PROYECTO DE TP


Expediente 4390-D-2008
Sumario: PARTIDOS POLITICOS, LEY 23298: MODIFICACIONES SOBRE LAS CONFEDERACIONES NACIONALES O DISTRITOS, FUSIONES Y ALIANZAS.
Fecha: 20/08/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º.- Incorpórase como artículo 10 bis de la Ley Nº 23.298 y sus modificatorias, el siguiente texto:
"Artículo 10 bis : Las Confederaciones nacionales o de distrito, fusiones y alianzas transitorias deberán establecerse por un período mínimo de tiempo equivalente a 3 convocatorias electorales consecutivas, sin contar a este efecto las convocatorias a segunda vuelta electoral"
ARTICULO 2º.- Incorporase como artículo 12 bis de la Ley Nº 23.298 y sus modificatorias, el siguiente texto:
"Artículo 12 bis : Los partidos políticos que establezcan confederaciones nacionales o de distrito, fusiones y alianzas transitorias no podrán presentar candidaturas sino a través de esas confederaciones nacionales o de distrito, fusiones y alianzas que integran por el período mínimo equivalente a 3 convocatorias electorales consecutivas, sin contar las convocatorias a segunda vuelta, desde la conformación de las mismas"
ARTICULO 3º.- De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este año se cumplen 25 años de la reinstauración definitiva de la democracia en nuestro país. A lo largo de este período de transición, hemos sabido, como sociedad con convicción democrática, sortear deferentes momentos políticos complicados y convulsionados manteniendo el funcionamiento de las instituciones de la República con sus fortalezas y debilidades.
Sin embargo, hemos apreciado con cierto grado de preocupación, comportamientos y prácticas en el ámbito de la actividad política y en el desarrollo de los procesos electorales que dan una señal de alarma y nos indica que se hace imprescindible adoptar medidas en este campo para asegurar el normal desenvolvimiento de nuestras instituciones.
Es por eso, que sin duda, una de las bases del correcto desarrollo y funcionamiento de un sistema democrático es la articulación de un adecuado sistema de partidos que aseguren la libre competencia electoral y la alternancia en el poder, pilares de toda república democrática.
Las últimas crisis que aquejaron a nuestro país tuvieron como consecuencia un fuerte debilitamiento y quiebre del sistema de partidos fruto de un proceso de descreimiento por parte de la sociedad hacia el concierto de los partidos políticos y a un gran desprestigio de la clase política.
Pero sin dudas, los partidos políticos son actores fundamentales e indispensables de la democracia y su rol de canalizar las demandas de la sociedad, construcción de paradigmas y propuestas, y seleccionador de protagonistas del ámbito político, es intransferible y exclusivo.
Por ello, es que creemos en la necesidad de reestructurar un sistema de partidos sólido que funcione y se adecue al nuevo escenario político y viabilice el desarrollo de un juego democrático competitivo y equilibrado, que garantice la conformación de alternativas viables de poder en base al pluralismo.
Desde nuestro enfoque, consideramos que es necesario, a los efectos de un ordenamiento y saneamiento del sistema de partidos, una política de regulación en cuanto a la conformación de alianzas y frentes electorales.
Vemos con preocupación, en el desarrollo de los últimos procesos electorales, formación de uniones de partidos con solo intereses electoralistas, sin consideración de principios, valores, doctrinas y carentes de programas de acción comunes.
Creemos que la formación de alianzas y frentes se deben basar en la coherencia y en una comunión de ideas, valores y propuestas, y debe implicar un compromiso de trabajo con una fuerte convicción de construcción de un espacio común.
Las últimas experiencias observadas referidas a la formación de alianzas o frentes electorales nos han demostrado que las mismas, sino se basan en los aspectos en común y en el compromiso, y solo las impulsan la ideas electoralistas, están destinadas al fracaso y producir un serio deterioro en la credibilidad de los partidos políticos en su conjunto.
Son varios los ejemplos que podemos citar en la historia política reciente que nos demuestran que la mayoría de las alianzas buscan sólo un rédito electoral. La comprobación de este fenómeno se aprecia al ver como luego de los comicios correspondientes dichas uniones políticas se fracturan y se desarman, produciendo nuevamente desconcierto en la sociedad, profundizando cada vez más el descrédito de la clase política.
Estas costumbres políticas observadas, las cuales consideramos negativas y perjudiciales para la consolidación del sistema de partidos y para su adecuado funcionamiento, nos conduce a la necesidad de plantear este proyecto de ley, que propicia la modificación de algunos artículos de la Ley de Partidos Políticos.
Estas modificaciones se basan en las premisas que un partido o agrupación política, cuando accede a la formación de una alianza o frente electoral, lo debe hacer con convicción y compromiso de durabilidad, mas allá del acto electoral.
Este proyecto estipula, entonces, que los partidos al momento de confeccionar alianzas o frentes electorales están comprometidos a integrar las mismas, por lo menos en cuanto a su oferta electoral se refiere, por un tiempo mínimo equivalente a 3 turnos electorales consecutivos.
Este proyecto no busca ni puede obligar a los partidos integrantes de una coalición a pertenecer en la misma, pero si los limita a presentarse como oferta electoral a la ciudadanía por el período de tiempo ya mencionado, solo en el marco de la alianza o frente que conformaron.
Estamos convencidos que es tiempo de dar un salto de calidad institucional en nuestra convivencia democrática, que nos conduzca a encontrar herramientas que tiendan a la consolidación de una democracia integral, participativa, ordenada, transparente en base al pluralismo y respeto por la voluntad popular.
Es por todo lo citado que proponemos para su consideración el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
JUSTICIA