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PROYECTO DE TP


Expediente 4294-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS DENUNCIAS POR VIOLACIONES A LOS DERECHOS HUMANOS EN LOS INSTITUTOS DE MENORES QUE DEPENDEN DE LA SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 11/08/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 100
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, para que por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos informe:
1.- Si ha recibido denuncias por violaciones a los derechos humanos en los institutos de menores que dependen de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, y el curso dado a las mismas.
2.- Si debido a las referidas denuncias, funcionarios de ese Ministerio han concurrido a los institutos de menores a verificar su funcionamiento.
Y para que por intermedio del Ministerio de Desarrollo Social, se proceda a informar sobre los siguientes puntos:
a) Cuales son los fundamentos que tiene ese Ministerio, para impedir que la Procuración Penitenciaria de la Nación monitoree el estado de los menores internados en los institutos que dependen de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia.
b) Explique las razones por las cuales en los institutos de menores, existen celdas de castigo para los allí internados, cuando ello está expresamente prohibido por la Convención de los Derechos del Niño, incorporada a la Constitución Nacional por el art. 75, inciso 22.
c) Que disposiciones se han adoptado con relación al personal de los Institutos Manuel Rocca y Luis Agote, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Almafuerte de la ciudad de La Plata, y Pablo Nogués de la localidad de Malvinas Argentinas, donde en los últimos dos años ocurrieron muertes de menores, que se encontraban en condiciones de aislamiento.
d) Porque la Secretaría de Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, no ejerce el debido control sobre el funcionamiento de los institutos de menores que dependen de la misma.
e) Explique las razones por las cuales la comida que se suministra a los internos en los institutos de menores, no responde a los principios básicos de una alimentación sana y equilibrada, y la falta de una adecuada asistencia médica a los mismos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


No constituyen una novedad los problemas existentes con los menores alojados en diversos institutos que dependen de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia. Reiteradas denuncias efectuadas por diversas organizaciones de la sociedad civil y aún de la Procuración Penitenciaria de la Nación. A esto se suma la falta de un régimen penal de la minoridad que ha sido insistentemente reclamado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ya que la norma que actualmente rige es una ley de la dictadura que ninguno de los gobiernos de la democracia cambió.
En el mes de diciembre del año 2014, en el instituto de menores, Luis Agote, murió un adolescente de 16 años, de nombre Diego Iván Borjas, que tenía un retraso madurativo y se encontraba en una celda de aislamiento, llamada eufemísticamente Centro socioeducativo de régimen cerrado
El 4 de julio en el Instituto Pablo Nogués de Malvinas Argentinas, un joven de 16 años fue encontrado sin vida en su celda. La Comisión Provincial de la Memoria lo había entrevistado este mismo año cuando estaba en el instituto Legarra. "En ese momento, se comprobó que el joven se encontraba en pésimas condiciones de detención: sin agua, sin baño, sin acceso a ninguna actividad. También se constató que presentaba lesiones de corta y larga data, como consecuencia de las torturas padecidas en el Centro de Recepción de Lomas de Zamora por parte de los asistentes de minoridad" El menor también había denunciado que fue testigo de torturas infringidas a otros jóvenes detenidos.
Otro caso ocurrió el pasado 16 de julio en el Instituto Almafuerte de La Plata. Según informó la CPM, el joven tenía 17 años y apareció ahorcado. "Al momento del hecho debía estar en recreación pero, según informaron las autoridades del centro, se había negado a salir", indicaron desde la Comisión. Aunque aclararon que "los jóvenes detenidos comentaron que el día anterior había tenido un altercado con un compañero y, por tal motivo, los custodios lo habían encerrado en su celda".
Finalmente el viernes 24 de julio, un adolescente de 17 años murió y otro está internado en estado grave a raíz de un incendio ocurrido en el instituto de menores Manuel Roca. Respecto a esto último la Procuración Penitenciaria sostuvo que "el incendio se produjo por la quema de dos colchones", pero aclaró que los datos sobre el origen del fuego no eran información oficial y culpó de esa situación a la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Sennaf), del área del ministerio de Desarrollo Social.
"Dicha secretaría no solamente impide el ingreso de la Procuración Penitenciaria de la Nación a monitorear los Institutos, sino que además sostiene una firme negativa de brindar información respecto de la situación de las instituciones y de los niños, niñas y adolescentes detenidos en los institutos que de ella dependen", advirtió en un comunicado.
Estos hechos ocurren habitualmente en los institutos de menores, sin que la justicia se haga cargo de sus responsabilidades y sin que las autoridades del Estado adopten las medidas que resulten necesarias para evitar que hechos como este se repitan, siendo esto una evidencia más de cómo funciona el nefasto sistema carcelario, que ningún gobierno se ha atrevido a cambiar, salvo acciones aisladas que en definitiva siempre dejaron las cosas como estaban. Estas muertes como tantas otras que han ocurrido, no han sido materia de tratamiento por los diarios de mayor circulación, más preocupados en la coyuntura política, en los aspectos frívolos de figuras del espectáculo y en defender sus propios intereses empresariales.
