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PROYECTO DE TP


Expediente 4109-D-2011
Sumario: APOYO A LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES.
Fecha: 18/08/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 113
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


APOYO A LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES
CAPITULO I
DEFINICIONES Y OBJETIVOS
Artículo 1º: Se entiende como Pequeños Productores Rurales a aquellos productores que dirigen una Explotación Agropecuaria en la que se cumplen las siguientes condiciones:
- el productor agropecuario trabaja directamente en la explotación;
- no se emplean trabajadores no familiares remunerados permanentes;
- no tiene como forma jurídica la 'sociedad anónima' o 'en comandita por acciones';
- posee una superficie total de la explotación de: hasta 500 ha en las provincias de Corrientes y Misiones; hasta 1.000 ha en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Santa Fe, Mendoza, San Juan, San Luis, Chaco, Formosa y Santiago del Estero;
hasta 2.500 ha en las provincias de Jujuy, Salta, Catamarca, Tucumán, La Rioja y Neuquén y hasta 5.000 ha en las provincias de Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego;
- posee una superficie cultivada de: hasta 500 ha en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Santa Fe, Chaco, Formosa, Santiago del Estero y San Luís; hasta 25 ha en las provincias de Neuquén, Río Negro, San Juan y Mendoza; y hasta 200 ha en el resto del país; o posee hasta 500 Unidades Ganaderas en todas las provincias del país.
Artículo 2º- Los objetivos son:
a) Asegurar e incrementar los ingresos de los Pequeños Productores Rurales mediante los Programas Nacionales creados por esta ley.
b) Los Programas Nacionales de Apoyo a los Pequeños Productores rurales a través de aportes no reintegrables, buscarán elevar sus ingresos para mantener su arraigo y evitar la migración hacia los centros urbanos.
c) Promover la organización asociativa y cooperativa de los pequeños productores.
d) Impulsar las economías y cadenas de valor regionales en todos sus eslabones, involucrando a un mayor número de Pequeños Productores, creando empleos y agregando mayor valor a los productos.
e) Garantizar la construcción de la infraestructura física y social para los pequeños productores rurales.
f) Favorecer el acceso a la tierra entendida como garantía de arraigo, en especial de los jóvenes.
g) Garantizar a la población el acceso a los alimentos saludables y de calidad.
h) Realizar programas de regularización dominial de las tierras actualmente ocupadas por pequeños productores.
i) La Soberanía Alimentaria será un objetivo local, regional y nacional en camino hacia la agroecología, las chacras diversificadas y la creación de nuevos empleos rurales y periurbanos.
j) Se procurará la sustentabilidad ambiental, social, cultural, económica y política de las economías regionales. Se respetará la capacidad de carga de los ecosistemas.
k) Los Programas se articularán con las ciudades y los espacios urbanos en el marco de una planificación por Cuencas y Ecosistemas hacia las sociedades sustentables.
CAPITULO II
DE LOS PROGRAMAS NACIONALES
Artículo 3º- Créase el Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar con el objeto de asegurar la rentabilidad de los Pequeños Productores e incrementar sus ingresos a través de subsidios/aportes no reintegrables, para mantener su arraigo y evitar la migración. Las políticas diferenciales deben estar dirigidas a superar las desigualdades, priorizando los grupos más vulnerables, como son las comunidades de pueblos originarios, las mujeres y los jóvenes.
Artículo 4º- Créase el Programa Nacional de Apoyo a las Economías y Cadenas de Valor Regionales con el objeto de establecer políticas activas para las cadenas de valor regionales tendientes a incrementar la rentabilidad y la mayor capitalización de los Pequeños Productores Rurales. Estas políticas regionales deberán involucrar a todos los eslabones de la cadena con el objetivo de incrementar el número de Pequeños Productores, la creación de mayor empleo y de valor.
Artículo 5º- Créase el Programa Nacional de Apoyo a la Infraestructura para los Pequeños Productores Rurales con el objeto de desarrollar una estrategia integral que incluya la totalidad de los problemas que enfrentan los agricultores familiares (tierra, agua y riego, infraestructura, vivienda, transporte, electricidad, salud, educación).
Artículo 6º- Créase el Registro Nacional de la Agricultura Familiar. Para recibir los beneficios los agricultores familiares deberán estar inscriptos en el mismo. El registro comprenderá a los productores tipificados como Tipo 1, 2 y 3 del
PROINDER siendo la inscripción de carácter voluntaria. Durante el período de transición que lleve la construcción del Registro, los productores del Tipo 2 y 3 recibirán igualmente los beneficios a través de la información censal y de cualquier otra que la Autoridad de Aplicación considere pertinente. Los datos recabados serán reunidos en una Base Nacional informatizada de datos. Los Pequeños Productores podrán acceder a la misma en forma gratuita y desde cualquier punto del país.
CAPITULO III
BENEFICIARIOS
Artículo 7º- Los beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar serán los pequeños productores de acuerdo al Censo Agropecuario del año 2002, correspondientes al Tipo 2 y Tipo 3 de la clasificación del PROINDER según lo definido en el art. 1.
Artículo 8º- Los beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo a las Economías y Cadenas de Valor Regionales serán las organizaciones y cooperativas de agricultores familiares locales, regionales y provinciales que representen al Tipo 2 y 3 de la clasificación del PROINDER.
Articulo 9º- Los beneficiarios del Programa Nacional de Apoyo a la Infraestructura para los Pequeños Productores Rurales serán los Pequeños Productores Rurales de acuerdo al Censo Agropecuario del año 2002, correspondientes al Tipo 2 y 3 de la clasificación del PROINDER y las regiones agroeconómicas correspondientes.
CAPITULO IV
DE LOS RECURSOS NECESARIOS PARA EL FINANCIAMIENTO DE LOS PROGRAMAS NACIONALES
Artículo 10º- La asignación presupuestaria inicial alcanzará para el Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar los 4.200.000 pesos en el presupuesto 2011. La distribución de los fondos consistirá en un monto fijo y proporcional al poder adquisitivo de esos aportes en cada provincia. Se deducirán los fondos presupuestados asignados en programas similares.
Artículo 11º- Los fondos indicados en el artículo anterior, serán entregados como aportes directos no reintegrables a los agricultores familiares. Estos fondos.
deberán destinarse al fortalecimiento de los ingresos de los productores familiares y a la compra de insumos y herramientas
Artículo 12º- La asignación presupuestaria inicial alcanzará para el Programa Nacional de Apoyo a las Economías y Cadenas de Valor Regionales los 2.500.0000 millones de pesos en el presupuesto 2011. Estos fondos deberán destinarse al fortalecimiento de las cadenas de valor regionales de acuerdo a lo establecido en el art. 4. Se descontarán los fondos presupuestados en programas similares.
Artículo 13º- Los fondos indicados en el artículo anterior, serán entregados como aportes directos no reintegrables a las organizaciones de agricultores familiares locales, regionales y provinciales. Estos fondos deberán destinarse al fortalecimiento de las cadenas de valor regionales -desde los eslabones iniciales a los finales- en un marco de complementación social, económica y ambiental con las regiones agroeconómicas.
Artículo 14º- La asignación presupuestaria inicial alcanzará para el Programa Nacional de Apoyo a la Infraestructura para los Pequeños Productores Rurales los 3.000.0000 millones de pesos en el presupuesto 2011. La Autoridad de Aplicación elaborará un presupuesto plurianual de cinco años.
CAPITULO V
INSTITUCIONALIDAD Y AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Artículo. 15º- El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca será la Autoridad de Aplicación del Programa Nacional de Apoyo a la Agricultura Familiar, del Registro Nacional de la Agricultura Familiar y del Programa Nacional de Apoyo a las Economías y Cadenas de Valor Regionales.
Artículo 16º- El Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios será la Autoridad de Aplicación del Programa Nacional de Apoyo a la Infraestructura para los Pequeños Productores Rurales. El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca colaborará como órgano asesor de carácter técnico.
Artículo 17º- La autoridad de aplicación deberá reglamentar la presente ley en un plazo de noventa días contado a partir de la fecha de su promulgación.
Artículo 18º- Deróguense la Resolución 255/2007 del Registro Nacional de la Agricultura Familiar, la Resolución 8/2008 del Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores y la Resolución 496/2008 del Programa de Desarrollo de las Economías Regionales creadas por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.
Articulo 19°. CLAUSULA TRANSITORIA: Hasta tanto el ejecutivo reglamente la presente ley, dentro del plazo que la misma prevé, continuaran vigentes las normas que regulan la materia
Articulo 20°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


1. Justificación del Proyecto de Ley
Desde el punto de vista de las políticas públicas, la Agricultura Familiar ha tomado en los últimos años una notable jerarquía que se manifiesta en la creación por Resolución 132/2006 del Foro Nacional de la Agricultura Familiar, la creación por Resolución 255/2007 del Registro Nacional de la Agricultura Familiar, por Resolución 8/2008 del Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores, por Resolución 496/2008 del Programa de Desarrollo de las Economías Regionales y por Decreto Nº 571 del 4 de abril de 2008 la Subsecretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar hoy transformada luego de la creación del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional 1366/2009 en la Secretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar.
Pero al mismo tiempo ese esfuerzo institucional no fue acompañado por la sanción de leyes que definieran las políticas integrales y sustentables para el mediano y largo plazo, y por un presupuesto acorde a las necesidades de ese sector social y económico históricamente olvidado y postergado.
Los Programas de Desarrollo Rural con financiamiento externo (BID, Banco Mundial) de carácter focalizado nunca tuvieron un impacto importante sobre el conjunto y no modificaron durante las últimas décadas la situación de pobreza de la mayoría de las explotaciones familiares agropecuarias.
La lucha, la constancia y la persistencia de las organizaciones de la agricultura familiar y la creación del Foro Nacional de la Agricultura Familiar lograron afianzar un avance en lo institucional pero sin contar con el apoyo económico y presupuestario como para implementar los planes y los programas nacionales.
Este proyecto de ley articula la creación de tres programas nacionales y el Registro Nacional de Agricultura Familiar. Cada uno de los tres programas nacionales complementa un aspecto de las principales necesidades de los Pequeños Productores Pobres: Un programa nacional de apoyo a la Agricultura Familiar como aportes directos no reintegrables a los productores familiares. Estos fondos deberán destinarse al fortalecimiento de los ingresos de los productores familiares y a la compra de insumos y herramientas. Un programa nacional de Apoyo a las Economías y Cadenas de Valor Regionales como aportes directos no reintegrables a las organizaciones y cooperativas de pequeños productores y un programa nacional de apoyo a la infraestructura para los pequeños productores rurales. El objetivo es solucionar la pobreza y el éxodo rural.
2. El éxodo y la pérdida de población rural puede revertirse con políticas públicas
Entre 1988 y 2008 desaparecieron 127.275 EAPs con límites definidos y 144.640 en total con la inclusión de las EAPs con límites indefinidos (Cuadro Nº 1)
Cuadro Nº 1
Pérdidas de Explotaciones Agropecuarias (EAPs)
Censos Años 1988-2002- 2008
(en cantidad de EAPs)
Tabla descriptiva
Fuente: Censo Nacional Agropecuario 1988, 2002 y 2008 .
Entre los censos de 1988 y 2002 desaparecieron 103.955 explotaciones de las escalas más pequeñas (hasta 500 ha), aumentaron 23.064 de los estratos medios (entre 500,1 y 5.000 ha) y disminuyeron en 41 EAPs de los más grandes (más de 5.000 ha). Esto significa una desaparición neta de 80.932 explotaciones (Cuadro Nº 2).
Cuadro Nº 2
Pérdida de Explotaciones Agropecuarias (EAPs)
Por Escala de Extensión en hectáreas
Total País 1988-2002
(en cantidad de EAPs)
Tabla descriptiva
Fuente: Censo Nacional Agropecuario 1988 y 2002.
Entre los censos 1988 y 2002 los Pequeños Productores de hasta 500 ha perdieron 103.955 explotaciones.
El análisis de la Población Rural en un período más extenso muestra una pérdida de 1, 0 millón de personas entre 2000 y 2010 y de 1,8 millones entre 2000 y 2025 (Cuadro Nº 3).
Cuadro Nº 3
Población Rural
Años 2000, 2010 y 2025
(en miles)
Tabla descriptiva
Fuente: Boletín Demográfico, América Latina: Proyecciones de Población Urbana y Rural, CEPAL, Julio 2005.
La Población Rural en porcentaje de la Población total pasa de un 10,4% en el año 2000 a un 6,9% en el año 2010 y a un 4,5% en la proyección al año 2025. La
población rural pasa de 3,8 millones en el año 2000 a 2,8 millones en el año 2010 y a 2,0 millones en el año 2025. Esta situación no es la tendencia dominante en América Latina. En un número importante de países latinoamericanos, la caída porcentual es mucho más gradual en relación a la población total y va acompañada de un crecimiento de la población rural. (Cuadro Nº 4).
