PROYECTO DE TP


Expediente 4315-D-2014
Sumario: DESGRAVACION DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA PROFESIONALES Y TECNICOS DE LAS AREAS DE SALUD Y EDUCACION EN ZONAS RURALES: REGIMEN.
Fecha: 04/06/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 59
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


DESGRAVACIÓN DEL IMPUESTO A LAS GANANCIAS PARA PROFESIONALES Y TÉCNICOS DE LAS AREAS DE SALUD Y EDUCACIÓN EN ZONAS RURALES.
ARTICULO 1º: El objeto de la presente ley es propiciar mejoras en las condiciones para la radicación y permanencia de profesionales y técnicos de las áreas de salud y educación en el ámbito público de las zonas rurales de difícil acceso o criticas, de baja y mediana complejidad sanitaria; a través de mejoras e incentivos.
ARTICULO 2º: Son objetivos de la presente ley:
a) Facilitar la radicación y la permanencia en áreas rurales de profesionales y técnicos de salud y educación.
b) Mejorar la distribución de los profesionales y técnicos en el territorio nacional.
c) Garantizar el acceso y equidad a la salud y educación de las poblaciones rurales más vulnerables.
d) Mejorar y garantizar la cobertura y calidad del primer nivel de atención de la salud.
e) Asegurar la capacitación y actualización técnico profesional.
f) Priorizar en cada jurisdicción aquellos establecimientos sanitarios y escuelas rurales de mayor dificultad de arraigo y permanencia de recursos humanos específicos.
ARTICULO 3°: Serán beneficiarios de la presente Ley los profesionales y técnicos de salud y educación que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Depender de la jurisdicción pública nacional, provincial o municipal.
b) Mantener una relación laboral acorde a las normas vigentes.
c) Estar incluidos en el registro profesional que establezca la Autoridad de Aplicación Nacional y Jurisdiccionales.
d) Desempeñar sus tareas en las áreas rurales, zonas críticas o de difícil accesibilidad y en establecimientos públicos de baja y mediana complejidad.
ARTICULO 4º: Quienes cumplan con los requisitos mencionados podrán acceder a los siguientes beneficios:
a) Exención del Impuesto a las ganancias en los haberes de los profesionales y técnicos, por el término de hasta cinco (5) años ó mientras dure su radicación en la zona bajo cobertura del beneficio.
b) Capacitación y actualización laboral.
c) Beca de compensación cuando el monto del salario sea inferior al mínimo imponible del impuesto a las ganancias, que establezca la Autoridad de Aplicación por la criticidad de dicho recurso humano.
d) Otros beneficios o incentivos que establezcan las autoridades jurisdiccionales y locales de salud y educación.
ARTICULO 5°: La autoridad de aplicación será definida por el Poder Ejecutivo.
ARTICULO 6°: La autoridad de aplicación compensará con lo mencionado en el artículo 4 inciso "b" y "c" a los beneficiarios establecidos en el artículo 3. Dichos beneficios no podrán superar los cinco años aunque podrán ser prorrogados por decisión justificada por la autoridad de aplicación.
ARTICULO 7°: La autoridad de aplicación en conjunto con la Jurisdicción respectiva, establecerán y definirán las prioridades, alcances, profesiones y zonas bajo cobertura del beneficio.
ARTICULO 8°: Los fondos que demanden la aplicación de la presente ley se imputarán de las partidas presupuestarias pertenecientes al Ministerio de Economia de la Nación.
ARTICULO 9°: La autoridad de aplicación establecerá los convenios respectivos con las jurisdicciones donde se lleve a cabo e implementen los beneficios que establece la presente ley.
ARTICULO 10°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La garantía del acceso universal a profesionales de la salud y educación cualificados, motivados y respaldados, en especial en comunidades rurales y remotas, es una condición necesaria para hacer realidad el derecho humano a la salud y educación, es decir, una cuestión de justicia social.
En este sentido dirigentes sanitarios de todo el mundo adoptaron en 2008 la Declaración de Kampala, en la que se exhorta a los gobiernos: "a asegurar los incentivos adecuados y un ambiente de trabajo propicio y sin riesgos para garantizar eficazmente la retención y distribución equitativa de los recursos humanos para la salud".
El objetivo central de éste proyecto de ley se basa en mejorar el desarrollo y distribución de la actividad médica y educativa en las áreas rurales, garantizando que la población tenga una asistencia con cobertura y calidad adecuada, basada en la estrategia de promoción, protección, recuperación de la salud y Atención Primaria en la Salud; a través de propiciar mejoras en las condiciones para la radicación y permanencia de profesionales y técnicos de la salud en el ámbito publico de dichas zonas.