Es tan perversa la política criminal respecto de los menores, que se encuentran complicados en ella, los agentes penitenciarios, los funcionarios de los institutos de menores, los jueces de menores que no cumplen con su obligación de vigilancia, el Ministerio Publico Fiscal que se hace el distraído respecto a la violación de los derechos humanos y el Poder Ejecutivo que no solo no hace nada, sino que en muchos casos, ha intentado defensas inconcebibles para justificar su accionar
Desde hace muchos años, la situación de los menores ha sido motivo de preocupación por los altos índices de delincuencia que los involucran, sin que se haya buscado algún tipo de solución a una cuestión extremadamente grave. Las instituciones carcelarias donde se los ha alojado, han contribuido a generar condiciones para acentuar la criminalidad juvenil, sin encarar un proyecto integral que permita modificar el régimen penal de la minoridad. Ante la carencia de políticas públicas, que contemplen todo lo que se ha avanzado en esta materia, una significativa cantidad de normas internacionales se han desconocido y violado, afectando los derechos humanos de los menores, y sometiéndolos a condiciones que dificultan su reinserción social.
Desde la lejana ley 10903, del año 1919 (Ley Agote) por la cual se creó el Patronato de Menores, estableciéndose un trato diferenciado respecto del tratamiento penal de los menores respecto del de los adultos hubo modificaciones escasas en la legislación penal, hasta que durante la dictadura, se sancionó la ley 22.278 , que con las limitadas modificaciones de la Ley 22.803, es la que rige actualmente, permitiendo un manejo discrecional del sistema penal a aplicarles, sin que se observaran todas aquellos procedimientos que permitan no solo una evaluación adecuada del menor infractor, sino condiciones básicas destinadas a lograr un cambio en las conductas de los mismos a través de las pautas fijadas por convenciones internacionales que no se han respetado.
Si bien existieron algunos intentos aislados de modificar el régimen de minoridad, a través de algunos análisis que contemplaran un tratamiento más restaurativo del régimen penal, dejando la punibilidad para casos extremos, o ante constantes reincidencias, nada se hizo en décadas. Los institutos de menores, pasaron a ser verdaderas escuelas de delincuentes, donde al rigorismo extremo en los tratamientos, se sumaba la total falta de diferenciación entre primerizos y reincidentes. Solo se trataba de encarcelar al menor, sin que existiera un régimen orgánico para su resocialización, utilizando técnicas adecuadas, educación intensiva, tratamientos psicológicos y todos aquellos elementos que pudieran resultar de utilidad, para evitar que se volviera a delinquir. Además el régimen penal era primariamente punitivo, y aunque en la ley 22.278, estaban fijadas algunas pautas respecto de un tratamiento tutelar, todo ello no pasaba de ser una mera enunciación de deseos que en la práctica no se llevaba a cabo.
El 14 de Julio de 2006 se presentó el 1er. Informe Nacional sobre Chicos Privados de la Libertad, elaborado por la Secretaría de Derechos Humanos y Unicef. Dicho informe arrojó datos alarmantes: más de veinte mil niños y adolescentes están recluidos, el 87% es por causas asistenciales, es decir que sólo el 13% está detenido por hechos delictivos. Pero ese 13% comenzó a crecer en forma alarmante en los últimos años, ante la falta de políticas públicas que reinserten a los menores en la sociedad, contribuyendo a eso la marginalidad, el analfabetismo la indigencia
En otras palabras, el 87% está bajo un régimen de encierro no por la comisión de un hecho delictivo sino como consecuencia de situaciones de carencias socio-económicas. A ello debe añadirse que la infraestructura carcelaria es deficiente, que la promiscuidad y el hacinamiento son moneda corriente y todo ello contribuye a crear circuitos potencialmente peligrosos que redundan en un aumento de la delincuencia juvenil, sin que existan políticas de prevención, tratamientos para reinserción de los menores delincuentes y establecimientos adecuados, con personal entrenado para socializarlos. Como dato meramente informativo podemos indicar que en la ciudad de Buenos Aires, Institutos como el Agote, Roca y el Belgrano, se encuentran superpoblados, lo que contribuye a que no se puedan efectuar tratamientos que podrían resultar de utilidad para la resocialización de los menores. Y ese régimen de encierro, ha vuelto a generar potenciales delincuentes.
La Oficina de Estadísticas y Política Criminal de la Procuración General de la Nación, ha mostrado a través de algunas investigaciones, una serie de datos que resultan reveladores de las distintas conductas delictivas, que nada tienen que ver con lo que generalmente se puede leer en los diversos medios de comunicación. Se ha podido establecer que en las franjas etarias de menores entre 17 y 15 años el 41% se trata de robos simples y el 21% de hurtos simples. Es decir que entre ambas categorías el porcentaje alcanza al 62% de los delitos cometidos por menores, siendo nada más que el 17% el que se comete con armas. También la Procuración muestra que el 84% se trata de delincuentes primarios y solo el 16% de reincidentes.