Cuadro Nº 4
Población Rural, Urbana y Total
Años 2000, 2010 y 2025
(en miles y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: Boletín Demográfico, América Latina: Proyecciones de Población Urbana y Rural, CEPAL, Julio 2005.
Lo mismo sucede con la Población Económicamente Activa (PEA) que disminuye en 318 mil personas entre 2000 y 2010 y en 754 mil personas entre 2000 y 2030 (Cuadro Nº 5).
Cuadro Nº 5
Población Rural, Urbana y Total
Años 2000, 2010 y 2025
(en miles y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: Observatorio Demográfico, Población Económicamente Activa,
CEPAL, Nº 2, Octubre 2006.
Por su parte, la tasa de crecimiento de la PEA urbana acompaña a la PEA total mientras que la tasa de la PEA rural es negativa durante todo el período (Cuadro Nº 6).
Cuadro Nº 6
PEA Rural, Urbana y Total
Años 2000, 2010 y 2030
(en miles y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: Observatorio Demográfico, Población Económicamente Activa,
CEPAL, Nº 2, Octubre 2006.
La última información disponible sobre la población ocupada rural corresponde al Censo Nacional de Población del año 2001 con 897.521 personas y al Censo Nacional Agropecuario del año 2002 con 774.876 personas.
La información por Categoría Ocupacional relevada por el Censo Nacional de Población indicaba que el 51,5% de la población ocupada rural correspondía a la categoría de obrero o empleado del sector privado, la segunda categoría importante era el Trabajador por Cuenta Propia que es asimilable a la categoría de Patrón -en el sentido que es propietario de la explotación pero sin trabajadores permanentes contratados- que representaba el 24,6% del total. Por lo tanto la suma de las categorías Trabajadores por Cuenta Propia y Patrón con el 9,0% alcanza al 33,6% lo que sumado a la categoría Obrero o Empleado (51,5% Privado y 3,1% Público) alcanza al 88,6% (Cuadro Nº 7).
Cuadro Nº 7
Población Ocupada de 14 años y más en la Agricultura,
Ganadería, Caza y Silvicultura por Categoría Ocupacional
Año 2001
(ocupados y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001.
La distribución de los Asalariados muestra que un 61,7% vive en residencia rural y un 38,3 vive en residencia urbana (Cuadro Nº 8).
Cuadro Nº 8
Distribución de los Asalariados Agropecuarios
Residencia Rural y Residencia Urbana
(en personas y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001.
Además, el Censo de Población (2001) indica que los Hogares en área rural dispersa alcanzan un 66,7% mientras que los Hogares en área rural agrupada sólo llegan al 33,3% del total (Cuadro Nº 9). Por su parte, los hogares con Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) se encuentran en un 75,2% en el área rural dispersa alcanzando a 200.365 hogares (Cuadro Nº 9).
Cuadro Nº 9
Hogares Rurales y Hogares Rurales con NBI
Dispersos y Agrupados
Año 2001
(ocupados y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001.
De los 3,8 millones de personas de población rural se observa que 1,2 millones se encuentran con NBI de los cuales el 76,3% (938 mil) viven en área rural dispersa (Cuadro Nº 10).
Cuadro Nº 10
Población Rural y Población Rural con NBI
Dispersa y Agrupada
Año 2001
(ocupados y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: INDEC. Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas 2001.
La información del Censo Nacional Agropecuario muestra una participación del 44,0% de productores, un 26,4% de Trabajadores Familiares y un 29,6% de Trabajadores Permanentes. El total de los ocupados alcanza a 774.876 personas (Cuadro Nº 11).
Cuadro Nº 11
Composición de los Ocupados Rurales
Año 2002
(ocupados y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: Censo Nacional Agropecuario 2002.
Los pequeños productores familiares de las economías regionales no pampeanas se ocupan mayoritariamente de los cultivos agroindustriales tradicionales (caña de azúcar, vid, algodón, tabaco, yerba mate, té, hortalizas, ovinos, caprinos). No se dedican a los alimentos básicos de la canasta familiar (cereales, carnes, oleaginosas) que son producidos por el sector capitalizado del agro (grandes y medianos) particularmente de la región pampeana.
3. La concentración de la propiedad de la tierra en la Argentina
La concentración de la tierra en la Argentina muestra que 6.160 explotaciones (2,1% del total) de más de 5.000 hectáreas (grandes explotaciones) concentran el 50,0% de la tierra y que 246.947 explotaciones micro, pequeñas y medianas de menos de 500 hectáreas (83,0% del total) ocupan el 13,3% de la tierra (Cuadro Nº 12 y 13).
