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PROYECTO DE TP


Expediente 4357-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES VERBALES AL SEÑOR JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DOCTOR ANIBAL FERNANDEZ, SOBRE SU SUPUESTA VINCULACION CON LOS HECHOS QUE SE INVESTIGAN EN LA JUSTICIA, REFERIDOS AL TRAFICO ILICITO DE EFEDRINA Y A LOS HOMICIDIOS DE SEBASTIAN FORZA, LEOPOLDO BINA Y DAMIAN FERRON, OCURRIDOS EL DIA 13 DE AGOSTO DE 2008 EN LA LOCALIDAD BONAERENSE DE GENERAL RODRIGUEZ.
Fecha: 18/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 103
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Convocar al Sr. Jefe de Gabinete de Ministros de la Nación, Dr. Aníbal Fernández, conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 71 de la Constitución Nacional y lo dispuesto en el artículo 204 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Na- ción, a efectos de que sea interpelado por esta Honorable Cámara y brinde in- formes sobre su supuesta vinculación con los hechos que se investigan en la justicia, referidos al tráfico ilícito de efedrina y al homicidio de Sebastián Forza, Leopoldo Bina y Damián Ferrón, ocurrido el 13 de agosto de 2008 en la locali- dad bonaerense de General Rodríguez; en especial, para que responda interro- gantes sobre las cuestiones siguientes:
El vínculo formal o informal que Martín Lanatta mantenía con el Registro Nacional de Armas (RENAR), organis- mo que se encontraba bajo la dependencia del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, entonces a su cargo.
Si conoce al antes nombrado y en su caso, en qué circunstancias lo conoció y si mantuvo algún encuentro con él.
Si en tuvo algún encuentro con Sebastián Forza o cualquier otra de las víctimas o personas involucradas en la causa Nº 5025/1172/11 del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Ju- dicial de Mercedes.
Su relación con Alejandro Giancris- tóforo, asesor del RENAR, y la circunstancia de que se registren 25 llamadas entre una línea Nextel de titularidad del interpelado, con otra a nombre de Giancristóforo, la cual registra a su vez 668 llamadas con los teléfonos utilizados por Lanatta; todo ello entre los meses de mayo a julio de 2008 (según la causa Nº 5025/1172/11 del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Mercedes).
Su eventual relación con agentes orgánicos o inorgánicos de la ex SIDE que hayan intervenido -formal o infor- malmente- en operaciones vinculadas al tráfico ilícito de efedrina y en particu- lar, su posible vinculación con una agente conocido como "Máximo".
Las directivas dadas a las fuerzas federales, como Ministro del Interior y luego como Ministro Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, en orden al suministro de información sobre narcotráfico (operativos, secuestros de estupefacientes, detenciones, etc.) a la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narco- tráfico (SEDRONAR), y en particular, respecto del secuestro de precursores químicos (como la efedrina) que aquél organismo debía controlar.
Sobre la presunta orden a los miembros de las fuerzas de seguridad federales de que no participaran de las reuniones de coordinación, intercambio de información, capacitaciones y comi- sión interministerial con relación a la SEDRONAR.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Son de público conocimiento las declaraciones efectuadas por personas vinculadas al denominado "triple crimen de General Rodríguez", correspondiente a los homicidios de Sebastián Forza, Leopoldo Bina y Damián Ferrón, ocurrido el 13 de agosto de 2008 en la citada localidad bonaerense (1) ,y a investigaciones judiciales sobre el tráfico de efe- drina, en las que se manifiestan supuestas participaciones y responsabilidades del Sr Jefe de Gabinete de Ministros Dr. Aníbal Fernández.
En relación con dicho crimen, cabe recordar que el juicio oral y público celebrado por el Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Mercedes (causa Nº 5025/1172/11 del) finalizó en diciembre de 2012, con la condena a prisión perpetua de los herma- nos Víctor y Marcelo Schillaci, y de los hermanos Cristian (37) y Martín Lanat- ta (38), como autores materiales del hecho. En tanto que Ibar Esteban Pérez Corradi, quien se encontraba acusado como autor "intelectual" de los asesina- tos, se mantiene prófugo de la justicia (2) .
