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PROYECTO DE TP


Expediente 4256-D-2009
Sumario: PSORIASIS. SE INCORPORA SU DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO AL "PROGRAMA MEDICO OBLIGATORIO" COMO "ENFERMEDAD CRONICA".
Fecha: 04/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 109
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Artículo. 1: Incorpórese al Programa Médico Obligatorio el diagnóstico y tratamiento de la psoriasis, designándosela como enfermedad crónica.
Artículo 2: El tratamiento incluirá todas las instancias, tanto clínicas como psicológicas. Los fármacos que el mismo requiera gozarán de una cobertura del setenta por ciento (70%).
Artículo 3: Desígnase Ministerio de Salud de la Nación como autoridad de aplicación de la presente norma.
Artículo. 4: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la Argentina, la psoriasis es padecida por más de 700.000 personas.
En la actualidad no está presentada en la legislación como una enfermedad crónica y sin embargo lo es. No hay cura pero sí tratamientos bastante efectivos si se realizan de manera personalizada. La categorización de la enfermedad como crónica también redundará en un acceso más sencillo a la medicación y a los tratamientos que poseen costos sumamente onerosos.
Por otra parte se establece en el proyecto que la medicación posea una cobertura del 70% de sus costos.
Se considera que la cobertura médica debe ser integral: clínica y psicológica, puesto que la persona que sufra la enfermedad tenga la posibilidad de atacar la patología desde todos los ángulos que el tratamiento requiera.
El acceso más fácil y sencillo al tratamiento es fundamental para ayudar a las personas que padecen de psoriasis a un acceso más igualitario y democrático del sistema de salud.
Por las razones expuestas solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
KRONEBERGER, DANIEL RICARDO LA PAMPA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA