Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 4489-D-2008
Sumario: CREACION DEL "PROGRAMA ASIGNACION UNIVERSAL PARA LOS PIBES" EN EL AMBITO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL: ASIGNACION DE UNA PARTIDA PRESUPUESTARIA, ASIGNACION DE $ 100 PARA LOS MENORES DE 18 AÑOS, ASIGNACION PARA AYUDA ESCOLAR A LOS MENORES ENTRE 5 Y 18 AÑOS.
Fecha: 25/08/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 106
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Creación del Programa
Asignación Universal para los Pibes
ARTICULO 1º. - Créase el programa "Asignación Universal para los Pibes" que será ejecutado en el ámbito de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
ARTICULO 2º. - Asígnese para la ejecución correspondiente al segundo semestre del corriente ejercicio fiscal la suma de SIETE MIL SIETE MILLONES CIENTO SETENTA Y OCHO MIL CINCUENTA Y OCHO PESOS ($7.007.178.058) que tendrá como única finalidad otorgar:
a) Una Asignación de CIEN PESOS ($100) mensuales para todos los menores de 18 años residentes en la República Argentina que no perciben ninguna prestación especificada en la Ley 24.714.
b) Una Asignación hasta completar CIEN PESOS ($100) mensuales para los menores de 18 años que sean beneficiarios de la Ley 24.714.
c) Una Asignación por ayuda escolar anual de CIENTO SETENTA PESOS ($170) para la educación inicial, primaria y secundaria para todos los menores entre 5 y 18 años que concurran regularmente a establecimientos de enseñanza inicial, primaria y secundaria, que no estén alcanzados por el beneficio que fija el inciso d) del artículo 6º de la Ley Nº 24.714.
ARTICULO 3º: A los efectos de percibir las asignaciones fijadas en el artículo anterior, los padres del menor, o la persona que lo tuviera a su cargo, deberá acreditar el cumplimiento de los controles sanitarios correspondientes a la edad de entre 0 y 4 años y la participación del menor en el ciclo escolar cuando éste haya alcanzado los 5 años de vida y hasta los 18 años.
ARTICULO 4º: A partir del segundo ejercicio fiscal el presupuesto de la Administración Nacional incluirá anualmente en la partida presupuestaria correspondiente a la Entidad Nº 850 (Administración Nacional de la Seguridad Social) los recursos con los que en cada ejercicio contará el programa presupuestario creado en el articulo primero de la presente ley. A tal fin, la Administración Nacional podrá actualizar los valores de la asignación fijados en el artículo 2º de la presente ley, los cuales no podrán ser inferiores a los valores fijados en dicho artículo.
ARTICULO 5º: Los recursos asignados al programa creado por el articulo 1º de la presente ley se utilizaran exclusivamente para los objetivos fijados en el articulo 2º no pudiendo afectarse recursos del mismo para otro objetivo. Los recursos fiscales que al cierre del primer ejercicio fiscal no se hayan ejecutado servirán de fuente de financiamiento para el siguiente ejercicio fiscal.-
ARTICULO 6º: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es una realidad incontrastable que el actual régimen de asignaciones familiares instituido por la Ley 24.714 supone una situación de injusticia absoluta al no otorgar beneficios a los menores cuyos padres no aportan al sistema de seguridad social. Como es conocido por todos, las profundas modificaciones en el mercado laboral a que dio lugar la experiencia neoliberal ha gestado una fuerza laboral precarizada, excluida del sistema de seguridad social. Se trata de trabajadores que transitan el empleo no registrado, el cuentapropismo de subsistencia, el trabajo temporario y el desempleo, entre otras múltiples formas de precariedad laboral. No menos del 60% de la fuerza laboral de nuestro país está en esta situación. Así el régimen de asignaciones familiares instaurado en el marco en que la asalarización formal era la forma dominante de la relación laboral, actualmente es incapaz de otorgar alguna ayuda monetaria a por los menos el 70% de los menores, de los cuales la gran mayoría vive en hogares pobres. Es decir que la vigencia de la exclusión del sistema de asignaciones familiares de los menores que viven en hogares pobres ha acentuado la desigualdad al interior de los sectores populares, toda vez que los menores cuyos padres acceden al empleo formal, que por lo general están mejor pagos que los del empleo precario, son los que se han beneficiado del aumento de las asignaciones mientras los menores pobres ni se han enterado.
Universalizar las asignaciones familiares es, antes que nada, una primera medida para reparar esta injusta exclusión del sistema de asignaciones familiares que mientras persista acentúa la desigualdad. Se trata del paso ineludible que debe adoptarse si se quiere avanzar en desmontar el cuadro de infantilización extrema de la pobreza que tenemos. En efecto, a pesar de las reducciones en las tasas de pobreza e indigencia ocurridas a partir de la recuperación económica, aún en la actualidad la pobreza afecta al 33% de las personas y al 48,8% de los menores de 18 años. Es decir que aún a pesar de la caída de la pobreza, la mitad de los menores viven en hogares pobres, y de los pobres la mitad son menores.