Cuadro Nº 12
Argentina- Concentración de la propiedad de la tierra
Explotaciones agropecuarias con límites definidos,
por escala de extensión
Año 2002
(en cantidades de establecimientos y hectáreas)
Tabla descriptiva
Fuente: Censo Agropecuario 2002.
Si se consideran tres escalas de explotaciones de menos de 500 ha, entre 500,1 y 5.000 ha y más de 5.000 ha se observa que el primer segmento que podemos caracterizar de Mipymes (micro, pequeñas y medianas empresas) representa el 83% de las explotaciones y el 13,3% de la tierra, el segundo segmento de
medianos grandes representa el 14,9% de los establecimientos y el 36,8% de la tierra y el de los grandes representa el 2,1% de los establecimientos y el 50,0% de la tierra. En Argentina el grupo de medianos grandes y grandes representan el 17% de los establecimientos y concentran el 86,7% de la tierra frente al 83% de establecimientos de Mipymes que ocupan sólo el 13,3% de la tierra (Cuadros Nº 12 y 13).
Cuadro Nº 13
Argentina: Concentración de la propiedad de la tierra
Explotaciones agropecuarias con límites definidos,
por escala de extensión
Año 2002
(en porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: Censo Agropecuario 2002.
4. La Concentración de la Propiedad de la Tierra y los Pequeños Productores
El Estudio del PROINDER- SAGPYA/ICCA-Argentina, "Los pequeños productores en la República Argentina", 2006 -más allá de las imprecisiones y ausencias- es el más elaborado y completo sobre la problemática realizado por el sector público argentino y servirá de referencia para este proyecto de ley.
Este documento señala que los PP son aquellos productores agropecuarios que dirigen una EAP en la que se cumplen las siguientes condiciones:
- el productor agropecuario trabaja directamente en la explotación;
- no se emplean trabajadores no familiares remunerados permanentes;
- no tiene como forma jurídica la 'sociedad anónima' o 'en comandita por acciones';
- posee una superficie total de la explotación de: hasta 500 ha en las provincias de Corrientes y Misiones; hasta 1000 ha en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Santa Fe, Mendoza, San Juan, San Luis, Chaco, Formosa y Santiago del Estero;
hasta 2500 ha. en las provincias de Jujuy, Salta, Catamarca, Tucumán, La Rioja y Neuquén y hasta 5000 ha en las provincias de Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego;
- posee una superficie cultivada de: hasta 500 ha en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, Santa Fe, Chaco, Formosa, Santiago del Estero y San Luís; hasta 25 ha. en las provincias de Neuquén, Río Negro, San Juan y Mendoza; y hasta 200 ha en el resto del país; o posee hasta 500 Unidades Ganaderas en todas las provincias del país (1) .
La cantidad de explotaciones agropecuarias de los pequeños productores representa el 65,6% del total mientras que la superficie sólo alcanza el 13,5%. Por su parte, los No PP (medianos y grandes productores) participan con el 34,4% de las explotaciones y el 86,5% de la superficie (Cuadro Nº 14).
Cuadro Nº 14
EAP, Superficie y Superficie Media
Participación de los PP y los No PP en el Total
(en cantidad, hectáreas y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: PROINDER-SAGPYA/ICCA-Argentina, Los pequeños productores en la República Argentina, 2006.
El análisis por Tipo de PP muestra que el universo de 218.868 EAPs de PP (el 65,6% del total de EAPs) se divide en Tipo 1 con el 21,5%, Tipo 2 con el 26,8% y Tipo 3 con el 51,7%. Estos últimos que son los productores más pobres representan el 34,0% del total de explotaciones agropecuarias del país (Cuadro Nº 15) (2) .
Cuadro Nº 15
Cantidad y Tipos de EAP de los PP
Participación de los PP por tipo y en el Total
(en cantidad, hectáreas y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: PROINDER-SAGPYA/ICCA-Argentina, Los pequeños productores en la República Argentina, 2006.
5. El Territorio y los Pequeños Productores Pobres
La regionalización agroeconómica tiene por objetivo realizar una agrupación espacial de los PP según características comunes referidas a las producciones que realizan, determinadas por las potencialidades agropecuarias de las distintas regiones del país. Se tomó como base el citado documento de PROINDER que a su vez se baso en el Documento PROINDER N° 2 (2000) ya que se consideró que la misma se encuentra suficientemente justificada en antecedentes técnicos de agronomía, producción agropecuaria y economía agraria.