El estrato social de los menores imputados es medio-bajo y bajo, con niveles de instrucción precarios, ya que solo el 40% tienen instrucción primaria y solo el 22% instrucción secundaria.
Los delitos contra la vida o en ocasión de robo resultan insignificantes en la proporcionalidad comentada, ya que la mayor parte de los encausados lo han sido en ocasión de robo o hurto.
La delincuencia juvenil, solo es materia de tratamiento, ante algún hecho de violencia extrema, donde generalmente aparecen proyectos que tienen como único objetivo la punibilidad, y se esgrime la necesidad imperiosa de bajar la edad de imputabilidad, como si ello fuera suficiente para terminar con el delito. Como lo señalara el penalista García Méndez: "el tema de la delincuencia juvenil es de carácter cíclico. Aparece y desaparece de la agenda política y social con relativa facilidad...En el caso específico de la delincuencia juvenil, la ausencia prácticamente absoluta de cifras más elementales sobre el tema, explica en buena medida el alto nivel de manipulación informativa. En el contexto de este vacío de información cuantitativa, los medios de comunicación sustituyen la ausencia de información estadística con frases tan precisas como el aumento alarmante de la criminalidad juvenil, frases a partir de las cuales se construye la política criminal en este ámbito específico...." Ello supone que no se lleve a cabo una política de minoridad, que además de cumplir con los diversos tratados internacionales, tenga como objetivo fundamental la reinserción y no exclusivamente la punición, sin dejar de tener en cuenta, la necesidad de establecer adecuadamente pautas de punibilidad a aquellos delincuentes que se encuentran entre los 16 y 18 años. En ningún caso se ha tratado de establecer métodos de resocialización, que no se logran con los tratos crueles y degradantes a que son sometidos los menores internados.
La responsabilidad de los jueces en la forma del trato cruel y degradante a los menores está dada porque no se interesan en las condiciones de habitabilidad de los mismos en los institutos, no visitan habitualmente tales lugares, y tampoco toman medidas ante las reiteradas denuncias sobre malos tratos a los allí alojados. Se llegó al extremo de que la Sala V de la Cámara Criminal, sostuvo que la Procuración Penitenciaria de la Nación no tenía un equipo idóneo para auditar los institutos y la Sala III de la Cámara de Casación Penal, dijo que el habeas corpus presentado por la Procuración no era la vía correcta y que las garantías de los niños/as adolescentes estaban protegidas por los Jueces, Defensores y por la propia Secretaría Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia que nada hace y el sistema continúa.
Una evidencia contundente de lo que afirmo lo da el hecho que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, condenó al Estado Nacional, en una sentencia lapidaria por la muerte de menores, y las condenas impuestas a otros sosteniendo que además debía modificarse el régimen de los menores para adecuarlo a la Convención de los derechos del Niño. En ese juicio el representante del Estado nacional hizo lo posible para chicanear la causa, y solo la valerosa intervención de la Defensora General de la Nación, Dra. Stella Maris Martinez que se puso del lado de los afectados logró esa condena ejemplar al Estado, el año 2013.
Además se han instalado nociones sobre los presos que no se corresponden con la realidad que se vive en las cárceles, y lo ocurrido en el Instituto Rocca es una muestra de ello respecto de los menores.
Existe una evidente renuencia en jueces y fiscales que han intervenido en multitud de causas relacionadas con menores, a investigar muertes y asesinatos, ver las condiciones en las que viven, la inmundicia que comen, las golpizas reiteradas que reciben, el trato vejatorio constante, que aún se extiende a familiares que visitan a los internos
De tenerse en consideración que estos adolescentes, a pesar de haber cometido delitos deben ser tratados como seres humanos, y no ser sometidos a tratamientos degradantes que repelen a la dignidad humana. Si bien es cierto que hay hechos que han conmocionado a la opinión pública, protagonizados por menores, estos resultan ser la excepción del sistema carcelario, tal como puede verse por estadísticas inobjetables. Nada se logra con la tortura y la crueldad con las que se somete a los internos en esos institutos, sino que por el contrario, se incentivan los aspectos transgresores que deberían ser materia de un tratamiento específico para lograr una resocialización del menor, evitando de esa manera, que en poco tiempo más se convierta en un delincuente mayor, con la peligrosidad que esto va a significar.
Esta continua preocupación por el régimen penal de la minoridad nos llevó a presentar un Proyecto de Ley, para modificar la ley que rige actualmente, con el propósito que la Argentina, se adecúe a lo que establece la Convención de los Derechos de Niño, y se termine con un sistema que es claramente violatorio de los derechos de esos menores, que son brutalmente tratados en los institutos donde se encuentran alojados.
Por lo expuesto solicito a mis pares se sirvan aprobar este proyecto
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROGEL, FABIAN DULIO ENTRE RIOS UCR
NEGRI, MARIO RAUL CORDOBA UCR
BURYAILE, RICARDO FORMOSA UCR
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA MENDOZA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia)