Proyectos »

PROYECTO DE TP


Expediente 4122-D-2014
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS: MODIFICACION DEL ARTICULO 101 SEXIES, SOBRE COMPETENCIA DE LA COMISION DE DISCAPACIDAD.
Fecha: 29/05/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 55
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Artículo 1º.- Reformase el artículo 101 (sexies) del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, que quedará redactado de la siguiente manera:
"Artículo 101 (sexies)
Compete a la Comisión permanente de Discapacidad dictaminar sobre todo asunto concerniente a la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, y sobre todo proyecto o solicitud de reformas a las leyes competentes en la materia. Estimular políticas efectivas en todas las áreas, que permitan la total integración de las personas con discapacidad. Promover campañas de concientización y educación en pro de la no discriminación y la igualdad de oportunidades. Efectuar el seguimiento del cumplimiento de las leyes, decretos o resoluciones que dispongan el destino de fondos a proyectos o programas vinculados a la discapacidad, así como también de la aplicación o control de los fondos provenientes de organismos internacionales, públicos o privados, con igual destino. Para el cumplimiento de sus fines, la comisión podrá requerir informaciones y realizar los seguimientos que correspondan referidos a su competencia."

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Ya hace unos años, este honorable Congreso, ratifico la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de las Naciones Unidas, mediante la sanción de la Ley N° 26.378 colocando este importante logro de la humanidad en el más importante nivel legislativo de nuestro sistema jurídico.
La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es el tratado donde se describe la situación ideal para las personas con discapacidad en todo el mundo. A partir de él las personas con discapacidad cuentan con una herramienta legal que asegura la protección y goce de los derechos humanos universales. Sus principios generales, consagrados en el artículo 3, son:
A) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas;
B) La no discriminación;
C) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad;
D) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y condición humanas;
E) La igualdad de oportunidades;
F) La accesibilidad;
G) La igualdad entre el hombre y la mujer;
H) El respeto a la evolución de las facultades de los niños y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar la identidad.
Es objeto del presente proyecto de resolución adecuar el texto del reglamento de esta honorable cámara a lo normado por la citada convención, más específicamente el articulo Artículo 101 (sexies), que define la competencia de la comisión permanente de Discapacidad.
Si bien no hay una definición universalmente aceptada de discapacidad en la Convención, el artículo 1 señala: "Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás". Con lo cual queda saldada la forma de referirse a las personas con discapacidad, quedando atrás viejas controversias con respeto a ello, descartando términos como discapacitado, persona especial, con necesidades especiales, con capacidades diferentes etc.
Por ello este proyecto propone modificar el artículo citado, reemplazando en la primera oración, del primer párrafo, donde refiera a: "de los derechos de los discapacitados" por: "de los derechos de las personas con discapacidad" y en la segunda oración: "la total integración de las personas con necesidades especiales", por la "total integración de las personas con discapacidad".
Además se propone eliminar del texto la primera parte del párrafo segundo, que fuera agregado por Resolución de la H. Cámara de Diputados del 30/11/2000, se elimina "Amplíase la competencia de la Comisión de Discapacidad para efectuar", reemplazándolo por: ". Efectuar ", incorporando el resto del segundo párrafo al primer párrafo, con el simple objetivo de mejora la redacción del artículo.
Por lo expuesto, se solicita la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CASELLES, GRACIELA MARIA SAN JUAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PARTIDO BLOQUISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
05/08/2014 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0432/2014 11/08/2014
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION 27/08/2014 APROBADO