Por ende, el presente proyecto de ley se propone crear un programa presupuestario que por ley garantice una Asignación Universal para todos los menores, de manera de que puedan acceder los menores a cargo de los desocupados, asalariados no registrados, cuentapropistas e inactivos.
El costo bruto anual de otorgar la Asignación de $100 a todos los menores de 18 años y generalizar la Ayuda Escolar Anual a $170 asciende a $19.658,4 millones anuales, de los cuales hay que descontar los $5.644 millones que actualmente se pagan en concepto de asignaciones familiares, de manera que el costo neto anual asciende a $14.014,4 millones. Sin embargo, a los efectos de concretar la medida en lo que queda del año, se estima el costo neto del segundo semestre del ejercicio fiscal del presente año. Así instrumentar los $100 de Asignación Universal para todos los pibes tiene un costo neto semestral de $7.007,2 millones. Ver cuadro Nº 1.
Cuadro N º 1: Costo bruto y neto (ahorro por las asignaciones familiares vigente) de universalizar las asignaciones familiares de $100 y la ayuda escolar de $130 para todos los menores de 18 años. Costo Anual y para el 2do Semestre 2008.
Tabla descriptiva
La ecuación fiscal actual de la Administración Fiscal permite financiar sin problemas el costo neto de otorgar la Asignación Universal para los seis meses que queda del 2008. En efecto, como muestra el cuadro Nº2 el resultado financiero vigente (es decir luego de descontar a los ingresos presupuestarios los gastos vigentes) asciende a $6.990,9 millones. Es decir permite financiar prácticamente sin inconvenientes la propuesta. Si a dichos recursos se le agrega los recursos presupuestarios no contemplados al momento de confeccionar el Presupuesto (puesto que se utilizó como supuesto un crecimiento del PBI del 4% y una tasa de inflación del 9,6%; ambas variables que por lo menos subestiman en la mitad la verdadera magnitud de las mismas) hay que contemplar no menos de $26.888,5 millones no previstos en el presupuesto. No toda esta masa de recursos está disponible puesto que hay compromisos de pagos de jubilaciones y salarios que hay que afrontar. Sin embargo la suma de ambos conceptos no supera los $10.000 millones para lo que resta del año. Es decir que quedan prácticamente $17.358,5 millones no contemplados en la programación del gasto vigente. Sumado al resultado financiero vigente resulta que hay disponibles recursos por $24.349,5 millones. Se trata de una cifra que más que triplica las necesidades de financiamiento que para el segundo semestre del 2008 requiere la Asignación Universal para los Pibes. Ver cuadro Nº 2.
Cuadro Nº 2: Presupuesto de la Administración Nacional. Crédito Presupuestario vs Estimación Propia. En millones de pesos. 2008.
Tabla descriptiva
El impacto de la Asignación Universal para los Pibes en la reducción de la pobreza y la indigencia es significativo tanto en el conjunto de la población como específicamente en el caso de la población menor.
Respecto a la pobreza, la tasa pasaría del 32,9% al 24,5% para la población total. Es decir habría 3.352.344 pobres menos. Respecto a la pobreza en los menores de 18 años, la tasa de pobreza pasaría del 48,8% al 33,3%, por lo que prácticamente 2 millones de menores dejarían de vivir en hogar pobres.
Respecto a la indigencia, la tasa pasaría del 12,7% al 3,7% para la población total. Es decir habría 3.498.023 indigentes menos. Para el caso de la indigencia en los menores de 18 años, la tasa pasaría del 17,4% al 3,6%. Prácticamente se eliminaría la indigencia (concepto ligado al hambre) en los menores de 18 años. De más de 2.200.000 menores en situación de indigencia, quedarían apenas 450 mil en esta situación.
Cuadro N 3: Impacto en la pobreza e indigencia de la universalización de las asignaciones familiares de $100. 1er semestre 2007.
Tabla descriptiva
A su vez el presente proyecto pretende vincular el pago de la asignación con el chequeo sanitario en los primeros años de vida del menor (0 a 5 años) y la participación en el ciclo escolar a partir del 6to año de vida. Se trata de asociar la asignación universal con la restitución a los derechos a la salud y la educación que todos nuestros menores deben tener garantizado de manera de revertir el cuadro de abandono en los que están sumidos gran parte de los mismos.
Porque el objetivo de Distribuir el Ingreso se materializa con medidas concretas posibles es que impulsamos la sanción del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES BUENOS AIRES PARA TODOS EN PROYECTO SUR
GIUDICI, SILVANA MYRIAM CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
BISUTTI, DELIA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
GONZALEZ, MARIA AMERICA CIUDAD de BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
MACALUSE, EDUARDO GABRIEL BUENOS AIRES SOLIDARIDAD E IGUALDAD (SI) - ARI (T.D.F.)
MORANDINI, NORMA ELENA CORDOBA MEMORIA Y DEMOCRACIA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE LEGISLACION DEL TRABAJO. SE SUPRIME EL GIRO A LAS COMISIONES DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. 28/10/2009