Ahora bien, según las declaracio- nes formuladas por el condenado Martín Lanatta y por José Luis Salerno, socio de una de las víctimas (Damián Ferrón), el entonces Ministro Férnandez habría recibido el pago de sumas de dinero a cambio de "protección" a quienes inter- venían en el tráfico ilícito de efedrina y además, estaría directamente vinculado con el "triple crimen".
Por su parte, José Luis Salerno, ex policía bonaerense dedicado luego a la actividad farmacéutica, también implicó al Jefe de Gabinete en el tráfico ilegal de efedrina. Al respecto, mencionó que el prófugo Esteban Pérez Corradi, le confió que Aníbal Fernández estaba al frente de la banda que conducía las operaciones de tráfico de dicho precursor quími- co.
Asimismo, según los testimonios difundidos, el "triple crimen" respondió a una disputa por el control de ese ne- gocio, que lideraba una banda ligada con agentes policiales y la ex SIDE.
El detenido Lanatta relató que co- noció a Aníbal Fernández en 1995, cuando comenzó a trabajar informalmente en el RENAR, a través de Alejandro Meiszner. Admitió que su función era facili- tar trámites a las personas que necesitaban acceder al registro de portación de armas y tenían alguna dificultad para hacerlo. El nombrado también reveló que en dos ocasiones el funcionario recibió dinero del narcotráfico, por US$ 2 millo- nes y US$ 3,2 millones, respectivamente. Finalmente, al mostrarse dispuesto a declarar ante la justicia, Lanatta expresó que las razones por las que no habló antes se debieron a la magnitud del caso y "por la persona que está enfrente" (por Aníbal Fernández).
Por su parte, Salerno sostuvo que los ejecutores del "triple crimen" eran las personas condenadas, pero puntualizó que el autor intelectual había sido "la competencia que está más arriba de Pé- rez Corradi" -el financista del tráfico de la efedrina y prófugo en el caso-.
A ello se suma además las mani- festaciones públicas del periodista Christian Sanz, acerca de la entrevista que mantuvo con Sebastián Forza tres meses antes de su asesinato, en la cual éste le manifestó que tenía temor de que Fernández lo matara.
Por lo demás, de los cruces telefó- nicos incorporados en la causa Nº 5025/1172/11, surge que entre los meses de mayo y julio de 2008 hubo 25 llamadas entre el "Nextel" Nº 1154292479, a nombre de Aníbal Fernández, y otra línea de la misma empresa utilizada por Alejandro Giancristóforo, asesor en el RENAR durante la gestión de Andrés Meizner (hijo del ex presidente de Quilmes y aliado político del Jefe de Gabine- te). A su vez, este último abonado registró 668 llamadas con los teléfonos usa- dos por Lanatta.
En otro orden de ideas, en la cau- sa Nº 17.512/08 (caratulada "Abboud Gabriel Yusef y otros s./delito de acción pública") del Juzgado Nacional en lo Criminal Federal Nº 1 de la Capital Federal, fueron procesados Ramón Granero, ex Secretario de Programación para la Pre- vención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico (SEDRONAR) entre 2004 y 2011, y otros dos funcionarios de ese organismo (Gabriel Yusef Abboud, ex Director de Planificación y Control del Tráfico Ilícito de Drogas y Precursores Químicos y ex Subsecretario Técnico de Planeamiento y Control del Narcotráfi- co; y Julio De Orue, ex Director del Registro Nacional de Precursores Químicos de dicha Secretaría), por la falta de controles al ingreso de efedrina que tuvo como destino el narcotráfico (3) .
