PROYECTO DE TP


Expediente 4477-D-2018
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL MINISTRO DE EDUCACION DE LA NACION, ALEJANDRO FINOCCHIARO, SOBRE EL CONVENIO FIRMADO CON LA "FUNDACION HUESPED" EN EL MES DE JULIO DE 2018, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 23/07/2018
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 89
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


REQUERIR al MINISTRO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN, ALEJANDRO FINOCCHIARO, informe a esta cámara, en los términos previsto por el artículo 71 de la Constitución Nacional, sobre un Convenio firmado en el mes de julio del año 2018 con la Fundación Huésped, en el marco de cooperación para el trabajo conjunto en materia de Educación Sexual Integral y prevención del embarazo adolescente y en especial responder los siguientes aspectos.
1. ¿Cuáles fueron las razones por el que se firmó un acuerdo con la Fundación Huésped?
2. Desde el Ministerio de Salud de la Nación, ¿reconocen que la Fundación Huésped promueve la despenalización del aborto, desde las ponencias de sus directivos, hasta la APP que utilizarán para educar a niños y jóvenes?
3. ¿Cómo funcionará el proceso de la implementación del Programa Nacional de Educación Sexual Integral, con la propuesta de Fundación Huésped?
4. ¿Cómo se instrumentará el derecho de los padres a elegir el tipo de educación sexual de sus hijos?
5. ¿Por qué no se convocó a otras fundaciones con distintos puntos de vista en el marco del trabajo conjunto para la Educación Sexual Integral?
6. ¿Cuál es el motivo por el que la Ley 26.150, - Programa Nacional de Educación Sexual Integral- no se aplica –o escuetamente-, en la gran mayoría de establecimientos del Argentina, después de 12 años de su sanción?

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de resolución tiene por finalidad requerir en los términos previstos por la Constitución Nacional al Poder Ejecutivo, explicaciones sobre el convenio firmado entre el Ministerio de Educación de la Nación y la Fundación Huésped en el presente mes de julio del año 2018.
El convenio firmado con la Fundación Huésped, no explica ni expresa la razón o fundamento de por qué se eligió a la mencionada Fundación para llevar a cabo el trabajo de Educación Sexual Integral y prevención del embarazo adolescente, existiendo numerosas organizaciones que no han sido convocadas para dicha tarea de cooperación con el Ministerio de Educación de la Nación.
Debido al difícil y sensible momento que actualmente atraviesa Argentina, con el debate de la legalización del aborto, llama poderosamente la atención que el Ministerio de Educación de la Nación haya elegido “arbitrariamente” a una fundación que desde sus bases ideológicas y prácticas, propone, promueve, difunde y facilita el acceso al aborto, existiendo en la República Argentina, otras Fundaciones y ONG con incumbencia en la materia, sin que ellas hayan sido convocadas a colaborar en el programa.
La Fundación Huésped, solventada desde hace largos años por la poderosa y centenaria International Planned Parenthood Federación, -de ahora en más IPPF-, propuso al Ministerio de Educación de la Nación, la implementación del Programa Nacional de Educación Sexual Integral (Ley 26.150), con una aplicación tecnológica que fácilmente puede descargarse e instalarse desde cualquier celular. La Aplicación “Vamos” es una herramienta on line que entre sus utilidades provee acceso a consultorios on line y servicios integrales sobre la interrupción legal del embarazo. Esta aplicación de sencilla navegación, ofrece direcciones cercanas al radio en el que se encuentre la persona que consulta por asesoría en interrupción de embarazo, lo que hoy es abiertamente contrario a la ley. Dentro de esta aplicación, también figuran fundaciones y ONGs subvencionadas por la IPPF, que claramente promueven el aborto. Con lo cual, con fondos públicos se está favoreciendo una sola y única postura en la materia, violando abiertamente el principio de igualdad jurídica que establece nuestra Constitución Nacional en el artículo 16, lo que lo torna en abiertamente inconstitucional.
El programa Nacional de Educación Sexual Integral, Ley 26.150 en su Artículo 1º refiere “entiéndase como educación sexual integral la que articula aspectos biológicos, psicológicos, sociales, afectivos y éticos”.
Así mismo, el artículo 2º que expresa “Créase el Programa Nacional de Educación Sexual Integral en el ámbito del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, con la finalidad de cumplir en los establecimientos educativos referidos en el artículo 1º las disposiciones específicas de la Ley 25.673, de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable; Ley 23.849, de Ratificación de la Convención de los Derechos del Niño; Ley 23.179, de Ratificación de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que cuentan con rango constitucional; Ley 26.061, de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y las leyes generales de educación de la Nación.
El convenio firmado entre el Ministerio de Educación de la Nación y la Fundación Huésped, contradicen el artículo 1º y 2º del Programa Nacional de Educación Sexual Integral, impulsando una enseñanza que quebranta el valor ético y contradice la Ley 23.849 de la Convención de los Derechos del Niño, impulsando desde la aplicación “Vamos”, a la Interrupción de embarazo.
Por todo ello, solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de resolución, con su debida aprobación.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BRÜGGE, JUAN FERNANDO CORDOBA CORDOBA FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
EDUCACION