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PROYECTO DE TP


Expediente 4458-D-2014
Sumario: IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (LEY 23349): MODIFICACIONES, SOBRE REDUCCION O DESGRAVACION DE LA ALICUOTA A LOS MEDIOS DE PRENSA GRAFICA.
Fecha: 06/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 61
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, LEY 23349:
MODIFICACIONES, SOBRE REDUCCION O DESGRAVACION DE LA ALICUOTA
A LOS MEDIOS DE PRENSA GRAFICA.
Artículo 1: Modifíquese la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, de la siguiente forma:
- a) Incorpórese en el art. 28, como último párrafo, el texto siguiente: " "Estarán alcanzados con una alícuota del 3% del Impuesto al Valor Agregado las ventas, excluidas las comprendidas en el inciso a) del primer párrafo del artículo 7, la distribución y las locaciones del inciso c) del artículo 3 y las importaciones definitivas de diarios revistas y publicaciones periódicas."
- b) Sustitúyase el inciso g), del cuarto párrafo del artículo 28, por el siguiente: "g) La venta de espacios publicitarios en el supuesto de editores que encuadren en la previsiones del artículo 1 de la Ley 25300. La reducción de la alícuota prevista precedentemente para la venta de espacios publicitarios, alcanza asimismo a los ingresos que obtengan todos los sujetos intervinientes en tal proceso comercial, sólo por dichos conceptos y en tanto provengan del mismo."
- c) Incorpórese como inciso i), del artículo 7, el siguiente: "i) La distribución y venta de diarios, revistas y publicaciones periódicas efectuada por editores que encuadren en las previsiones del artículo 1 de la Ley 25.300."
Artículo 2: Correlativamente, quedan condonadas las deudas fiscales correspondientes al Impuesto al Valor Agregado sobre la venta de los diarios, revistas y publicaciones periódicas, sus respectivos intereses resarcitorios y punitorios, las multas y/o sanciones que pudieran corresponder, relacionados con la suscripción de los Convenios para mejorar la Competitividad y la Generación del Empleo, en el marco de la Ley 25.414 y normas subsiguientes. Esta condonación incluye las deudas que pudieron haberse originado como consecuencia de la prórroga dispuesta por la justicia del beneficio otorgado en el Decreto 746/03.
Artículo 3: Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 4: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este Proyecto de Ley tiene como objeto reducir o desgravar la alícuota del Impuesto al Valor Agregado sobre la venta de diarios, revistas y publicaciones impresas.
A partir de la teoría económica se considera al IVA un impuesto recesivo ya que, a diferencia de las tasas, su tributación con requiere contraprestación alguna por parte del Estado.
Esto hace que los gobiernos lo utilicen para financiar sus gastos y para desalentar determinadas actividades comerciales y económicas, entre otros.
En el caso del presente proyecto y en el contexto histórico que nos toca vivir el último punto mencionado ("desalentar determinadas actividades comerciales y económicas") es sumamente preocupante porque se suma a múltiples hechos y situaciones que restringen y condicionan la libertad de prensa en nuestro país.
Ya la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidió en varios fallos al respecto y conminó al gobierno a respetar los derechos constitucionales para evitar que la afectación económica, como en el caso del reparto inequitativo de la publicidad oficial, condicionen el ejercicio de la difusión de ideas y la libertad de expresión.
Al respecto, debemos recordar que la libertad de expresión es el derecho que más veces aparece custodiado en nuestra Carta Magna y otorga a todos los ciudadanos la posibilidad de manifestar toda clase de opiniones sin ningún tipo de condicionamiento ni represión. En ella se la ampara y protege especialmente por considerarla como la madre de todas las libertades.
Del mismo modo lo establece la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y múltiples tratados internacionales que la enuncian particularmente.
Por lo tanto, creemos que la reducción o la desgravación de la alícuota del Impuesto al Valor Agregado sobre la venta de diarios, revistas y publicaciones impresas, es una necesidad imperiosa que contribuirá a mejorar la libertad de prensa y expresión, que tantos cuestionamientos nacionales e internacionales tiene en nuestra Patria.
Por todo lo expuesto, solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
CACERES, EDUARDO AUGUSTO SAN JUAN UNION PRO
SCAGLIA, GISELA SANTA FE UNION PRO
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO SALTA CONSERVADOR POPULAR
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)