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PROYECTO DE TP


Expediente 4505-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS DECLARACIONES DEL CANCILLER ARGENTINO HECTOR TIMERMAN, EN TORNO A UNA CONSPIRACION PARA DESTITUIR A LA PRESIDENTA DE LA NACION.
Fecha: 02/07/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 80
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL para que a través del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO el Canciller Héctor Timerman informe:
a.- Si como lo manifestó públicamente efectivamente existen intenciones para destituir a la señora presidenta de la Nación y si existió una reunión con ese objeto de;
b.- En caso de ser la respuesta afirmativa indique:
b.1. cuando y donde se desarrollo la misma
b.2. si como afirmo si estuvieron presentes el gobernador de la provincia de Buenos Aires y el Secretario de General de la CGT
b.3. además de los ante-citados quienes mas participaron de la supuesta reunión
b.4. especifique como le consta;
c.- En caso de ser la respuesta a la pregunta a afirmativa, si la misma estuvo estuvo enmarcada en el derecho de reunión o a su entender se encuentra caracterizada en el delito de sedición;
d.-En ese caso, si realizó la correspondiente denuncia penal y ante qué juzgado.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Con motivo del discurso de apertura de la XV CUMBRE SOCIAL DEL MERCOSUR el Canciller Héctor Timerman afirmo "hay intereses que quieren voltear a Cristina Fernández de Kirchner", en medio de un repaso de que califico de actitud "golpista" de los grupos económicos "afectados por el modelo nacional y popular".
Su argumentación sobre los riesgos de un golpe de Estado en el país fue citando los conflictos con el camionero Hugo Moyano, con las entidades del campo y con el establishment en general.
Afirmaciones como las hechas revisten de una gravedad superior, sobre todo si son realizadas por un funcionario de gobierno, del que se suponen la responsabilidad y veracidad de sus dichos y el acceso a información privilegiada.
Situaciones de tal naturaleza, como son pretendidas acciones a fin de desestabilizar el orden democrático e institucional, merecen que se tomen todas las precauciones y medidas legales al alcance de las autoridades.
De ser esto cierto nos encontraríamos frente a la posible comisión del delito de sedición previsto en el artículo 229 del Código Penal y el Ministro tiene entonces obligación de denunciarlo.
De no ser cierto, azuzar ligeramente estos fantasmas a fin de desviar la atención en cuanto a responsabiliades propias del gobierno en lo que hace a la realidad político y social, colocando a la ciudadanía en estado de preocupación y de zozobra, también es un crimen.
Por estas y por las demás razones que en oportunidad de su tratamiento expondré en el recinto, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)