Los criterios que utiliza dicho trabajo para determinar las regiones son los siguientes:
- geográfico: grandes unidades geográfico-económicas;
- agroproductivo: grandes áreas centradas en una o varias actividades principales;
- jurisdiccional: conjuntos de departamentos (la pertenencia de cada uno a una región depende de la orientación productiva de la mayoría de las explotaciones).
Así, los pequeños productores pueden ser agrupados, en base a características espaciales y agroeconómicas comunes, en las siguientes regiones:
1 - Puna
2 - Valles del NOA
3 - Agricultura Subtropical del NOA
4 - Chaco Seco
5 - Monte Árido
6 - Chaco Húmedo
7- Mesopotamia
8 - Patagonia
9 - Pampeana
10 - Oasis Cuyanos
11 - Valles Patagónicos
Un estudio complementario por ecoregiones mostraría una subdivisión de la Mesopotamia en Selva Paranaense, Esteros del Iberá, Campos y Malezales y Espinal y la Patagonia en Bosques Patagónicos y Estepa Patagónica. Además habría que agregar Altos Andes y Delta e Islas del Paraná.
6. La reparación histórica a favor de los Pequeños Productores Pobres como objetivo central
El objetivo -a través de políticas públicas- es dar solución a los problemas de pobreza de los productores tipo 2 y 3 para incluirlos -en un proceso de transición- en el tipo 1, que son aquellos productores capitalizados que no presentan en general rasgos de pobreza.
El tipo 2 alcanza según el censo del 2002 a 36.700 Pequeños Productores y el tipo 3 -los más pobres- a 86.332 Pequeños Productores. El Universo de Pequeños
Productores que tenemos como objetivo alcanza a 171.836 los cuales habría que ratificar o rectificar luego de la inscripción en el RENAF (Registro Nacional de la Agricultura Familiar) (Cuadro Nº 16).
Cuadro Nº 16
Cantidad y Tipos de EAP de los PP
Participación de los PP por tipo y en el Total
(en cantidad, hectáreas y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: PROINDER-SAGPYA/ICCA-Argentina, Los pequeños
productores en la República Argentina, 2006.
Los dos sectores de actividad fundamentales de la economía nacional, el sector agropecuario y el industrial, vienen destruyendo puestos de trabajo desde la década de los setenta. Esto provocó desocupación, mayor pobreza y el aumento del sector informal o cuentapropista caracterizado por la precariedad y por la poca calificación del trabajo. En el sector industrial se destruyeron 570 mil puestos de trabajo entre los censos de 1974 y 2004 y en el sector agropecuario 257 mil durante los censos de 1988 y 2002. El modelo productivo no puede sustentarse en un modelo de servicios y debe priorizar a los sectores que tienen mayor capacidad para aumentar la productividad del trabajo, el sector agropecuario y el industrial.
Además, se debe promover una Política de Ordenamiento Ambiental, Territorial y de Desconcentración Productiva (particularmente del sector industrial y de servicios) y Poblacional desde los grandes aglomerados urbanos hacia localidades rurales del interior del país. Se debe fomentar el arraigo de los jóvenes en las áreas rurales dispersas y agrupadas y permitir el acceso a la tierra (en tierras fiscales, improductivas y grandes latifundios) a los jóvenes urbanos y rurales desocupados y subocupados. Una reforma agraria integral sobre las explotaciones de más de 5.000 hectáreas (6.160 explotaciones, 2,1% del total) que concentran el 50% de la tierra crearía alrededor de un millón de nuevos puestos de trabajo.
Esta política -articulada e integral- de los tres programas nacionales y el Registro Nacional de la Agricultura Familiar, permitiría frenar el éxodo rural y solucionar el oculto y postergado problema de la pobreza rural (Cuadro Nº 17).
Cuadro Nº 17
Cantidad y Tipos de EAP de los PP
Participación de los PP por tipo y en el Total
(en cantidad, hectáreas y porcentajes)
Tabla descriptiva
Fuente: PROINDER-SAGPYA/ICCA-Argentina, Los pequeños
productores en la República Argentina, 2006.
Por todo lo expuesto, se solicita a las Señoras Diputadas y Señores Diputados la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
CARDELLI, JORGE JUSTO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES GEN
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
SOLANAS, FERNANDO EZEQUIEL CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
ARGUMEDO, ALCIRA SUSANA CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO PROYECTO SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
19/04/2012 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría