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PROYECTO DE TP


Expediente 4206-D-2009
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO, LEY 20744: MODIFICACION DEL INCISO A DEL ARTICULO 158, CAPITULO II, SOBRE LICENCIAS ESPECIALES AMPLIACION DEL PLAZO POR NACIMIENTO DE HIJO O POR ADOPCION Y DEL INCISO D DEL ARTICULO 158 CAPITULO II, POR FALLECIMIENTO HERMANOS E INCORPORACION POR FALLECIMIENTO ABUELOS O NIETOS.
Fecha: 02/09/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 107
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTÍCULO 1: Modificase el inciso a) del Artículo 158, Capítulo II correspondiente al "Régimen de las licencias especiales", de la Ley Nro. 20.744 de Contrato de Trabajo, Texto Ordenado por Decreto 390/1976, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 158. - Clases.
El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales:
a) Por nacimiento o adopción de hijo, cinco (5) días corridos."
ARTÍCULO 2: Modificase el inciso d) del Artículo 158, Capítulo II correspondiente al "Régimen de las licencias especiales", de la Ley Nro. 20.744 de Contrato de Trabajo, Texto Ordenado por Decreto 390/1976, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Art. 158. - Clases.
El trabajador gozará de las siguientes licencias especiales:
d) Por fallecimiento de hermano, abuelo o nieto dos (2) días.
ARTÍCULO 3: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 4: De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto dispone una modificación y la incorporación en el art. 158 del capítulo II -que se refiere a las licencias especiales- establecidas en la Ley de Contrato de trabajo Nº 20744.
La modificación establece un nuevo plazo para el caso de nacimiento de hijo - incorporando además la figura de la adopción-, de cinco días. Así se contempla no solo las necesidades de adecuación que genera un nuevo integrante en el grupo familiar, sino también aquéllos casos en que la madre ó el niño tienen que permanecer en la institución hospitalaria por complicaciones de salud.
La norma también prevé la ampliación del plazo a dos días, para el caso de fallecimiento de un hermano y la incorporación de abuelos y nietos, que a la fecha no estaba previsto, quedando a merced de los convenios colectivos de trabajo de cada sindicato. Con ello pretendemos unificar y contemplar un vacío en las licencias especiales.
Por lo expuesto, solicitamos a nuestros pares acompañen el presente proyecto de Ley.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BRUE, DANIEL AGUSTIN SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
PASTORIZA, MIRTA AMELIANA SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
HERRERA, JOSE ALBERTO SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
PEREZ, JORGE RAUL SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
LUNA DE MARCOS, ANA ZULEMA SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
OLIVA, CRISTIAN RODOLFO SANTIAGO DEL ESTERO FRENTE CIVICO POR SANTIAGO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
21/09/2010 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
09/11/2010 CONTINUACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría