PROYECTO DE TP


Expediente 4467-D-2008
Sumario: EXPRESAR APOYO A BLANCA SANTUCHO, EN LA BUSQUEDA DE LOS RESTOS DE SU HERMANO MARIO ROBERTO SANTUCHO.
Fecha: 22/08/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 105
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:


Declarar el apoyo de ésta H. Cámara, en nombre del derecho a la verdad, a Blanca Santucho en la búsqueda de los restos de su hermano, Mario Roberto Santucho.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Los y las familiares de Mario Roberto Santucho, detenido-desaparecido el 19 de julio de 1976 por fuerzas del Ejército, llevan adelante una causa judicial desde hace casi quince años en la búsqueda de los restos de quien fuera el líder del PRT-ERP, sin resultados a la vista.
Blanca Rina Santucho, de 78 años, se declara cristiana y teme no lograr encontrar los restos de su hermano para darle sepultura. Cree, por testimonios que logró recoger la causa mencionada, que el cuerpo de Mario Roberto Santucho se encontraría preservado en algún lugar de Campo de Mayo.
Santucho fue detenido junto a otros/as compañeros/as, luego de ser herido en un operativo llevado a cabo por efectivos del batallón de Inteligencia 601 y personal del Servicio de Inteligencia del Estado (SIDE), en la localidad de Villa Martelli, provincia de Buenos Aires. Según testimonios de varios testigos declarantes en la causa 25.109, radicada en el Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de San Martín, el cuerpo de Santucho estaría enterrado en la guarnición militar de Campo de Mayo, partido de San Miguel, provincia de Buenos Aires.
En base a la versión del suboficial retirado Víctor Ibáñez, citado en la mencionada causa, Mario Roberto Santucho habría llegado al destacamento militar aún con vida, pero falleció al poco tiempo. Según el testigo, su cuerpo embalsamado fue expuesto por el represor Domingo Bussi como "trofeo de guerra" en la inauguración del llamado "Museo de la Subversión", en 1979, el cual funcionó en Campo de Mayo hasta 1996.
Un segundo testigo con identidad reservada, médico y ex conscripto en el citado cuartel, manifestó haber visto el cuerpo preservado de Santucho en la morgue de Campo de Mayo. A su vez, una tercera testigo afirmó que sus restos fueron enterrados en "El Leprosario", dentro de la zona del Campo de Tiro.
De todo esto se desprende, como señala el Dr. Carlos A. Bozzi, que "...el Estado debe garantizar el derecho a la verdad y la obligación del respeto al cuerpo y del derecho al duelo, siendo su obligación investigar y castigar a los responsables de todo crimen sobre personas desaparecidas, arbitrando las medidas necesarias para determinar el modo, tiempo y lugar del secuestro y la posterior detención y muerte y el lugar de la inhumación de los cuerpos de todas ellas".
Por su parte, el derecho a la verdad obliga al Estado a permitir y facilitar el acceso a los datos registrados en dependencias civiles y militares, con el fin de restituir la verdad sobre el destino de decenas de miles de personas que aún se encuentran desaparecidas.
"Y '...si el aparato del Estado actúa de modo que tal violación quede impune y no se restablezca en cuanto sea posible a la víctima la plenitud de sus derechos, puede afirmarse que ha incumplido el deber de garantizar su libre y pleno ejercicio a las personas sujetas a su jurisdicción' (Extraído del fallo de la CSJN en los autos. 'Suárez Mason, Carlos Guillermo s/ homicidio, privación ilegal de la libertad, etc. (causa 450). Aguiar de Lapacó, Carmen s/recurso extraordinario'.13 de agosto de 1998)."
Otra apreciación que realiza el Dr. Bozzi, además de la omisión del Estado, es la del derecho al duelo que, en los casos de los y las familiares de las personas desaparecidas, se ve completamente vulnerado: "El derecho de enterrar a los muertos en el pensamiento de casi todos los pueblos antiguos había sido concedido aun con relación a los condenados a una muerte infamante o a los enemigos de la guerra y era juzgado como un castigo terrible el desconocer el destino de los restos de una persona..."
En el voto del Juez de la Corte Suprema Gustavo Bossert en el fallo anteriormente citado, éste manifiesta: "Los orígenes de la tradición cristiana giran en torno a la devolución del cuerpo de Jesús por Poncio Pilatos y las reliquias de los muertos en la persecución eran tenidas en gran aprecio a punto tal que la reunión de lo cristianos alrededor de las reliquias de los santos y de las iglesias construidas sobre ellas, se convirtió en un rasgo específico de la civilización cristiana...".
"(...) [La vulneración del derecho al duelo] afecta, no sólo al deudo que reclama, sino a la sociedad civil, que debe sentirse disminuida ante la desaparición de alguno de sus miembros, 'una sociedad sana no puede permitir que un individuo que ha formado parte de su propia sustancia, en la que ha impreso su marca, se pierda para siempre (Robert Hertz, La muerte, Alianza Editorial Mexicana, 1990, p. 91)." (Extraído de Bozzi, Carlos, "Historia de la desaparición de Stella Maris Bojorge", publicado en Argenpress, 31 de marzo de 2008).
A partir del citado fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el derecho a la verdad tiene un complemento que es el derecho al duelo.
Las excavaciones y allanamientos que, a pesar de la resistencia de algunos sectores castrenses, se realizaron en el lugar gracias a la articulación del Poder Judicial y el Equipo de Antropología Forense, resultaron hasta el momento infructuosas. Pero la búsqueda continúa y es necesario el compromiso del Estado Nacional para desobstaculizar las investigaciones y brindar el acceso al predio militar en el que funcionó, además de uno de los centros clandestinos de detención más grandes de la última dictadura, una maternidad clandestina donde dieron a luz cerca de treinta mujeres detenidas-desaparecidas. De esta manera, además, se podrían obtener datos sobre el destino de muchas otras personas que pasaron por dicho establecimiento.
La posibilidad de encontrar los restos de Mario Roberto Santucho permitiría elaborar el duelo de una familia diezmada por numerosos asesinatos, desapariciones, detenciones y persecuciones durante la época del terrorismo de Estado. Y le brindaría la oportunidad a su hermana Blanca de darle cristiana sepultura, como es su deseo.
Es por todo lo expuesto, señor Presidente, que solicitamos la aprobación del presente proyecto de declaración.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
CARCA, ELISA BEATRIZ BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES ENCUENTRO POPULAR Y SOCIAL
REYES, MARIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
CORTINA, ROY CIUDAD de BUENOS AIRES PARTIDO SOCIALISTA
AUGSBURGER, SILVIA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES BUENOS AIRES PARA TODOS EN PROYECTO SUR
BONASSO, MIGUEL LUIS CIUDAD de BUENOS AIRES DIALOGO POR BUENOS AIRES
STORNI, SILVIA CORDOBA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
18/11/2008 DICTAMEN Aprobado por unanimidad con modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1307/2008 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE RESOLUCION 25/11/2008
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 11/03/2009 APROBADO