiovisuales.
Por otra parte, la norma rescata que se determinará la existencia de una cantidad mínima de horas de producción y transmisión de material audiovisual determinado para niños y niñas en todos los canales de televisión abierta, cuyo origen sea como mínimo el 50% de producción nacional y establecerá las condiciones para la inserción de una advertencia explícita previa, cuando por necesidad de brindar información a la audiencia (noticieros / flashes) pueden vulnerarse los principios de protección al menor en horarios no reservados para un público adulto.
La Ley de Comunicación Audiovisual se enmarca además en la "Convención sobre los Derechos del Niño" de jerarquía constitucional conforme el Art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional.
En este sentido la Convención aprobada por nuestro país mediante la Ley Nº 23.849, reconoce en su Artículo 17 la importante función que desempeñan los medios de comunicación y obliga a los Estados a velar porque el niño tenga acceso a información y material procedente de diversas fuentes nacionales e internacionales, en especial, la información y el material que tengan por finalidad promover su bienestar social, espiritual y moral y su salud física y mental.
Finalmente cabe señalar que este proyecto intenta, instar la intensificación de los controles sobre los contenidos televisivos que se difunden en el horario de protección al menor, protegiendo al niño contra toda información que perjudique su bienestar.
Ante lo expuesto solicito a mis pares que me acompañen con su voto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LLERA, TIMOTEO MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ZIEGLER, ALEX ROBERTO MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
LEVERBERG, STELLA MARIS MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
RISKO, SILVIA LUCRECIA MISIONES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)