En concreto, Granero fue procesa- do como partícipe del tráfico ilícito de efedrina (4) , por no controlar las impor- taciones de esa droga usada por carteles mexicanos para fabricar metanfetami- nas. Al respecto, se verificó que entre 2004 y 2008 fueron importados a la Ar- gentina 40.975 kg. de efedrina, con permiso de la SEDRONAR, y luego desvia- dos al narcotráfico. En suma, se concluyó que durante la gestión de este ex funcionario la importación de efedrina se multiplicó (nótese que en 1999 era de sólo 1.119 kg., mientras que en 2007 alcanzó los 20.450 kg.).
En el período investigado, esa enorme cantidad de efedrina fue traída al país por sólo cinco empresas, entre ellas Unifarma, que figura como aportante de fondos para la campaña electoral del "Frente para la Victoria" (FpV) de 2007, que llevó a la Dra. Cristina Fernán- dez de Kirchner a la Presidencia de la Nación. Dicha firma pertenecía a Ariel Vilán, socio de las víctimas del "triple crimen", quien después apareció muerto en un aparente suicidio.
La vinculación con el entonces Mi- nistro, Dr. Aníbal Fernández, surge de los descargos efectuados por los impu- tados en esta causa.
En su indagatoria, Granero señaló que las fuerzas federales -entonces al mando de Fernández- se negaban a in- formar a la SEDRONAR sobre los operativos de drogas. En el mismo sentido, su segundo, Abboud, afirmó que esa falta de información fue "el factor determi- nante" en la ausencia de voluntad política para frenar las importaciones de efe- drina. "La responsabilidad directa en retrasar la solución a ese problema se la imputó al entonces ministro Aníbal Fernández", señaló el auto de procesamien- to.
Según Abboud, "el ex ministro ha- bría impedido que los miembros de las fuerzas de seguridad participaran de las reuniones de coordinación, intercambio de información, en las capacitaciones y la comisión interministerial". Dijo que "dejaron de llegar a la Sedronar los datos de secuestros de estupefacientes, precursores químicos -como la efedrina- y detenidos". Agregó que "fue el entorpecimiento del entonces ministro del Inte- rior el que impidió que 'se hubiera podido detener muy posiblemente el proble- ma del desvío (de efedrina)".
La Sra. Juez interviniente, Dra. María Romilda Servini de Cubría, entendió entonces que esas explicaciones no eximían de responsabilidad penal a los funcionarios.
No obstante ello, considero que en el contexto actual se trata de una cuestión sobre la que el Dr. Fernández tam- bién debe brindar las explicaciones del caso.
En definitiva, en función del rol de contralor otorgado por el legislador constituyente al Congreso de la Nación, co- rresponde convocar al Dr. Aníbal Fernández a los fines de que sea interpelado por esta Honorable Cámara y para que pueda evaluarse la posible formulación de una moción de censura en los términos del artículo 101, segundo párrafo, de la Constitución Nacional.
No puede soslayarse, asimismo, el interés general de la ciudadanía en el combate contra el narcotráfico, que cons- tituye uno de los puntos ineludibles de la próxima agenda de gobierno. Y en tal sentido, que la denuncia de graves sucesos vinculados con dicho fenómeno, que involucran al actual Jefe de Gabinete de Ministros, deben ser investigados y dilucidados, con el objeto de determinar si se encuentra en condiciones de con- tinuar en el ejercicio de las importantes funciones que tiene asignadas.
En este sentido, el funcionamiento normal del gobierno de cara a la sociedad, exige despejar absolutamente las sospechas sobre el comportamiento de los funcionarios públicos, en especial, cuando las mismas se vinculan con sucesos de máxima gravedad en los que además está presente el abuso de poder.
Por estas razones y las que serán expuestas en ampliación en la oportunidad que corresponda, solicito el acom- pañamiento y la aprobación del presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DUCLOS, OMAR ARNALDO BUENOS AIRES GEN
PERALTA, FABIAN FRANCISCO SANTA FE GEN
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
RASINO, ELIDA ELENA SANTA FE PARTIDO SOCIALISTA
GARRIDO, MANUEL CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
SEGURIDAD INTERIOR (Primera Competencia)
ASUNTOS CONSTITUCIONALES