Este problema más allá de la salud de los profesionales rurales (médicos y equipo de salud), también repercute en la salud de la comunidad, se están produciendo más frecuentemente en algunas poblaciones donde ningún profesional acepta trabajar, y en poco tiempo esta situación pasara a ser un real problema de recurso humano. No hay recambio de médicos, nadie quiere ir a determinados pueblos, la población médica y de enfermería esta muy envejecida y sin recambio.
En las estadísticas sobre la cantidad Médicos por habitantes en Latinoamérica Argentina ocupa el tercer lugar 3º lugar con una cantidad 3,01 por mil habitantes. Mientras que en la Ciudad autónoma de Buenos Aires la proporción es de un médico cada 90 habitantes, en la provincia de Formosa hay uno cada 677 y en Misiones uno cada 668.
Desde hace mucho tiempo se tiene como parámetro básico de cálculo como aceptable atribuido a la Organización Panamericana de la Salud, a saber: 10 médicos por cada 10000 habitantes. El que no sólo ha sido observado en su aplicación práctica sino en su calidad de recomendación internacional.
Actualmente se tiene en cuenta el Informe de la Organización Mundial de Salud de OMS en el 2006, llamado Densidad de Recursos Humanos en Salud que considera Buena distribución: aquellos con una tasa de mayor a 50 por 10.000, Media: aquellos con una tasa de 25 a 50. Baja: los que tienen una tasa menor a 25.
Según OMS, el 62% de las enfermeras y el 76% de los médicos del mundo se encuentran instalados trabajando en centro urbanos, mientras que porcentaje restante se desempeñan en zonas rurales.
Igualmente su estadía es por poco tiempo y generalmente están disconformes con las condiciones de trabajo.
La problemática de los médicos y educadores rurales es multifactorial y entre los cuatro pilares fundamentales señalados para poder revertir la situación se encuentran los siguientes:
1- Mejoramiento salarial.
2- Capacitación continúa.
3- Carrera sanitaria.
4- Régimen y cobertura de licencias.
Por su parte, el Dr. Raúl Dalla Fontana explicó que en Julio 2008, en ocasión de celebrarse el II Encuentro de Observatorios en Recursos
Humanos en Salud de Cono Sur, se recomendó que la razón de enfermeras calificadas con relación a los médicos sea de 1 a 1 en todos los países de América y que la brecha en la distribución de personal de salud entre las zonas urbanas y rurales se haya reducido a la mitad para 2015, entre otros propósitos. Actualmente en nuestro país hay 1 enfermera cada 4 médicos.
"La poca atracción económica y de realización profesional de los médicos que prestan sus servicios en zonas rurales e inhóspitas, generó una masiva deserción de médicos en estas regiones. Por eso, aquellos que eligieron establecerse en una región rural, vieron en general desvanecerse sus expectativas chocando con la cruda realidad: no es negocio asentarse y ejercer la profesión en estos parajes desolados. Y no hablamos de negocio refiriéndonos solo a la remuneración económica, sino también en la realización profesional que abarca capacitación, descanso, esparcimiento y educación familiar, entre otras cuestiones", indicaron Serrano y Dalla Fontana.
Entre otras preocupaciones, como mencione anteriormente, se encuentra la educación continuada, porque generalmente no se tiene acceso a capacitación. Cada población rural tiene un médico, y si este no tiene iniciativa y no se actualiza, se perjudica también la población.
Otra de las cuestiones a tener en cuenta es que, en general, las nuevas generaciones de médicos tienen otros valores: no hay tanta dedicación a este tipo de cosas, ni apasionamiento. No hay médicos que quieran ir a las zonas rurales. Hay muchos pueblos que no tienen médicos porque no se consiguen, a pesar de que en la ciudad hay una gran abundancia médica.
Elegir este tipo de profesión es una cuestión vinculada a una satisfacción personal y a lo vocacional. Sería más que interesante que aparecieran más jóvenes con interés en poder ejercer una medicina actual e integral, plena, en un lugar rural. Por supuesto, la formación tiene que ser mucho más intensiva, abarcativa, tener muchos procedimientos y prácticas que para la ciudad no son tan importantes.
Señor presidente, por lo expuesto anteriormente, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAS NEVES, MARIO CHUBUT TRABAJO Y DIGNIDAD
EHCOSOR, MARIA AZUCENA BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
SCHWINDT, MARIA LILIANA BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
CREMER DE BUSTI, MARIA CRISTINA ENTRE RIOS UNION POR ENTRE RIOS
GIUSTOZZI, RUBEN DARIO BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
LAGORIA, ELIA NELLY CHUBUT TRABAJO Y DIGNIDAD
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)