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PROYECTO DE TP


Expediente 4387-D-2015
Sumario: DESIGNACION DE MARIA DELFINA ROSSI, EN EL DIRECTORIO DEL "BANCO DE LA NACION ARGENTINA" - DECRETO 1625/2015 -. DEROGACION.
Fecha: 18/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo 1°.- Derógase el decreto 1625/2015 del Poder Ejecutivo Nacional publicado en el Boletín Oficial el día 12 de agosto de 2015.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Poder Ejecutivo Nacional nombró a María Delfina Rossi - DNI 33.868.892- hija del ministro de Defensa, Agustín Rossi, en el directorio del Banco de la Nación Argentina. La flamante alta funcionaria del principal Banco del país nació en septiembre de 1988 en Rosario y se radicó en Barcelona, España, en 2002.
El nombramiento, por un periodo de ley, fue dispuesto mediante el decreto 1625/2015, publicado el 12 de agosto de 2015 en el Boletín Oficial y firmado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el jefe de Gabinete, Aníbal Fernández; y el ministro de Economía Axel Kicillof.
Rossi es licenciada en Economía, carrera que cursó en Barcelona y posee un máster realizado en Florencia.
La ex candidata a eurodiputada compartirá la conducción del organismo junto a otros directores de la entidad, cuyo titular es Juan Ignacio Forlón. Sus primeras actividades políticas comenzaron en 2003, cuando participó en las marchas contra la guerra de Irak, conflicto bélico en el que España aportó tropas en respaldo de los EEUU.
Poco después se sumó a Iniciativa per Catalunya Verds (ICV), un partido ecologista que forma parte del frente Izquierda Plural, constituido por unas 30 organizaciones. Rápidamente se convirtió en una referente y asesora de la agrupación (Fuente: Télam).
En primer lugar, se propicia la derogación del decreto de marras, ya que la señora presidente de la Nación ha designado a la Liceciada Rossi por un período de ley de cuatro años, cuanto el mandato constitucional se encuentra próximo a agotarse, restando a la fecha de la decisión publicada en el Boletín Oficial sólo 119 días de funciones de la Jefa de Estado.
En segundo lugar, de los antecedentes académicos y su radicación en el exterior, no surge que la postulante reúna las condiciones exigidas por el art. 12 de la ley 21.799, ya que no se demuestra cómo habría de representar equilibradamente los distintos sectores, actividades y regiones que configuran el quehacer económico nacional, advirtiéndose además que se halla ajena a la realidad económica, productiva y financiera de la República Argentina. Esto se infiere objetivamente de la larga ausencia del país.
En tercer término, resulta inaceptable que se proponga para el cargo de director, a quien más allá de ser una muy buena estudiante con un posgrado en curso actualmente, carece de la elemental experiencia en materia económica y financiera. Haberse desempeñado como asesora en el Parlamento Europeo no le concede per se el conocimiento necesario para el ejercicio de las facultades inherentes al cargo que surgen de los arts. 15, 16 y ccs de la ley 21.799.
En cuarto lugar, no es dable admitir el palmario nepotismo como el que emerge del decreto objeto de la presente iniciativa de abrogación. Cabe recordar que NEPOTISMO consiste en el "trato de favor hacia familiares o amigos, a los que se otorgan cargos o empleos públicos por el mero hecho de serlo, sin tener en cuenta otros méritos" y según el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española es la "desmedida preferencia que algunos dan a sus parientes para las concesiones o empleos públicos".
El Congreso de la Nación no puede cohonestar el nepotismo, como lo es la designación de la Lic. Rossi en un cargo para el cual no se encuentra probada la idoneidad ni las condiciones necesarias. Tampoco ha quedado claro si posee ciudadanía extranjera y si ha renunciado a la misma para aceptar la designación.
Debo admitir con preocupación y disgusto que la meritocracia ha desparecido en este gobierno y que ha sido sustituida por la "dedocracia", nombrando funcionarios sin experiencia, por la mera militancia política, otorgándoles inmerecidos y desproporcionados beneficios patrimoniales, que son evidencias ostensible del grave deterioro institucional que atraviesa al país.
¿La señorita Rossi habría obtenido un cargo análogo en una institución bancaria privada? Probablemente no. Y anticipándome a alguna crítica que pueda efectuarse respecto de esta iniciativa, debo aclarar que no se trata de una cuestión de edad, sino de la posesión de los requisitos que son aplicables al caso subexamine, conforme lo exige primeramente la Constitución. Seguramente existen miles de profesionales tanto o más capacitados para ser director del Banco de la Nación Argentina., pero que no disponen de la opción de ingresar a la Administración y sus organismos y entidades. Brilla por su ausencia el transparente sistema de concursos de antecedentes y oposición que permitirían seleccionar a los funcionarios democrática e igualitariamente, entronizando el mérito y no el favor.
Con este nombramiento como directora del Banco de la Nación Argentina, la licenciada Rossi tendrá su primera experiencia en el sector financiero, crucial para impulsar una estrategia de desarrollo, por caso de las Pymes y para recuprar y expandir la actividad agropecuaria.
Debo consignar puntualmente que la señorita Rossi me inspira el mayor de los respetos en su condición de conciudadana honorable. Lo que se cuestiona es la raíz de esta designación. Su inocultable origen en el parentesco y la ausencia de experiencia corroborable en el área bancaria y financiera.
Por otra parte esta iniciativa es producto de que innúmeros ciudadanos se ha comunicado con mi Oficina Legislativa - por distintas vías - solicitando que 'hagamos algo' para evitar que se plasmen estas inequidades.
Por lo expuesto, solicito el acompañamiento de mis pares a fin de aprobar este proyecto de ley que se inicia en orden a lo dispuesto por el art. 16 de la Constitución de la Nación Argentina, que exige a sus habitantes como condición para ser admisibles en los empleos, el recaudo de la idoneidad y que ha sido transgredido de manera manifiesta al dictarse el decreto 1625/2015, en ejercicio de la atribución que el art 10 de ley 21.799 le concede a la señora presidente de la Nación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)